a tu alcance.

Madrid capital: de 500 a 1.000 € por nacimiento o adopción, convocatoria 2026–2027

Cuánto ofrece

500 € de pago único por el primer hijo o hija nacido o adoptado. 750 € de pago único por el segundo hijo o hija nacido o adoptado. 1.000 € de pago único por el tercer hijo o hija nacido o adoptado y por cada siguiente. Se cobra una sola vez, mediante transferencia a la cuenta de la solicitud, después de que se comprueben los requisitos. La entidad colaboradora realiza el pago; no hay un día de ingreso individual fijado en las bases.

Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.

PlazoEl plazo depende de tu situación
Para quiénPersonas y familiasPrimer requisito: Consulta las publicaciones del BOAM y de la Sede: si faltan datos o documentos pueden requerir que los corrijas en diez días hábiles desde la publicación. No dependas solo de recibir un correo.
Revisada con fuentes oficiales3 fuentes · 3 de dominios oficialesVer expediente documental

Ver importes por concepto

Son componentes y alternativas. Se comprueban por separado y no se suman todos los máximos.

Primer hijo o hija500 € de pago único por el primer hijo o hija nacido o adoptado.

Convocatoria 2026–2027, según la situación del menor, el padrón, la solicitud individual, la comprobación y la resolución municipal. No confirma una concesión.

2026/2027 · Revisado 2026-10-26Fuente y condiciones
Segundo hijo o hija750 € de pago único por el segundo hijo o hija nacido o adoptado.

Convocatoria 2026–2027, según la situación del menor, el padrón, la solicitud individual, la comprobación y la resolución municipal. No confirma una concesión.

2026/2027 · Revisado 2026-10-26Fuente y condiciones
Tercer hijo o hija y siguientes1.000 € de pago único por el tercer hijo o hija nacido o adoptado y por cada siguiente.

Convocatoria 2026–2027, según la situación del menor, el padrón, la solicitud individual, la comprobación y la resolución municipal. No confirma una concesión.

2026/2027 · Revisado 2026-10-26Fuente y condiciones

Cómo pedirla

Comprueba desde qué hecho se cuenta tu plazo antes de presentar la solicitud.

Descarga y firma el modelo de la convocatoria 2026–2027. Regístralo por internet en la Sede del Ayuntamiento con una identificación admitida, o presencialmente en una oficina de registro; también se admiten las otras vías legales. Conserva el justificante de presentación.

Entidad: Ayuntamiento de Madrid, Área de Políticas Sociales, Familia e Igualdad

Qué documentos preparar

Rellena el impreso, el IBAN y las declaraciones responsables. Si no autorizas las comprobaciones, aporta identidad, residencia legal cuando corresponda, certificado registral del menor o libro de familia y padrón familiar con código de verificación. En adopciones se pide la resolución judicial y, si actúa un representante, su acreditación.

Consultar cómo pedirla

El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.

Qué se necesita

  • Consulta las publicaciones del BOAM y de la Sede: si faltan datos o documentos pueden requerir que los corrijas en diez días hábiles desde la publicación. No dependas solo de recibir un correo.
  • Se revisan las prohibiciones legales y familiares del artículo 4: patria potestad, tutela pública y las demás circunstancias previstas. Esta convocatoria exime de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social tanto para acceder como para cobrar; esa exención no elimina las otras comprobaciones.
  • El solicitante debe ser español o tener residencia legal en España y acreditar los cinco años de padrón continuado en Madrid capital anteriores al nacimiento o adopción. No basta con residir en otro municipio madrileño.
  • La convocatoria agrupa las solicitudes en cuatro propuestas de resolución. Son lotes de tramitación, no cuatro plazos de solicitud ni un calendario de cobro garantizado para cada familia.
  • Presenta una solicitud por menor, también si el nacimiento o adopción es múltiple. No presentéis dos solicitudes por el mismo menor: si ambos progenitores reúnen el padrón, el Ayuntamiento aplicará las reglas de convivencia y puede requerir que uno desista.
Qué falta por comprobar

Orientación documental. La entidad debe comprobar el caso, el crédito y la resolución; no confirma una concesión.

