Ayudas EMPYME de emprendimiento de la Comunitat Valenciana 2026
Cuánto ofrece
Hasta el 70 % del gasto corriente admitido, con máximo de 15.000 euros por beneficiario.
Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
Qué puedes hacer ahora
El plazo ordinario de la edición documentada ha terminado. Consulta las fases y las excepciones de esta ficha: algunas solo admiten a personas en una situación concreta. La aceptación, la entrega de documentos y el cobro tienen sus propios plazos. Una nueva edición necesita una nueva convocatoria publicada. Solicitud o actuación ante el organismo competente por las vías oficiales indicadas; comprobar condiciones y plazo personal antes de presentar.
Entidad: Conselleria de Industria, Turismo, Innovación y Comercio · Emprendimiento
Qué documentos preparar
Acreditaciones exigidas por las bases y el formulario según la situación personal, económica o educativa. La lista completa y sus excepciones requieren revisión.
El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.
Qué se necesita
- Persona física empresaria individual o pyme con personalidad jurídica y actividad iniciada dentro de los cinco años previos a publicación, domicilio social en la Comunitat Valenciana y sector en auge o ventaja competitiva justificada. Se excluyen comunidades de bienes, sociedades civiles sin personalidad y entidades sin ánimo de lucro.
- Gasto corriente admitido mínimo de 5.000 euros sin IVA, realizado y pagado del 1 de mayo de 2025 al 31 de mayo de 2026. No incluye inversiones; cotizaciones empresariales y cuotas RETA, ciertos salarios de socios y otros conceptos se excluyen expresamente.
Casos que aún necesitan revisión
Completar altas y antigüedad, sector, gastos y exclusiones, justificantes, empresa única, minimis, baremo y obligaciones de pago. Revisión independiente de bases, cuantías y compatibilidades pendiente. Revisión parcial del plazo ordinario con originales conservados. Se mantienen los periodos, las discrepancias y los pendientes documentales; una vía extraordinaria no es apertura general.
Personas empresarias individuales y pymes con personalidad jurídica, domicilio social valenciano y antigüedad y actividad admitidas.
Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes
Plazos y convocatoria
El plazo ordinario está cerrado.
EMPYME 2026 · solicitud inicial
Desde 01/07/2026. Hasta 31/07/2026. Inicio 10:00 y fin 23:59:59; periodo de gasto 1 de mayo de 2025–31 de mayo de 2026. Revisión documental del plazo: Solicitud del 1 de julio de 2026 a las 10:00 al 31 de julio a las 23:59:59. El periodo de gasto es distinto de la ventana para presentar. Se conserva el alcance de cada fase y la precisión de las fechas. No acredita crédito, elegibilidad ni concesión personal.
Canales y documentación
Consultar en la entidad convocante
Documentación orientativa
Acreditaciones exigidas por las bases y el formulario según la situación personal, económica o educativa. La lista completa y sus excepciones requieren revisión.
Compatibilidades
Límite conjunto de coste y minimis por empresa única; no sumar ayudas de inversión a gastos corrientes sin contrastar.
Fuentes para comprobar la información
Revisión de esta ficha: 2026-10-19.
Conselleria de Industria, Turismo, Innovación y Comercio · Emprendimiento · Subvención
Ayuda no reembolsable si se cumplen condiciones; reintegro y fiscalidad requieren revisión.
Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.
Preguntas frecuentes
¿Qué ofrece Ayudas EMPYME de emprendimiento de la Comunitat Valenciana 2026?
Hasta el 70 % del gasto corriente admitido, con máximo de 15.000 euros por beneficiario. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
¿Quién puede pedir Ayudas EMPYME de emprendimiento de la Comunitat Valenciana 2026?
Persona física empresaria individual o pyme con personalidad jurídica y actividad iniciada dentro de los cinco años previos a publicación, domicilio social en la Comunitat Valenciana y sector en auge o ventaja competitiva justificada. Se excluyen comunidades de bienes, sociedades civiles sin personalidad y entidades sin ánimo de lucro. Gasto corriente admitido mínimo de 5.000 euros sin IVA, realizado y pagado del 1 de mayo de 2025 al 31 de mayo de 2026. No incluye inversiones; cotizaciones empresariales y cuotas RETA, ciertos salarios de socios y otros conceptos se excluyen expresamente.
¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?
Terminó el 31/07/2026 · Solicitud ordinaria cerrada · EMPYME 2026. El plazo ordinario terminó. Si ya solicitaste, consulta tu expediente. Puedes seguir la ayuda para revisar futuras fechas. El plazo ordinario de la edición documentada ha terminado. Consulta las fases y las excepciones de esta ficha: algunas solo admiten a personas en una situación concreta. La aceptación, la entrega de documentos y el cobro tienen sus propios plazos. Una nueva edición necesita una nueva convocatoria publicada. Solicitud o actuación ante el organismo competente por las vías oficiales indicadas; comprobar condiciones y plazo personal antes de presentar.
PARA DAR EL SIGUIENTE PASO
Kit de trámites para autónomos y pymes
- Antes de iniciar la actividad, comprueba con el SEPE si puedes solicitar la capitalización de tu prestación.
- Revisa por separado cuota reducida, apoyos autonómicos y gastos admitidos. Cada vía tiene sus condiciones y fechas.
- Distingue subvenciones de préstamos y avales: la financiación puede exigir devolución y garantías.