a tu alcance.

Ayudas al Empleo Accedemos de Fundación MAPFRE

Revisada con fuentes de la entidad3 fuentes · 0 de dominios oficialesVer expediente documental

Cuánto ofrece

Hasta nueve mensualidades de 310 euros por contratación parcial o 515 por completa, sujetas a contrato y documentación.

Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.

PlazoTerminó el 30/09/2026Solicitud ordinaria cerradaAccedemos 2026
Para quiénAutónomos · Empresas · Entidades socialesPrimer requisito: Pequeñas empresas, autónomos y entidades sociales con antigüedad anterior al 31 de diciembre de 2024, al corriente de obligaciones y con firma electrónica. El contrato debe estar en vigor al solicitar y comenzar desde el 1 de enero de 2026.

OTRO PUNTO DE PARTIDA

¿El plazo está cerrado o no encajas? Revisa otras opciones.

Estas fichas tienen plazo abierto o permanente según el catálogo. Revisa requisitos y fondos; no se ha comprobado tu encaje.

Qué puedes hacer ahora

El plazo ordinario terminó. Si ya solicitaste, consulta tu expediente. Puedes seguir la ayuda para revisar futuras fechas.

El plazo ordinario de la edición documentada ha terminado. Consulta las fases y las excepciones de esta ficha: algunas solo admiten a personas en una situación concreta. La aceptación, la entrega de documentos y el cobro tienen sus propios plazos. Una nueva edición necesita una nueva convocatoria publicada. Solicitud mediante el canal del proveedor, dentro del plazo inicial de la edición. Comprobar cambios, documentación y selección en las fuentes antes de presentar.

Entidad: Fundación MAPFRE

Qué documentos preparar

Identificación y documentos académicos, profesionales, económicos o de discapacidad exigidos según la vía. La lista completa y las autorizaciones requieren revisión.

Ver la convocatoria

El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.

Qué se necesita

  • Pequeñas empresas, autónomos y entidades sociales con antigüedad anterior al 31 de diciembre de 2024, al corriente de obligaciones y con firma electrónica. El contrato debe estar en vigor al solicitar y comenzar desde el 1 de enero de 2026.
  • Admite contratos indefinidos y formación en alternancia de al menos doce meses, con condiciones de trabajador y plantilla por vía. Excluye autoempleo: el autónomo puede ser empleador, pero la ayuda no remunera su propio alta.
  • En municipios de hasta 30.000 habitantes del centro de trabajo, plantilla máxima de nueve y desempleo previo de al menos un mes en la vía ordinaria. Fuera de ese ámbito existen requisitos de edad, plantilla y desempleo, y una excepción por jornada completa desde los 45 años.
Casos que aún necesitan revisión

Completar artículos 5 y 9–15, desempleo y plantillas por vía, reemplazo de trabajadores y documentación. La p. 16 superpone 4.590 y 4.635 euros en la modificación de jornada; conservar la incidencia gráfica y contrastar antes de calcular esa vía. Lectura documental parcial y revisión independiente pendientes. Revisión parcial del plazo ordinario con originales conservados. Se mantienen los periodos, las discrepancias y los pendientes documentales; una vía extraordinaria no es apertura general. Revisada la devolución ordinaria del beneficio; se conservan las condiciones, discrepancias y comprobaciones individuales pendientes.

Empleadores con domicilio fiscal en España; los requisitos rurales o urbanos dependen del centro donde se crea el puesto.

Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes

Plazos y convocatoria

El plazo ordinario está cerrado.

Accedemos 2026 · solicitud inicial
Desde 18/02/2026. Hasta 30/09/2026. Puede finalizar antes por concesión del total de ayudas; crédito y plazo separados. Revisión documental del plazo: La solicitud inicial va del 18 de febrero de 2026 hasta la concesión del número total de ayudas o, en su defecto, hasta el 30 de septiembre de 2026. No se publica una hora de cierre en ese artículo. A fecha de revisión, el último día previsto para solicitar ya ha pasado. Se conserva el alcance de cada fase y la precisión de las fechas. No acredita crédito, elegibilidad ni concesión personal.

