Ayudas a desempleados para constituirse por cuenta propia
Cuánto ofrece
Inicio por cuenta propia en Madrid: 80 % de gastos elegibles. El bloque corriente tiene tope de 2.800 € o 3.400 € para colectivos previstos; el inmovilizado tiene otro tope de 2.800 €. Se exige gasto justificado mínimo de 1.000 €. No es un pago fijo por darse de alta.
Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
Ver importes por concepto
Son componentes y alternativas. Se comprueban por separado y no se suman todos los máximos.
Hasta 3.400 € si se acredita uno de los colectivos previstos.
2026 · Revisado 2026-10-17Fuente y condicionesBloque independiente: no utiliza el límite sobrante de gastos corrientes.
2026 · Revisado 2026-10-17Fuente y condicionesCómo pedirla
Solicita en la sede de Madrid dentro de los tres meses desde la fecha de inicio que corresponda a tu vía. Clasifica facturas y pagos antes de presentar; un plazo de tres meses no se sustituye por noventa días. Conserva el registro y justifica según la resolución.
Entidad: Comunidad de Madrid
Qué documentos preparar
Alta y situación de desempleo, facturas y pagos elegibles, actividad y documentación de participación si los gastos están a nombre de una entidad. No aportes facturas o datos personales a esta web.
El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.
Qué se necesita
- 2026: Desempleo e inscripción en una oficina de Madrid al menos un día de los quince naturales anteriores al inicio, por la vía y fecha de alta aplicables.
- 2026: Gasto elegible justificado de al menos 1.000 € y pagos dentro de la ventana admitida: tres meses antes a dos meses después del inicio, anteriores a la solicitud.
- 2026: Actividad y mantenimiento exigidos; gastos personales o prorrateados por participación sin duplicarlos ni financiar de nuevo los cubiertos por otros apoyos.
- Persona desempleada que se da de alta por cuenta propia y cumple las condiciones territoriales y de actividad.
- Gastos y pagos admitidos, dentro del periodo y límites de la ayuda.
- La fecha aplicable es IAE en la vía individual y RETA en los supuestos societarios previstos. La ventana de tres meses de solicitud se calcula por calendario, sin sustituirla por noventa días ni afirmar que todo plazo nominal es definitivo.
- Basta un día de desempleo e inscripción en oficina de Madrid en los quince días naturales anteriores al inicio; no se incluyen el propio inicio ni quince días completos obligatorios.
- Los pagos elegibles se sitúan desde tres meses antes hasta dos meses después del inicio, y deben preceder a la solicitud. La factura puede estar fuera del intervalo si el pago documentado queda dentro.
- El cálculo usa el ochenta por ciento de costes personales elegibles y topes separados: corrientes 2.800 o 3.400 según colectivo e inmovilizado 2.800. Un tipo de gasto no ocupa el límite no utilizado del otro.
- Los gastos a nombre de una entidad se prorratean por la participación de la persona; los gastos directamente a su nombre no se prorratean otra vez. Se evita duplicar facturas entre ambos grupos y se conserva precisión antes de mostrar céntimos.
- El mínimo es de mil euros de gastos justificados elegibles. La ayuda mínima documentada de ochocientos no sustituye la clasificación previa de gastos, su prueba o la comprobación de topes.
- El tope corriente superior considera edad al inicio, menor de 30 o mayor de 45, y los demás colectivos previstos. Solo se solicitan esas condiciones cuando modifican el techo del gasto; cumplir edad no permite omitir los restantes requisitos.
- La exclusión de gastos subvencionables, bonificados o exentos por otros organismos se distingue de concurrencia general. No se suma otra financiación del mismo gasto ni se interpreta una participación inferior al 25 por ciento como regla universal de exclusión.
Casos que aún necesitan revisión
Autoempleo regional disponible en revisión: costes personales, cuotas pagadas, compensación de subsidio o módulo según modalidad; fechas de calendario y pagos separados. Faltan condiciones y remisiones completas, prueba documental, calendario administrativo, minimis cuando proceda, compatibilidad global, fiscalidad, resolución, crédito y revisión independiente. Las referencias no confirman concesión ni suma personal. Revisión editorial 17/10/2026: cuantías por concepto y orientación básica; faltan las comprobaciones personales y las revisiones independientes pendientes.
Consultar los requisitos de la ficha. El ámbito del organismo no determina por sí solo la residencia exigida.
Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes
Plazos y convocatoria
Solicitud permanente según la información registrada.
Consulta la entidad antes de presentar la solicitud.
