Comunidad de Madrid: deducción por acogimiento de menores · Renta 2025
Qué puedes ahorrar
618,60 € por el primer menor acogido, 773,25 € por el segundo y 927,90 € por el tercero y siguientes. Ejercicio 2025; el ahorro depende de tu cuota y de tu declaración.
Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
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Más de 183 días de acogimiento.
IRPF 2025 · campaña de presentación 2026 · Revisado 2026-10-20Fuente y condicionesOrden entre los menores que cumplen el tiempo.
IRPF 2025 · campaña de presentación 2026 · Revisado 2026-10-20Fuente y condicionesReparto cuando proceda.
IRPF 2025 · campaña de presentación 2026 · Revisado 2026-10-20Fuente y condicionesSuma general y del ahorro.
IRPF 2025 · campaña de presentación 2026 · Revisado 2026-10-20Fuente y condicionesCómo revisar tu declaración
Se aplica en Renta WEB, dentro de las deducciones autonómicas de la declaración de 2025. Revisa los datos y conserva los justificantes. La campaña ordinaria fue del 08/04/2026 al 30/06/2026 y ya terminó. Si ya presentaste la declaración o necesitas presentarla fuera de plazo, consulta en AEAT la vía que corresponda; una rectificación no es una convocatoria nueva. Los gastos de 2026 necesitan su propia normativa y campaña.
Entidad: Agencia Estatal de Administración Tributaria · deducción autonómica de Comunidad de Madrid
Qué documentos preparar
Resolución y certificado de acogimiento, fechas de convivencia, adopciones del año y bases imponibles.
El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.
Qué se necesita
- Debes aplicar la normativa autonómica que corresponde a tu IRPF de 2025 según tu residencia fiscal y las reglas de declaración conjunta. El padrón actual o el lugar del gasto no bastan para determinarla.
- La suma de las bases imponibles general y del ahorro no debe superar 26.414,22 € en individual o 37.322,20 € en conjunta.
- Acogimiento familiar de urgencia, temporal o permanente o guarda con fines de adopción, durante más de 183 días del ejercicio.
- El orden solo cuenta los menores que superan los 183 días. No se aplica al menor adoptado en ese mismo año.
- En acogimiento por matrimonio o unión de hecho con derecho, si declaran individualmente se reparte por mitades. Se exige certificado de la consejería competente.
Casos que aún necesitan revisión
Comprobar los documentos y circunstancias fiscales personales, el reparto, la cuota disponible y la coordinación con otras deducciones. Resumen del ejercicio 2025 pendiente de revisión independiente; no acredita ahorro individual, devolución ni reglas completas de todos los casos.
Residencia fiscal de Comunidad de Madrid en 2025; no se infiere del padrón actual. IRPF de régimen común.
Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes
Plazos y convocatoria
Terminó el 30/06/2026 · IRPF 2025 · campaña de presentación 2026.
IRPF 2025 · campaña de presentación 2026 · calendario fiscal
Desde 08/04/2026. Hasta 30/06/2026. Campaña ordinaria ya terminada; domiciliación, rectificación y otras vías tienen condiciones propias. Sin apertura de otra campaña ni hora inventada.
Canales y documentación
Consultar en la entidad convocante
Documentación orientativa
Resolución y certificado de acogimiento, fechas de convivencia, adopciones del año y bases imponibles.
Compatibilidades
No se aplica a la adopción del mismo menor en ese ejercicio ni confirma el derecho a otra prestación de acogimiento.
Fuentes para comprobar la información
Revisión de esta ficha: 2026-10-20.
Agencia Estatal de Administración Tributaria · Deducción
Beneficio fiscal sujeto a comprobación y eventual regularización; no pago adicional ni préstamo.
- Por acogimiento familiar de menores
- Tributos cedidos de Madrid: redacción publicada el 27/06/2025
- Ley madrileña 13/2023: cuantías y límites fiscales deflactados
- Ley madrileña 5/2024: vivienda y municipios en despoblación
- AEAT: introducción a las deducciones autonómicas de Renta 2025
- Orden HAC/277/2026: declaración de Renta 2025
Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.
Preguntas frecuentes
¿Qué ofrece Comunidad de Madrid: deducción por acogimiento de menores · Renta 2025?
618,60 € por el primer menor acogido, 773,25 € por el segundo y 927,90 € por el tercero y siguientes. Ejercicio 2025; el ahorro depende de tu cuota y de tu declaración. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
¿Quién puede pedir Comunidad de Madrid: deducción por acogimiento de menores · Renta 2025?
Debes aplicar la normativa autonómica que corresponde a tu IRPF de 2025 según tu residencia fiscal y las reglas de declaración conjunta. El padrón actual o el lugar del gasto no bastan para determinarla. La suma de las bases imponibles general y del ahorro no debe superar 26.414,22 € en individual o 37.322,20 € en conjunta. Acogimiento familiar de urgencia, temporal o permanente o guarda con fines de adopción, durante más de 183 días del ejercicio. El orden solo cuenta los menores que superan los 183 días. No se aplica al menor adoptado en ese mismo año. En acogimiento por matrimonio o unión de hecho con derecho, si declaran individualmente se reparte por mitades. Se exige certificado de la consejería competente.
¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?
Terminó el 30/06/2026 · Campaña ordinaria cerrada · IRPF 2025 · campaña de presentación 2026. El plazo ordinario terminó. Consulta con la entidad si procede presentar fuera de plazo o rectificar. Se aplica en Renta WEB, dentro de las deducciones autonómicas de la declaración de 2025. Revisa los datos y conserva los justificantes. La campaña ordinaria fue del 08/04/2026 al 30/06/2026 y ya terminó. Si ya presentaste la declaración o necesitas presentarla fuera de plazo, consulta en AEAT la vía que corresponda; una rectificación no es una convocatoria nueva. Los gastos de 2026 necesitan su propia normativa y campaña.
PARA DAR EL SIGUIENTE PASO
Checklist de ahorro fiscal en el IRPF
- Comprueba el ejercicio y el régimen tributario que corresponden a tu declaración.
- Revisa deducciones por maternidad, guardería, alquiler y familia, si las contempla la norma aplicable.
- Comprueba límites, documentos e incompatibilidades. El ahorro fiscal no se suma automáticamente a las ayudas.