a tu alcance.

Barcelona: hasta 30.000 € para reformar un piso destinado al alquiler social 2026–2027

Cuánto ofrece

El 100 % de las obras admitidas, hasta 30.000 € por vivienda, IVA incluido. La actuación subvencionable debe alcanzar 500 €. Se dirige a propietarios que incorporen el piso a la Bolsa de Alquiler de Barcelona o a los programas Mesa de Emergencias o Primer la Llar; no es un pago al inquilino.

Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.

PlazoPlazo por comprobar
Para quiénEntidades sociales · Personas y familiasPrimer requisito: Ser propietario o agrupación propietaria de una vivienda del mercado libre que se incorpore a la Bolsa o a los programas de cesión previstos.
Revisada con fuentes oficiales2 fuentes · 2 de dominios oficialesVer expediente documental

Ver importes por concepto

Son componentes y alternativas. Se comprueban por separado y no se suman todos los máximos.

Obras admitidas100 %, hasta 30.000 € por vivienda

IVA incluido; mínimo subvencionable 500 €. Sujeto a informe y condiciones del programa.

2026–2027 · Revisado 2026-10-26Fuente y condiciones
CobroDespués de justificar las obras

Requiere el contrato o cesión y documentos exigidos; no se cobra por inscribirse.

2026–2027 · Revisado 2026-10-26Fuente y condiciones

Cómo dar el siguiente paso

Confirma el plazo y la edición con la entidad antes de enviar la solicitud.

Acude a una Oficina de Vivienda de Barcelona para incorporar el piso al programa y tramitar la inscripción antes del 30 de noviembre de 2026. Prepara el informe técnico y los formularios de ayuda e inicio de obras. Al acabar, entrega facturas y pagos y solicita el abono. La inscripción por sí sola no concede dinero.

Entidad: Consorci de l'Habitatge de Barcelona

Qué documentos preparar

Solicitud firmada por la propiedad y representación, identificación de la vivienda y del programa, informe técnico, presupuesto y permisos que correspondan. Para el pago: comunicado de final, facturas, pagos, documentación técnica e incorporación y contrato o cesión exigidos en el anexo 4.

Consultar la convocatoria

El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.

Qué se necesita

  • Ser propietario o agrupación propietaria de una vivienda del mercado libre que se incorpore a la Bolsa o a los programas de cesión previstos.
  • Las obras deben mejorar la habitabilidad y cumplir las condiciones técnicas; quedan excluidas determinadas viviendas turísticas incorporadas para reducir una sanción.
  • En Bolsa, formalizar el alquiler con el periodo exigido de cinco años para propiedad física o siete para jurídica; en cesión, compromiso mínimo de tres años.
  • Finalizar las obras antes del 30/10/2027 y presentar el comunicado final en los treinta días siguientes a la certificación de final.
Casos que aún necesitan revisión

Orientación de la edición documentada. El organismo debe comprobar tu caso, las incompatibilidades, el crédito y la resolución. No confirma una concesión ni suma automáticamente las cuantías. La disponibilidad de crédito y la concesión individual deben confirmarse con el organismo.

La vivienda debe estar en la ciudad de Barcelona y quedar vinculada a uno de los programas de alquiler o cesión previstos. No basta con residir en Cataluña ni se exige aquí un padrón general del propietario en Barcelona.

Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes

Plazos y convocatoria

Hay que comprobar el plazo aplicable a tu situación.

2026–2027 · convocatoria
Desde 12/02/2026. Hasta 30/11/2026. Inscripción desde el día siguiente a la publicación DOGC de 11/02/2026 hasta el 30/11/2026. Las obras deben terminar antes del 30/10/2027. La administración puede modificar el plazo por disponibilidad presupuestaria.

Dónde presentar la solicitud

Compatibilidades

Declara otras ayudas. El Consorcio revisa compatibilidad, coste admitido y crédito; no se suman automáticamente subvenciones. Puede exigirse devolución si se incumple el alquiler o la cesión comprometida.

Fuentes para comprobar la información

Revisión de esta ficha: 2026-10-26.

Consorci de l'Habitatge de Barcelona · Subvención

No reembolsable si se cumplen las condiciones; puede exigirse reintegro por incumplimiento.

Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.

Preguntas frecuentes

¿Qué ofrece Barcelona: hasta 30.000 € para reformar un piso destinado al alquiler social 2026–2027?

El 100 % de las obras admitidas, hasta 30.000 € por vivienda, IVA incluido. La actuación subvencionable debe alcanzar 500 €. Se dirige a propietarios que incorporen el piso a la Bolsa de Alquiler de Barcelona o a los programas Mesa de Emergencias o Primer la Llar; no es un pago al inquilino. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.

¿Quién puede pedir Barcelona: hasta 30.000 € para reformar un piso destinado al alquiler social 2026–2027?

Ser propietario o agrupación propietaria de una vivienda del mercado libre que se incorpore a la Bolsa o a los programas de cesión previstos. Las obras deben mejorar la habitabilidad y cumplir las condiciones técnicas; quedan excluidas determinadas viviendas turísticas incorporadas para reducir una sanción. En Bolsa, formalizar el alquiler con el periodo exigido de cinco años para propiedad física o siete para jurídica; en cesión, compromiso mínimo de tres años. Finalizar las obras antes del 30/10/2027 y presentar el comunicado final en los treinta días siguientes a la certificación de final.

¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?

Plazo por comprobar. Confirma el plazo y la edición con la entidad antes de enviar la solicitud. Acude a una Oficina de Vivienda de Barcelona para incorporar el piso al programa y tramitar la inscripción antes del 30 de noviembre de 2026. Prepara el informe técnico y los formularios de ayuda e inicio de obras. Al acabar, entrega facturas y pagos y solicita el abono. La inscripción por sí sola no concede dinero.

AMPLÍA TU CONSULTA

Ayudas que suelen combinarse o revisarse juntas

Son propuestas de lectura, no un paquete confirmado. Comprueba compatibilidades: unas ayudas pueden reducir otras o cubrir el mismo gasto.

PARA DAR EL SIGUIENTE PASO

Alquiler y ahorro en tu declaración

  1. Revisa las ayudas al alquiler y las deducciones autonómicas del IRPF que correspondan a tu domicilio y ejercicio.
  2. Comprueba edad, contrato, ingresos y justificantes en cada vía. Una deducción no siempre supone una devolución.
  3. Antes de sumar importes, confirma si cubren el mismo gasto y cómo se combinan.

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