a tu alcance.

Comunidad de Madrid: deducción por acoger a mayores o personas con discapacidad · Renta 2025

Revisada con fuentes oficiales6 fuentes · 6 de dominios oficialesVer expediente documental

Qué puedes ahorrar

1.546,50 € por persona acogida mayor de 65 años o con discapacidad del 33 % o más. Ejercicio 2025; el ahorro depende de tu cuota y de tu declaración.

Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.

PlazoTerminó el 30/06/2026Campaña ordinaria cerradaIRPF 2025 · campaña de presentación 2026
Para quiénPersonas y familiasPrimer requisito: Debes aplicar la normativa autonómica que corresponde a tu IRPF de 2025 según tu residencia fiscal y las reglas de declaración conjunta. El padrón actual o el lugar del gasto no bastan para determinarla.

Ver importes por concepto

Son componentes y alternativas. Se comprueban por separado y no se suman todos los máximos.

Persona acogida admitida1.546,50 €

Más de 65 años o discapacidad de al menos el 33 %; tiempo y parentesco exigidos.

IRPF 2025 · campaña de presentación 2026 · Revisado 2026-10-20Fuente y condiciones
Bases imponibles máximas26.414,22 € individual / 37.322,20 € conjunta

No sueldo bruto.

IRPF 2025 · campaña de presentación 2026 · Revisado 2026-10-20Fuente y condiciones

Cómo revisar tu declaración

El plazo ordinario terminó. Consulta con la entidad si procede presentar fuera de plazo o rectificar.

Se aplica en Renta WEB, dentro de las deducciones autonómicas de la declaración de 2025. Revisa los datos y conserva los justificantes. La campaña ordinaria fue del 08/04/2026 al 30/06/2026 y ya terminó. Si ya presentaste la declaración o necesitas presentarla fuera de plazo, consulta en AEAT la vía que corresponda; una rectificación no es una convocatoria nueva. Los gastos de 2026 necesitan su propia normativa y campaña.

Entidad: Agencia Estatal de Administración Tributaria · deducción autonómica de Comunidad de Madrid

Qué documentos preparar

Convivencia, edad o discapacidad, parentesco, ausencia de contraprestación y certificado de no recibir ayudas autonómicas por acogimiento.

Consultar la vía fiscal

El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.

Qué se necesita

  • Debes aplicar la normativa autonómica que corresponde a tu IRPF de 2025 según tu residencia fiscal y las reglas de declaración conjunta. El padrón actual o el lugar del gasto no bastan para determinarla.
  • La suma de las bases imponibles general y del ahorro no debe superar 26.414,22 € en individual o 37.322,20 € en conjunta.
  • Convivencia de más de 183 días, sin contraprestación y sin ayudas de Madrid vinculadas al acogimiento para quien acoge ni para la persona acogida.
  • Para mayores, la persona no puede ser pariente hasta cuarto grado. La modalidad de discapacidad tiene su excepción de parentesco, pero excluye cónyuge, hijos sujetos a patria potestad y menores cubiertos por la otra deducción.
  • Si varias personas tienen derecho y declaran individualmente, reparto por partes iguales. Certificado autonómico que acredite que no se recibieron ayudas de acogimiento.
Casos que aún necesitan revisión

Comprobar los documentos y circunstancias fiscales personales, el reparto, la cuota disponible y la coordinación con otras deducciones. Resumen del ejercicio 2025 pendiente de revisión independiente; no acredita ahorro individual, devolución ni reglas completas de todos los casos.

Residencia fiscal de Comunidad de Madrid en 2025; no se infiere del padrón actual. IRPF de régimen común.

Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes

Plazos y convocatoria

Terminó el 30/06/2026 · IRPF 2025 · campaña de presentación 2026.

IRPF 2025 · campaña de presentación 2026 · calendario fiscal
Desde 08/04/2026. Hasta 30/06/2026. Campaña ordinaria ya terminada; domiciliación, rectificación y otras vías tienen condiciones propias. Sin apertura de otra campaña ni hora inventada.

Canales y documentación

Documentación orientativa

Convivencia, edad o discapacidad, parentesco, ausencia de contraprestación y certificado de no recibir ayudas autonómicas por acogimiento.

Compatibilidades

Acoger a cualquier familiar no basta: revisar las exclusiones y no confundir con el mínimo por ascendientes.

Fuentes para comprobar la información

Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.

Preguntas frecuentes

¿Qué ofrece Comunidad de Madrid: deducción por acoger a mayores o personas con discapacidad · Renta 2025?

1.546,50 € por persona acogida mayor de 65 años o con discapacidad del 33 % o más. Ejercicio 2025; el ahorro depende de tu cuota y de tu declaración. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.

¿Quién puede pedir Comunidad de Madrid: deducción por acoger a mayores o personas con discapacidad · Renta 2025?

Debes aplicar la normativa autonómica que corresponde a tu IRPF de 2025 según tu residencia fiscal y las reglas de declaración conjunta. El padrón actual o el lugar del gasto no bastan para determinarla. La suma de las bases imponibles general y del ahorro no debe superar 26.414,22 € en individual o 37.322,20 € en conjunta. Convivencia de más de 183 días, sin contraprestación y sin ayudas de Madrid vinculadas al acogimiento para quien acoge ni para la persona acogida. Para mayores, la persona no puede ser pariente hasta cuarto grado. La modalidad de discapacidad tiene su excepción de parentesco, pero excluye cónyuge, hijos sujetos a patria potestad y menores cubiertos por la otra deducción. Si varias personas tienen derecho y declaran individualmente, reparto por partes iguales. Certificado autonómico que acredite que no se recibieron ayudas de acogimiento.

¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?

Terminó el 30/06/2026 · Campaña ordinaria cerrada · IRPF 2025 · campaña de presentación 2026. El plazo ordinario terminó. Consulta con la entidad si procede presentar fuera de plazo o rectificar. Se aplica en Renta WEB, dentro de las deducciones autonómicas de la declaración de 2025. Revisa los datos y conserva los justificantes. La campaña ordinaria fue del 08/04/2026 al 30/06/2026 y ya terminó. Si ya presentaste la declaración o necesitas presentarla fuera de plazo, consulta en AEAT la vía que corresponda; una rectificación no es una convocatoria nueva. Los gastos de 2026 necesitan su propia normativa y campaña.

AMPLÍA TU CONSULTA

Ayudas que suelen combinarse o revisarse juntas

Son propuestas de lectura, no un paquete confirmado. Comprueba compatibilidades: unas ayudas pueden reducir otras o cubrir el mismo gasto.

PARA DAR EL SIGUIENTE PASO

Checklist de ahorro fiscal en el IRPF

  1. Comprueba el ejercicio y el régimen tributario que corresponden a tu declaración.
  2. Revisa deducciones por maternidad, guardería, alquiler y familia, si las contempla la norma aplicable.
  3. Comprueba límites, documentos e incompatibilidades. El ahorro fiscal no se suma automáticamente a las ayudas.

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Más opciones, a tu alcance.