a tu alcance.

Guardo: nacimiento o adopción 2026

Revisada con fuentes oficiales2 fuentes · 2 de dominios oficialesVer expediente documental

Cuánto ofrece

Pago único de 1.000 euros por primer hijo, 1.200 por segundo y 1.400 por tercero o sucesivos; sujeto a crédito y prelación. Custodia compartida: reparto del 50% entre progenitores.

Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.

PlazoTerminó el 30/09/2026Solicitud ordinaria cerrada2026Las vías excepcionales tienen requisitos propios. Consulta los plazos de la edición.
Para quiénPersonas y familiasPrimer requisito: Nacimiento o adopción en el periodo expresamente admitido.

OTRO PUNTO DE PARTIDA

¿El plazo está cerrado o no encajas? Revisa otras opciones.

Estas fichas tienen plazo abierto o permanente según el catálogo. Revisa requisitos y fondos; no se ha comprobado tu encaje.

Qué puedes hacer ahora

El plazo ordinario terminó. Si ya solicitaste, consulta tu expediente. Puedes seguir la ayuda para revisar futuras fechas.

El plazo ordinario de la edición documentada ha terminado. Consulta las fases y las excepciones de esta ficha: algunas solo admiten a personas en una situación concreta. La aceptación, la entrega de documentos y el cobro tienen sus propios plazos. Una nueva edición necesita una nueva convocatoria publicada. Solicitud por los canales indicados en la convocatoria municipal, comprobación documental y resolución. Completar las bases y las publicaciones aplicables.

Entidad: Ayuntamiento de Guardo

Qué documentos preparar

Identidad, solicitud y documentación de estudios, familia, padrón, gastos o ingresos exigida en las bases. El catálogo no recoge documentos personales ni cuentas bancarias.

Ver la convocatoria

El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.

Qué se necesita

  • Nacimiento o adopción en el periodo expresamente admitido.
  • Progenitor solicitante y menor empadronados según las bases; residencia legal en España.
  • Ambos progenitores al corriente de obligaciones con Hacienda, Seguridad Social y Ayuntamiento.
  • Mantener los requisitos durante los 24 meses siguientes a la resolución.
Casos que aún necesitan revisión

Comprobar publicación, modificaciones, criterio familiar y orden de hijos, expedientes de 2025 y saldo; no presentar el plazo adicional como reapertura general. Revisión independiente pendiente. Revisión parcial del plazo ordinario con originales conservados. Se mantienen los periodos, las discrepancias y los pendientes documentales; una vía extraordinaria no es apertura general.

Nacimiento o adopción del 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026; menor empadronado en Guardo, residencia legal y requisitos de progenitores mantenidos durante 24 meses.

Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes

Plazos y convocatoria

El plazo ordinario está cerrado.

2026 · solicitud inicial
Hasta 30/09/2026. Ventana general hasta 30/09/2026; cierre pasado. Apertura sujeta al extracto BOP y hora electrónica no fijada. Revisión documental del plazo: Cierre general el 30/09/2026; nacimientos o adopciones del 23 al 30 de septiembre tienen plazo adicional hasta el 15/10/2026. La apertura depende del extracto BOP. Se conserva el alcance de cada fase y la precisión de las fechas. No acredita crédito, elegibilidad ni concesión personal.

2026 · solicitud excepcional
Hasta 15/10/2026. Solo nacimientos o adopciones del 23 al 30/09/2026. No acredita reapertura general ni disponibilidad de crédito. Revisión documental del plazo: Cierre general el 30/09/2026; nacimientos o adopciones del 23 al 30 de septiembre tienen plazo adicional hasta el 15/10/2026. La apertura depende del extracto BOP. Se conserva el alcance de cada fase y la precisión de las fechas. No acredita crédito, elegibilidad ni concesión personal.

Canales y documentación

Documentación orientativa

Identidad, solicitud y documentación de estudios, familia, padrón, gastos o ingresos exigida en las bases. El catálogo no recoge documentos personales ni cuentas bancarias.

Compatibilidades

Compatible con ayudas de igual finalidad excepto el supuesto municipal específico del artículo 7; contraste conjunto pendiente.

Fuentes para comprobar la información

Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.

Preguntas frecuentes

¿Qué ofrece Guardo: nacimiento o adopción 2026?

Pago único de 1.000 euros por primer hijo, 1.200 por segundo y 1.400 por tercero o sucesivos; sujeto a crédito y prelación. Custodia compartida: reparto del 50% entre progenitores. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.

¿Quién puede pedir Guardo: nacimiento o adopción 2026?

Nacimiento o adopción en el periodo expresamente admitido. Progenitor solicitante y menor empadronados según las bases; residencia legal en España. Ambos progenitores al corriente de obligaciones con Hacienda, Seguridad Social y Ayuntamiento. Mantener los requisitos durante los 24 meses siguientes a la resolución.

¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?

Terminó el 30/09/2026 · Solicitud ordinaria cerrada · 2026 · Las vías excepcionales tienen requisitos propios. Consulta los plazos de la edición.. El plazo ordinario terminó. Si ya solicitaste, consulta tu expediente. Puedes seguir la ayuda para revisar futuras fechas. El plazo ordinario de la edición documentada ha terminado. Consulta las fases y las excepciones de esta ficha: algunas solo admiten a personas en una situación concreta. La aceptación, la entrega de documentos y el cobro tienen sus propios plazos. Una nueva edición necesita una nueva convocatoria publicada. Solicitud por los canales indicados en la convocatoria municipal, comprobación documental y resolución. Completar las bases y las publicaciones aplicables.

AMPLÍA TU CONSULTA

Ayudas que suelen combinarse o revisarse juntas

Son propuestas de lectura, no un paquete confirmado. Comprueba compatibilidades: unas ayudas pueden reducir otras o cubrir el mismo gasto.

PARA DAR EL SIGUIENTE PASO

Checklist de ahorro fiscal en el IRPF

  1. Comprueba el ejercicio y el régimen tributario que corresponden a tu declaración.
  2. Revisa deducciones por maternidad, guardería, alquiler y familia, si las contempla la norma aplicable.
  3. Comprueba límites, documentos e incompatibilidades. El ahorro fiscal no se suma automáticamente a las ayudas.

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