Inicio de actividad autónoma en Andalucía: línea 2, convocatoria 2025–2026
Cuánto ofrece
5.000 euros para mujeres menores de 35 años y hombres menores de 30; 3.800 para los grupos de mayor edad. En municipios de menos de 10.000 habitantes, 5.500 y 5.000 respectivamente, sujetos a condiciones.
Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
Qué puedes hacer ahora
El plazo ordinario de la edición documentada ha terminado. Consulta las fases y las excepciones de esta ficha: algunas solo admiten a personas en una situación concreta. La aceptación, la entrega de documentos y el cobro tienen sus propios plazos. Una nueva edición necesita una nueva convocatoria publicada. Solicitud por el canal oficial y modelo aplicable. La resolución, justificación y pago requieren comprobaciones; la ficha recoge documentación parcial.
Entidad: Junta de Andalucía. Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Qué documentos preparar
Originales oficiales conservados y lectura delimitada. Revisar anexos, acreditaciones y autorizaciones según el caso.
El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.
Qué se necesita
- Alta y cuota reducida o excepción de reincorporación admitida, actividad en Andalucía y plan viable.
- Mantenimiento continuo de doce meses desde la solicitud.
- Grupo de edad, población de municipio de actividad y plazo personal desde el alta.
Casos que aún necesitan revisión
Revisión independiente de requisitos, excepciones, documentación, compatibilidades, crédito y pago antes de recomendar o calcular un importe personal. Revisión parcial del plazo ordinario con originales conservados. Se mantienen los periodos, las discrepancias y los pendientes documentales; una vía extraordinaria no es apertura general.
Alta y actividad autónoma admitidas en Andalucía. Edad a la solicitud y población municipal del padrón de IECA antes de la resolución; no basta residir en el territorio.
Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes
Plazos y convocatoria
El plazo ordinario está cerrado.
Convocatoria 2025–2026 ampliada · solicitud inicial
Desde 19/08/2025. Hasta 30/09/2026. Inicio registrado en BDNS. Fin conforme a la ampliación BOJA de junio de 2026, frente al cierre anterior que conserva BDNS. Plazo personal de dos meses y régimen transitorio requieren revisión. Revisión documental del plazo: La resolución de junio de 2026 amplía el periodo general hasta el 30/09/2026. La convocatoria establece un plazo personal de dos meses desde el alta y un régimen transitorio para determinadas altas previas. Los tres detalles BDNS conservan un cierre 31/08/2025, que entra en conflicto con el BOJA y no se sobrescribe. Se conserva el alcance de cada fase y la precisión de las fechas. No acredita crédito, elegibilidad ni concesión personal.
Canales y documentación
Consultar en la entidad convocante
Documentación orientativa
Originales oficiales conservados y lectura delimitada. Revisar anexos, acreditaciones y autorizaciones según el caso.
Compatibilidades
Revisar compatibilidad con Cuota Cero, otros recursos, costes y minimis; no acumular las ramas BDNS de esta línea.
Fuentes para comprobar la información
Revisión de esta ficha: 2026-10-19.
Junta de Andalucía. Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo · Subvención
Ayuda no reembolsable si se cumplen las condiciones; reintegro por incumplimiento y fiscalidad requieren revisión.
- Inicio de actividad autónoma: convocatoria de 05/08/2025
- Orden de 16/07/2025: modificación de fomento del trabajo autónomo
- Inicio de actividad autónoma: ampliación de junio de 2026
- Orden de 29/06/2023: líneas 1 y 2 de fomento del trabajo autónomo
- Empleo Andalucía: inicio de actividad autónoma
- BDNS 849879: Resolución de 5 de agosto de 2025, de la D.G. de Trabajo Autónomo y Econ.Social por la que se convocan para los años 2025/26, en rég. de conc.no comp. subvenciones para el fomento del trabajo autónomo, Línea 2 de la Orden de 29.06.2023- (Mínimi 1407/2013)
- BDNS 849880: Resolución de 5 de agosto de 2025, de la D.G. de Trabajo Autónomo y Econ.Social por la que se convocan para los años 2025/26, en rég. de conc.no comp. subvenciones para el fomento del trabajo autónomo, Línea 2 de la Orden de 29.06.2023- (Mínimi 1408/2013)
- BDNS 849881: Resolución de 5 de agosto de 2025, de la D.G. de Trabajo Autónomo y Econ.Social por la que se convocan para los años 2025/26, en rég. de conc.no comp. subvenciones para el fomento del trabajo autónomo, Línea 2 de la Orden de 29.06.2023 - (Mínimi 717/2014.
Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.
Preguntas frecuentes
¿Qué ofrece Inicio de actividad autónoma en Andalucía: línea 2, convocatoria 2025–2026?
5.000 euros para mujeres menores de 35 años y hombres menores de 30; 3.800 para los grupos de mayor edad. En municipios de menos de 10.000 habitantes, 5.500 y 5.000 respectivamente, sujetos a condiciones. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
¿Quién puede pedir Inicio de actividad autónoma en Andalucía: línea 2, convocatoria 2025–2026?
Alta y cuota reducida o excepción de reincorporación admitida, actividad en Andalucía y plan viable. Mantenimiento continuo de doce meses desde la solicitud. Grupo de edad, población de municipio de actividad y plazo personal desde el alta.
¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?
Terminó el 30/09/2026 · Solicitud ordinaria cerrada · Convocatoria 2025–2026 ampliada. El plazo ordinario terminó. Si ya solicitaste, consulta tu expediente. Puedes seguir la ayuda para revisar futuras fechas. El plazo ordinario de la edición documentada ha terminado. Consulta las fases y las excepciones de esta ficha: algunas solo admiten a personas en una situación concreta. La aceptación, la entrega de documentos y el cobro tienen sus propios plazos. Una nueva edición necesita una nueva convocatoria publicada. Solicitud por el canal oficial y modelo aplicable. La resolución, justificación y pago requieren comprobaciones; la ficha recoge documentación parcial.
PARA DAR EL SIGUIENTE PASO
Buscar trabajo y seguir formándote
- Consulta primero tu prestación o subsidio: la formación no sustituye el derecho a cobrarlo.
- Si estudias o buscas un curso, comprueba los apoyos para formación, transporte y conciliación que correspondan a tu situación.
- Antes de iniciar un curso, revisa con tu servicio de empleo las obligaciones que mantienes mientras cobras una prestación.
Formación gratuita y formación bonificada
Si buscas aprender o mejorar tus opciones de empleo, estas vías pueden servirte. Son buscadores y servicios externos: comprueba los destinatarios, las fechas y las plazas de cada curso.
¿Trabajas en una empresa? La formación bonificada se gestiona a través de la empresa y sus cotizaciones. No es un pago para ti ni significa que cualquier curso sea gratuito. Cómo funciona en Fundae.
Una formación no sustituye una beca ni garantiza empleo. Antes de matricularte, revisa el coste, la acreditación y las condiciones en la entidad que la imparte.