Extremadura: hasta 200 € al mes para cuidado infantil en centros privados no autorizados por Educación (2026–2027)
Cuánto ofrece
Hasta 200 € al mes por menor, durante un máximo de 12 mensualidades: hasta 2.400 € en total si el gasto admitido llega a ese importe. Cubre la cuota real de cuidado, incluida la alimentación, entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027. No cubre matrícula, reserva de plaza ni actividades ajenas al cuidado. Se paga en dos abonos, aunque la ayuda se calcule por meses. El primero es el 50 % después de la concesión; para el segundo debes justificar gastos y pagos por al menos el importe adelantado. Se ingresa en la cuenta de la persona beneficiaria. No hay un día de cobro garantizado; el plazo máximo de resolución es de tres meses desde la solicitud.
Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
Ver importes por concepto
Son componentes y alternativas. Se comprueban por separado y no se suman todos los máximos.
Convocatoria 2026-2027 para menores nacidos en 2024, 2025 o 2026. Gasto real, centro admisible, requisitos y crédito deben comprobarse. No confirma concesión.
2026 · Revisado 2026-10-27Fuente y condicionesCómo pedirla
Entra en el trámite de cuidados de menores de 3 años de la Junta, código SIA 3202971, y selecciona la convocatoria 2026-2027. Completa y firma el anexo I, añade el certificado del centro y el resto de documentos y conserva el justificante. Hay presentación electrónica con DNIe o certificado y registros presenciales admitidos. Presenta una solicitud por menor; si ambos progenitores comparten el gasto en los supuestos previstos, presentan solicitudes por sus respectivas partes.
Entidad: Junta de Extremadura · Secretaría General de Igualdad y Conciliación
Qué documentos preparar
Prepara el anexo I, el certificado del centro con cuota y meses reservados (anexo II) y una cuenta a tu nombre activa en el sistema de terceros de la Junta. Se comprueban nacimiento y padrón colectivo; si te opones a la consulta, aporta los certificados. Añade resolución de adopción o guarda, prueba de filiación extranjera o documento de gastos compartidos cuando corresponda. Usa los formularios 2026-2027 del trámite actual. Después de la concesión guarda facturas y justificantes de pago. El centro emite los certificados de los anexos III y IV; si hubo varios centros, necesitas la documentación de cada uno. La justificación parcial del periodo ordinario se presenta antes del 30 de abril de 2027; para la ventana extraordinaria, antes del 30 de junio de 2027. La final, antes del 30 de septiembre de 2027. Esos plazos son para justificar, no para pedir inicialmente la ayuda.
El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.
Qué se necesita
- La persona que pide la ayuda debe soportar el gasto y cumplir las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Hacienda autonómica. Normalmente solicita una persona por menor. Si los progenitores están separados y comparten el gasto, cada uno presenta su solicitud por la parte que paga, acreditando esa situación.
- El menor debe haber nacido en 2024, 2025 o 2026 y recibir o tener previsto recibir cuidado durante el periodo subvencionable. El centro debe estar legalmente constituido, con licencia o comunicación de actividad; si su titular es una persona física, debe cumplir el alta de autónomo exigida. Esta línea excluye las escuelas públicas y los centros privados autorizados por Educación, que tienen su propia ayuda.
- Comunica cuanto antes los cambios que afecten a la ayuda, en especial el cese del cuidado, y cumple la justificación de gastos. La falta de justificación o de requisitos puede causar reducción, pérdida del cobro o devolución con los intereses que procedan.
Qué falta por comprobar
Orientación documental. La entidad debe comprobar el caso, el crédito y la resolución; no confirma una concesión.
La familia debe residir en Extremadura o tener la condición de extremeño en el exterior prevista en la ley. El centro que cuida al menor debe estar en Extremadura y pertenecer a la modalidad privada no autorizada por Educación. Son dos comprobaciones distintas: dónde vive la familia y qué centro presta el servicio.
Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes
Plazos y convocatoria
En plazo según las fechas registradas; comprueba el crédito disponible.
2026 · Solicitud inicial
Desde 25/09/2026. Hasta 05/11/2026. Plazo ordinario del 25 de septiembre al 5 de noviembre de 2026. La sede lo muestra en plazo en la revisión del 27 de octubre. Se tramita por orden de entrada mientras exista crédito; no se reserva dinero al visitar esta ficha.