Canales y documentación

Documentación orientativa

Identificación y documentos académicos, profesionales, económicos o de discapacidad exigidos según la vía. La lista completa y las autorizaciones requieren revisión.

Compatibilidades

Completar incompatibilidades, mantenimiento del contrato, reintegro y continuidad del pago. No sumar esta subvención empresarial como renta adicional del trabajador.

Fuentes para comprobar la información

Revisión de esta ficha: 2026-10-19.

Fundación MAPFRE · Subvención

La ayuda la recibe el empleador para reembolsar parte del salario ya pagado y justificado. Ese reembolso al empleador no es un préstamo al trabajador. Incumplimientos o pagos indebidos pueden exigir que la entidad beneficiaria devuelva cantidades. No hay amortización ordinaria de un préstamo en este beneficio. Se mantienen los controles y posibles devoluciones previstos en sus propias bases. Periodo: Accedemos 2026. Fuentes: Artículos 1 y 11, pp. 7 y 23; Artículo 2.a), p. 8; Artículo 2.b), p. 8; Artículo 11, p. 23; Artículo 16.a)-b), p. 27; Artículo 5, p. 12; artículo 16, p. 28 Revisado el 2026-10-19.

Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.

Preguntas frecuentes

¿Qué ofrece Ayudas al Empleo Accedemos de Fundación MAPFRE?

Hasta nueve mensualidades de 310 euros por contratación parcial o 515 por completa, sujetas a contrato y documentación. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.

¿Quién puede pedir Ayudas al Empleo Accedemos de Fundación MAPFRE?

Pequeñas empresas, autónomos y entidades sociales con antigüedad anterior al 31 de diciembre de 2024, al corriente de obligaciones y con firma electrónica. El contrato debe estar en vigor al solicitar y comenzar desde el 1 de enero de 2026. Admite contratos indefinidos y formación en alternancia de al menos doce meses, con condiciones de trabajador y plantilla por vía. Excluye autoempleo: el autónomo puede ser empleador, pero la ayuda no remunera su propio alta. En municipios de hasta 30.000 habitantes del centro de trabajo, plantilla máxima de nueve y desempleo previo de al menos un mes en la vía ordinaria. Fuera de ese ámbito existen requisitos de edad, plantilla y desempleo, y una excepción por jornada completa desde los 45 años.

¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?

Terminó el 30/09/2026 · Solicitud ordinaria cerrada · Accedemos 2026. El plazo ordinario terminó. Si ya solicitaste, consulta tu expediente. Puedes seguir la ayuda para revisar futuras fechas. El plazo ordinario de la edición documentada ha terminado. Consulta las fases y las excepciones de esta ficha: algunas solo admiten a personas en una situación concreta. La aceptación, la entrega de documentos y el cobro tienen sus propios plazos. Una nueva edición necesita una nueva convocatoria publicada. Solicitud mediante el canal del proveedor, dentro del plazo inicial de la edición. Comprobar cambios, documentación y selección en las fuentes antes de presentar.

AMPLÍA TU CONSULTA

Ayudas que suelen combinarse o revisarse juntas

Son propuestas de lectura, no un paquete confirmado. Comprueba compatibilidades: unas ayudas pueden reducir otras o cubrir el mismo gasto.

PARA DAR EL SIGUIENTE PASO

Buscar trabajo y seguir formándote

  1. Consulta primero tu prestación o subsidio: la formación no sustituye el derecho a cobrarlo.
  2. Si estudias o buscas un curso, comprueba los apoyos para formación, transporte y conciliación que correspondan a tu situación.
  3. Antes de iniciar un curso, revisa con tu servicio de empleo las obligaciones que mantienes mientras cobras una prestación.

Formación gratuita y formación bonificada

Si buscas aprender o mejorar tus opciones de empleo, estas vías pueden servirte. Son buscadores y servicios externos: comprueba los destinatarios, las fechas y las plazas de cada curso.

¿Trabajas en una empresa? La formación bonificada se gestiona a través de la empresa y sus cotizaciones. No es un pago para ti ni significa que cualquier curso sea gratuito. Cómo funciona en Fundae.

Una formación no sustituye una beca ni garantiza empleo. Antes de matricularte, revisa el coste, la acreditación y las condiciones en la entidad que la imparte.

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