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Bonificaciones por contratos de sustitución durante prestaciones y situaciones protegidas

Revisada con fuentes oficiales2 fuentes · 2 de dominios oficialesVer expediente documental

Qué gasto reduce

Bonificaciones de cotización por sustitución, con referencia de 366 euros por modalidad y condiciones específicas.

Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.

PlazoEl plazo depende de tu situación
Para quiénEmpresasPrimer requisito: El artículo 17 contempla contratos de sustitución por riesgo durante embarazo o lactancia, nacimiento y cuidado o ejercicio corresponsable del cuidado del lactante, y sustitución de personas con discapacidad durante incapacidad temporal por otra persona desempleada con discapacidad.

Cómo pedirla

Comprueba desde qué hecho se cuenta tu plazo antes de presentar la solicitud.

Formalizar sustitución, comprobar desempleo y requisitos y comunicar a TGSS la modalidad correspondiente.

Entidad: Tesorería General de la Seguridad Social; condiciones de contratación y sustitución

Qué documentos preparar

Prueba del hecho causante y documentación del procedimiento; no se recaban identificadores en el chat.

Consultar cómo pedirla

El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.

Qué se necesita

  • El artículo 17 contempla contratos de sustitución por riesgo durante embarazo o lactancia, nacimiento y cuidado o ejercicio corresponsable del cuidado del lactante, y sustitución de personas con discapacidad durante incapacidad temporal por otra persona desempleada con discapacidad.
  • Las letras a y b exigen personas jóvenes desempleadas menores de 30 años. La letra c regula sustituciones de autónomos o socios de cooperativas por personas desempleadas con remisión a los supuestos y términos anteriores; la aplicación de esa remisión requiere revisión antes de clasificar edades.
  • El beneficiario debe cumplir inscripción y condiciones generales tributarias, de cotización, sanciones y plan de igualdad cuando sea exigible. Los artículos 7 y 8 no acreditan cumplimiento de una empresa concreta.
Casos que aún necesitan revisión

Resolver alcance de las remisiones de la letra c del artículo 17.1 para autónomos y socios; no usar una única pregunta de edad para todos. Revisar disposiciones transitorias, contratos, prestaciones, jornadas, boletines originales y comunicación actual de TGSS. Completar artículo 38 de Ley 20/2007 con captura y expediente propios antes de calcular la bonificación de cuotas del autónomo sustituido. Revisión independiente pendiente; no se activan reglas. Revisión parcial de la naturaleza del apoyo. Se conservan las comprobaciones de acceso, importe, plazo e incompatibilidades; no se garantiza concesión.

Ahorro empresarial de cuotas por sustitución; incluye socios de cooperativas y sustitución de autónomos en supuestos concretos. No es un ingreso para la persona sustituida. Medida normativa estatal; no acredita acceso individual ni equivale a ingreso personal de la entidad beneficiaria.

Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes

Plazos y convocatoria

Hay que comprobar el plazo aplicable a tu situación.

Consulta la entidad antes de presentar la solicitud.

Canales y documentación

Documentación orientativa

Prueba del hecho causante y documentación del procedimiento; no se recaban identificadores en el chat.

Compatibilidades

Relación con bonificaciones de la persona sustituida y artículo 38 para autónomos; cuotas y concurrencia pendientes de cálculo.

Fuentes para comprobar la información

Revisión de esta ficha: 2026-10-19.

Seguridad Social · prestaciones e incentivos de economía social · Bonificación

Bonificación o reducción de cuotas, no un préstamo. Se mantienen las devoluciones por incumplimiento que correspondan. Periodo: Consolidación consultada el 09/10/2026; fecha de contrato por verificar. Norma: Artículo 17.1 y 2; artículo 10.; Artículo 18.1–3.; Artículo 13. Revisado el 2026-10-19.

Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.

Preguntas frecuentes

¿Qué ofrece Bonificaciones por contratos de sustitución durante prestaciones y situaciones protegidas?

Bonificaciones de cotización por sustitución, con referencia de 366 euros por modalidad y condiciones específicas. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.

¿Quién puede pedir Bonificaciones por contratos de sustitución durante prestaciones y situaciones protegidas?

El artículo 17 contempla contratos de sustitución por riesgo durante embarazo o lactancia, nacimiento y cuidado o ejercicio corresponsable del cuidado del lactante, y sustitución de personas con discapacidad durante incapacidad temporal por otra persona desempleada con discapacidad. Las letras a y b exigen personas jóvenes desempleadas menores de 30 años. La letra c regula sustituciones de autónomos o socios de cooperativas por personas desempleadas con remisión a los supuestos y términos anteriores; la aplicación de esa remisión requiere revisión antes de clasificar edades. El beneficiario debe cumplir inscripción y condiciones generales tributarias, de cotización, sanciones y plan de igualdad cuando sea exigible. Los artículos 7 y 8 no acreditan cumplimiento de una empresa concreta.

¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?

El plazo depende de tu situación. Comprueba desde qué hecho se cuenta tu plazo antes de presentar la solicitud. Formalizar sustitución, comprobar desempleo y requisitos y comunicar a TGSS la modalidad correspondiente.

AMPLÍA TU CONSULTA

Ayudas que suelen combinarse o revisarse juntas

Son propuestas de lectura, no un paquete confirmado. Comprueba compatibilidades: unas ayudas pueden reducir otras o cubrir el mismo gasto.

PARA DAR EL SIGUIENTE PASO

Kit de trámites para autónomos y pymes

  1. Antes de iniciar la actividad, comprueba con el SEPE si puedes solicitar la capitalización de tu prestación.
  2. Revisa por separado cuota reducida, apoyos autonómicos y gastos admitidos. Cada vía tiene sus condiciones y fechas.
  3. Distingue subvenciones de préstamos y avales: la financiación puede exigir devolución y garantías.

Fuente: SEPE · capitalización de la prestación.

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