2026 · Solicitud inicial
Desde 01/04/2027. Hasta 30/04/2027. La convocatoria anuncia una ventana excepcional del 1 al 30 de abril de 2027 para los supuestos de incorporación previstos en su apartado sexto. Es una fecha futura, no una reapertura general disponible ahora. El organismo debe comprobar si tu situación permite utilizarla.
Dónde presentar la solicitud
Compatibilidades
Compatible con otras ayudas públicas o privadas siempre que, juntas, no superen el coste del mismo servicio. Debes declarar las ayudas solicitadas y recibidas para el mismo concepto y periodo. No se duplican límites por compartir el gasto entre dos progenitores.
Fuentes para comprobar la información
Revisión de esta ficha: 2026-10-27.
Junta de Extremadura · Secretaría General de Igualdad y Conciliación · Subvención
Puede exigirse devolución por falta de justificación, gasto no realizado, incumplimiento o ayudas superiores al coste.
- Detalle BDNS 929941
- Texto en castellano de la convocatoria
- Anexos
- Anexos
- Anexos
- Modelo de solicitud
- Decreto 130/2025: bases de cuidados infantiles y primera convocatoria histórica
- DOE 185 de 24 de septiembre de 2026: convocatoria de cuidados 2026-2027
- Trámite 3202971: cuidados en centros privados no autorizados por Educación
Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.
Preguntas frecuentes
¿Qué ofrece Extremadura: hasta 200 € al mes para cuidado infantil en centros privados no autorizados por Educación (2026–2027)?
Hasta 200 € al mes por menor, durante un máximo de 12 mensualidades: hasta 2.400 € en total si el gasto admitido llega a ese importe. Cubre la cuota real de cuidado, incluida la alimentación, entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027. No cubre matrícula, reserva de plaza ni actividades ajenas al cuidado. Se paga en dos abonos, aunque la ayuda se calcule por meses. El primero es el 50 % después de la concesión; para el segundo debes justificar gastos y pagos por al menos el importe adelantado. Se ingresa en la cuenta de la persona beneficiaria. No hay un día de cobro garantizado; el plazo máximo de resolución es de tres meses desde la solicitud. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
¿Quién puede pedir Extremadura: hasta 200 € al mes para cuidado infantil en centros privados no autorizados por Educación (2026–2027)?
La persona que pide la ayuda debe soportar el gasto y cumplir las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Hacienda autonómica. Normalmente solicita una persona por menor. Si los progenitores están separados y comparten el gasto, cada uno presenta su solicitud por la parte que paga, acreditando esa situación. El menor debe haber nacido en 2024, 2025 o 2026 y recibir o tener previsto recibir cuidado durante el periodo subvencionable. El centro debe estar legalmente constituido, con licencia o comunicación de actividad; si su titular es una persona física, debe cumplir el alta de autónomo exigida. Esta línea excluye las escuelas públicas y los centros privados autorizados por Educación, que tienen su propia ayuda. Comunica cuanto antes los cambios que afecten a la ayuda, en especial el cese del cuidado, y cumple la justificación de gastos. La falta de justificación o de requisitos puede causar reducción, pérdida del cobro o devolución con los intereses que procedan.
¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?
Hasta el 05/11/2026 · En plazo según las fechas registradas · 2026. Revisa los requisitos y conserva el justificante de presentación. Entra en el trámite de cuidados de menores de 3 años de la Junta, código SIA 3202971, y selecciona la convocatoria 2026-2027. Completa y firma el anexo I, añade el certificado del centro y el resto de documentos y conserva el justificante. Hay presentación electrónica con DNIe o certificado y registros presenciales admitidos. Presenta una solicitud por menor; si ambos progenitores comparten el gasto en los supuestos previstos, presentan solicitudes por sus respectivas partes.
PARA DAR EL SIGUIENTE PASO
Checklist de ahorro fiscal en el IRPF
- Comprueba el ejercicio y el régimen tributario que corresponden a tu declaración.
- Revisa deducciones por maternidad, guardería, alquiler y familia, si las contempla la norma aplicable.
- Comprueba límites, documentos e incompatibilidades. El ahorro fiscal no se suma automáticamente a las ayudas.