a tu alcance.

Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía

Revisada con fuentes oficiales3 fuentes · 3 de dominios oficialesVer expediente documental

Cuánto ofrece

Referencia ordinaria de 733,60 €/mes para una persona; 953,68 € para dos, hasta 1.613,92 € para cinco o más. Se descuentan recursos; puede operar el mínimo de 176,06 €. Custodia y complementos tienen reglas propias. No se suma automáticamente al IMV.

Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.

PlazoSolicitud permanente
Para quiénPersonas y familiasPrimer requisito: Unidad familiar, vecindad y empadronamiento según periodo y excepciones.

Ver importes por concepto

Son componentes y alternativas. Se comprueban por separado y no se suman todos los máximos.

Tabla ordinaria mensual733,60–1.613,92 €/mes antes de ingresos

Uno a cinco o más miembros. Los supuestos especiales se revisan por separado.

2026 · Revisado 2026-10-18Fuente y condiciones

Cómo pedirla

Revisa los requisitos y conserva el justificante de presentación.

El trámite ordinario se puede iniciar sin esperar una convocatoria anual. La entidad comprobará los requisitos, el periodo de ingresos y tu expediente. Puede solicitarse en cualquier momento. Pide ayuda a los servicios sociales comunitarios de tu municipio o presenta el modelo en la sede de la Junta. Aporta documentación de toda la unidad familiar y guarda el registro. El inicio económico se revisa aparte.

Entidad: Junta de Andalucía. Inclusión Social

Qué documentos preparar

Originales oficiales conservados y lectura delimitada. Revisar anexos, acreditaciones y autorizaciones según el caso.

Consultar cómo pedirla

El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.

Qué se necesita

  • Unidad familiar, vecindad y empadronamiento según periodo y excepciones.
  • Acceso previo al IMV o excepción admitida y comprobación de recursos e inscripción laboral.
  • Residencia y padrón en Andalucía, medios insuficientes y unidad familiar identificada, con las excepciones de los artículos 7 y 8.
  • No basta tener ingresos bajos: patrimonio, otras prestaciones y compromisos del plan de inclusión también se revisan.
  • La custodia compartida y los complementos de monoparentalidad o discapacidad no reciben la misma tabla ordinaria.
Casos que aún necesitan revisión

Revisión independiente de requisitos, excepciones, documentación, compatibilidades, crédito y pago antes de recomendar o calcular un importe personal. Pendientes revisión individual de recursos, acceso y ajustes fuera de la escala ordinaria. Régimen de solicitud revisado con el expediente 3fabc0189c4971e09be2653af5cfb3a7e728f1e07876f5c4439d83e2e1e4b085. Se conservan los límites documentales, las fechas desconocidas y las revisiones pendientes.

Unidad familiar con vecindad administrativa y empadronamiento estable en Andalucía, bajo requisitos económicos, sociales y de acceso al IMV, con excepciones expresas.

Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes

Plazos y convocatoria

Solicitud permanente según la información registrada.

Prestación ordinaria: revisión de vigencia pendiente · solicitud inicial
El artículo 27 del consolidado indica solicitud en todo momento. Se mantiene por verificar la vigencia completa y se separan prestaciones extraordinarias; no se inventa una convocatoria anual. Revisión parcial de régimen: El trámite ordinario se puede iniciar sin esperar una convocatoria anual. La entidad comprobará los requisitos, el periodo de ingresos y tu expediente. Periodo documental: 2026. Se conserva el calendario anterior y no se certifican crédito ni concesión.

Canales y documentación

Documentación orientativa

Originales oficiales conservados y lectura delimitada. Revisar anexos, acreditaciones y autorizaciones según el caso.

Compatibilidades

Pendiente de consolidar régimen ordinario, complementos extraordinarios y relación con IMV, ayuda de infancia y otras prestaciones.

Fuentes para comprobar la información

Revisión de esta ficha: 2026-10-19.

Junta de Andalucía. Inclusión Social · Prestación

Ayuda no reembolsable si se cumplen las condiciones; reintegro por incumplimiento y fiscalidad requieren revisión.

Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.

Preguntas frecuentes

¿Qué ofrece Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía?

Referencia ordinaria de 733,60 €/mes para una persona; 953,68 € para dos, hasta 1.613,92 € para cinco o más. Se descuentan recursos; puede operar el mínimo de 176,06 €. Custodia y complementos tienen reglas propias. No se suma automáticamente al IMV. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.

¿Quién puede pedir Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía?

Unidad familiar, vecindad y empadronamiento según periodo y excepciones. Acceso previo al IMV o excepción admitida y comprobación de recursos e inscripción laboral. Residencia y padrón en Andalucía, medios insuficientes y unidad familiar identificada, con las excepciones de los artículos 7 y 8. No basta tener ingresos bajos: patrimonio, otras prestaciones y compromisos del plan de inclusión también se revisan. La custodia compartida y los complementos de monoparentalidad o discapacidad no reciben la misma tabla ordinaria.

¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?

Solicitud permanente. Revisa los requisitos y conserva el justificante de presentación. El trámite ordinario se puede iniciar sin esperar una convocatoria anual. La entidad comprobará los requisitos, el periodo de ingresos y tu expediente. Puede solicitarse en cualquier momento. Pide ayuda a los servicios sociales comunitarios de tu municipio o presenta el modelo en la sede de la Junta. Aporta documentación de toda la unidad familiar y guarda el registro. El inicio económico se revisa aparte.

AMPLÍA TU CONSULTA

Ayudas que suelen combinarse o revisarse juntas

Son propuestas de lectura, no un paquete confirmado. Comprueba compatibilidades: unas ayudas pueden reducir otras o cubrir el mismo gasto.

PARA DAR EL SIGUIENTE PASO

Otros apoyos para tus gastos del hogar

  1. Puedes revisar el bono social y otros apoyos para suministros, además de las ayudas de ingresos.
  2. Consulta también vivienda y deducciones fiscales si corresponden a tu situación. Cada programa tiene sus propios requisitos.
  3. Una ayuda puede reducir otra o cubrir el mismo gasto. No sumes sus máximos sin comprobar las compatibilidades.

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