Municipio de Madrid, no toda la Comunidad de Madrid. El solicitante debe llevar cinco años seguidos empadronado en la capital inmediatamente antes del nacimiento o adopción.

Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes

Plazos y convocatoria

Hay que comprobar el plazo aplicable a tu situación.

2026/2027 · plazo individual
Tienes dos meses desde el día siguiente al nacimiento o adopción. Si ocurrió desde el 1 de septiembre de 2026 y antes de publicarse la convocatoria, los dos meses cuentan desde el día siguiente a esa publicación. Debes comprobar tu fecha personal; no hay un único cierre para todas las familias.

Dónde presentar la solicitud

Compatibilidades

La convocatoria permite otras subvenciones para la misma finalidad de administraciones y entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales. Comprueba las condiciones de cada ayuda; la compatibilidad no confirma que te correspondan todas.

Fuentes para comprobar la información

Revisión de esta ficha: 2026-10-26.

Ayuntamiento de Madrid, Área de Políticas Sociales, Familia e Igualdad · Subvención

Puede exigirse reintegro con intereses por incumplimiento, falsedad u ocultación de datos.

Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.

Preguntas frecuentes

¿Qué ofrece Madrid capital: de 500 a 1.000 € por nacimiento o adopción, convocatoria 2026–2027?

500 € de pago único por el primer hijo o hija nacido o adoptado. 750 € de pago único por el segundo hijo o hija nacido o adoptado. 1.000 € de pago único por el tercer hijo o hija nacido o adoptado y por cada siguiente. Se cobra una sola vez, mediante transferencia a la cuenta de la solicitud, después de que se comprueben los requisitos. La entidad colaboradora realiza el pago; no hay un día de ingreso individual fijado en las bases. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.

¿Quién puede pedir Madrid capital: de 500 a 1.000 € por nacimiento o adopción, convocatoria 2026–2027?

Consulta las publicaciones del BOAM y de la Sede: si faltan datos o documentos pueden requerir que los corrijas en diez días hábiles desde la publicación. No dependas solo de recibir un correo. Se revisan las prohibiciones legales y familiares del artículo 4: patria potestad, tutela pública y las demás circunstancias previstas. Esta convocatoria exime de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social tanto para acceder como para cobrar; esa exención no elimina las otras comprobaciones. El solicitante debe ser español o tener residencia legal en España y acreditar los cinco años de padrón continuado en Madrid capital anteriores al nacimiento o adopción. No basta con residir en otro municipio madrileño. La convocatoria agrupa las solicitudes en cuatro propuestas de resolución. Son lotes de tramitación, no cuatro plazos de solicitud ni un calendario de cobro garantizado para cada familia. Presenta una solicitud por menor, también si el nacimiento o adopción es múltiple. No presentéis dos solicitudes por el mismo menor: si ambos progenitores reúnen el padrón, el Ayuntamiento aplicará las reglas de convivencia y puede requerir que uno desista.

¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?

El plazo depende de tu situación. Comprueba desde qué hecho se cuenta tu plazo antes de presentar la solicitud. Descarga y firma el modelo de la convocatoria 2026–2027. Regístralo por internet en la Sede del Ayuntamiento con una identificación admitida, o presencialmente en una oficina de registro; también se admiten las otras vías legales. Conserva el justificante de presentación.

AMPLÍA TU CONSULTA

Ayudas que suelen combinarse o revisarse juntas

Son propuestas de lectura, no un paquete confirmado. Comprueba compatibilidades: unas ayudas pueden reducir otras o cubrir el mismo gasto.

PARA DAR EL SIGUIENTE PASO

Checklist de ahorro fiscal en el IRPF

  1. Comprueba el ejercicio y el régimen tributario que corresponden a tu declaración.
  2. Revisa deducciones por maternidad, guardería, alquiler y familia, si las contempla la norma aplicable.
  3. Comprueba límites, documentos e incompatibilidades. El ahorro fiscal no se suma automáticamente a las ayudas.

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Más opciones, a tu alcance.