Canales y documentación
Consultar en la entidad convocante
Documentación orientativa
Alta y situación de desempleo, facturas y pagos elegibles, actividad y documentación de participación si los gastos están a nombre de una entidad. No aportes facturas o datos personales a esta web.
Compatibilidades
Revisar concurrencia para los mismos gastos y obligaciones de mantenimiento.
Fuentes para comprobar la información
Revisión de esta ficha: 2026-10-17.
Comunidad de Madrid · Subvención
No es un préstamo. Deben cumplirse las condiciones de concesión y justificación.
- Ayudas a desempleados para constituirse por cuenta propia
- Madrid: bases de inicio de actividad autónoma, Acuerdo de 26/03/2025
- Madrid: reforma de importes de autoempleo, Acuerdo de 23/12/2025
- Madrid: crédito de autoempleo para 2026, Orden de 10/12/2025
- Cuota reducida para inicio de actividad autónoma
- Ley 38/2003: texto consolidado consultado el 10/10/2026
- Reglamento (UE) 2023/2831: publicación oficial en español
- Ley 39/2015: cómputo de plazos
Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.
Preguntas frecuentes
¿Qué ofrece Ayudas a desempleados para constituirse por cuenta propia?
Inicio por cuenta propia en Madrid: 80 % de gastos elegibles. El bloque corriente tiene tope de 2.800 € o 3.400 € para colectivos previstos; el inmovilizado tiene otro tope de 2.800 €. Se exige gasto justificado mínimo de 1.000 €. No es un pago fijo por darse de alta. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
¿Quién puede pedir Ayudas a desempleados para constituirse por cuenta propia?
2026: Desempleo e inscripción en una oficina de Madrid al menos un día de los quince naturales anteriores al inicio, por la vía y fecha de alta aplicables. 2026: Gasto elegible justificado de al menos 1.000 € y pagos dentro de la ventana admitida: tres meses antes a dos meses después del inicio, anteriores a la solicitud. 2026: Actividad y mantenimiento exigidos; gastos personales o prorrateados por participación sin duplicarlos ni financiar de nuevo los cubiertos por otros apoyos. Persona desempleada que se da de alta por cuenta propia y cumple las condiciones territoriales y de actividad. Gastos y pagos admitidos, dentro del periodo y límites de la ayuda. La fecha aplicable es IAE en la vía individual y RETA en los supuestos societarios previstos. La ventana de tres meses de solicitud se calcula por calendario, sin sustituirla por noventa días ni afirmar que todo plazo nominal es definitivo. Basta un día de desempleo e inscripción en oficina de Madrid en los quince días naturales anteriores al inicio; no se incluyen el propio inicio ni quince días completos obligatorios. Los pagos elegibles se sitúan desde tres meses antes hasta dos meses después del inicio, y deben preceder a la solicitud. La factura puede estar fuera del intervalo si el pago documentado queda dentro. El cálculo usa el ochenta por ciento de costes personales elegibles y topes separados: corrientes 2.800 o 3.400 según colectivo e inmovilizado 2.800. Un tipo de gasto no ocupa el límite no utilizado del otro. Los gastos a nombre de una entidad se prorratean por la participación de la persona; los gastos directamente a su nombre no se prorratean otra vez. Se evita duplicar facturas entre ambos grupos y se conserva precisión antes de mostrar céntimos. El mínimo es de mil euros de gastos justificados elegibles. La ayuda mínima documentada de ochocientos no sustituye la clasificación previa de gastos, su prueba o la comprobación de topes. El tope corriente superior considera edad al inicio, menor de 30 o mayor de 45, y los demás colectivos previstos. Solo se solicitan esas condiciones cuando modifican el techo del gasto; cumplir edad no permite omitir los restantes requisitos. La exclusión de gastos subvencionables, bonificados o exentos por otros organismos se distingue de concurrencia general. No se suma otra financiación del mismo gasto ni se interpreta una participación inferior al 25 por ciento como regla universal de exclusión.
¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?
Solicitud permanente. Revisa los requisitos y conserva el justificante de presentación. Solicita en la sede de Madrid dentro de los tres meses desde la fecha de inicio que corresponda a tu vía. Clasifica facturas y pagos antes de presentar; un plazo de tres meses no se sustituye por noventa días. Conserva el registro y justifica según la resolución.
PARA DAR EL SIGUIENTE PASO
Kit de trámites para autónomos y pymes
- Antes de iniciar la actividad, comprueba con el SEPE si puedes solicitar la capitalización de tu prestación.
- Revisa por separado cuota reducida, apoyos autonómicos y gastos admitidos. Cada vía tiene sus condiciones y fechas.
- Distingue subvenciones de préstamos y avales: la financiación puede exigir devolución y garantías.