Subvenciones para pago del alquiler o cesión de uso
Cuánto ofrece
Alquiler de Cataluña 2026: hasta 35 años, entre 50 y 250 € mensuales con concesión de dos años y mantenimiento; de 36 a 64 y de 65 o más, entre 50 y 200 € mensuales en el año de convocatoria. Cuantía condicionada por renta, esfuerzo, vivienda y meses.
Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
Ver importes por concepto
Son componentes y alternativas. Se comprueban por separado y no se suman todos los máximos.
Concesión de dos años sujeta a mantenimiento y recibos; no garantiza 6.000 €.
Alquiler · convocatorias de 2026 · Revisado 2026-10-18Fuente y condicionesUna anualidad; ajustar a meses admitidos. Solicitud: 14/04–08/05/2026, cerrada.
Alquiler · convocatorias de 2026 · Revisado 2026-10-18Fuente y condicionesUna anualidad. Solicitud: 31/03–30/04/2026, cerrada.
Alquiler · convocatorias de 2026 · Revisado 2026-10-18Fuente y condicionesQué puedes hacer ahora
Elegir la franja de edad a 31/01/2026 en Tràmits Gencat. Preparar contrato, padrón, recibos y datos de renta; presentar en plazo y seguir el expediente y sus recibos. Las tres solicitudes de 2026 están cerradas.
Entidad: Agència de l’Habitatge de Catalunya
Qué documentos preparar
Contrato, padrón de la vivienda, recibos bancarios, datos económicos y cuenta de cobro; títulos familiares cuando proceda.
El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.
Qué se necesita
- Alquiler · convocatorias de 2026: Edad a 31/01/2026, residencia legal y padrón en la vivienda o habitación alquilada. La franja elige la convocatoria; no basta con vivir en la misma comunidad que el organismo.
- Alquiler · convocatorias de 2026: Contrato admisible, renta dentro del límite territorial, ingresos y pagos acreditados. La cuantía depende del esfuerzo de alquiler y de las mensualidades admitidas.
- Alquiler o cesión de vivienda o habitación habitual y cumplimiento de límites de renta e ingresos.
- Elegir la convocatoria según la edad a 31 de enero de 2026: hasta 35, de 36 a 64, o 65 y más.
Casos que aún necesitan revisión
Cargar tablas territoriales de alquiler, ingresos y cuantías; revisar referencias a 2025 en la ficha juvenil. Lote de orientación 18/10/2026: orientación básica ampliada; se mantienen las revisiones y comprobaciones individuales pendientes.
Vivienda o habitación habitual en Cataluña y edad a 31/01/2026. Cada franja conserva su convocatoria, renta, plazo y duración propios; una ampliación de crédito no reabre solicitud.
Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes
Plazos y convocatoria
El plazo ordinario está cerrado.
2026; hasta 35 años · solicitud inicial
Desde 29/06/2026 a las 09:00. Hasta 10/07/2026 a las 14:00. Edad a 31/01/2026. La presentación posterior de recibos no abre nuevas solicitudes.
2026; de 36 a 64 años · solicitud inicial
Desde 14/04/2026 a las 09:00. Hasta 08/05/2026 a las 14:00. Incluye ampliación de plazo; edad a 31/01/2026.
2026; 65 años o más · solicitud inicial
Desde 31/03/2026 a las 09:00. Hasta 30/04/2026 a las 14:00. Edad a 31/01/2026.
Canales y documentación
Consultar en la entidad convocante
Documentación orientativa
Contrato, padrón de la vivienda, recibos bancarios, datos económicos y cuenta de cobro; títulos familiares cuando proceda.
Compatibilidades
Revisar Bono Alquiler Joven y otras ayudas para el mismo alquiler.
Fuentes para comprobar la información
Revisión de esta ficha: 2026-10-18.
Agència de l’Habitatge de Catalunya · Subvención
No es un préstamo. Deben cumplirse las condiciones de concesión y justificación.
- Subvenciones para pago del alquiler o cesión de uso
- Subvenciones para pago del alquiler o cesión de uso - plazo
- Resolución TER/1849/2026: bases para jóvenes
- Resolución TER/1990/2026: convocatoria joven
- Resolución TER/720/2026: bases de alquiler
- Corrección de TER/720/2026: mínimo anual
- Tràmits Gencat: alquiler de 36 a 64 años
- Resolución TER/1057/2026: convocatoria de 36 a 64 años
- Resolución TER/3561/2026: ampliación de crédito
- Resolución TER/1216/2026: ampliación de solicitud
- Subvenciones para pago del alquiler o cesión de uso - plazo
- Resolución TER/899/2026: convocatoria de 65 años o más
- Resolución TER/2373/2026: ampliación de crédito de mayores
Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.
Preguntas frecuentes
¿Qué ofrece Subvenciones para pago del alquiler o cesión de uso?
Alquiler de Cataluña 2026: hasta 35 años, entre 50 y 250 € mensuales con concesión de dos años y mantenimiento; de 36 a 64 y de 65 o más, entre 50 y 200 € mensuales en el año de convocatoria. Cuantía condicionada por renta, esfuerzo, vivienda y meses. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
¿Quién puede pedir Subvenciones para pago del alquiler o cesión de uso?
Alquiler · convocatorias de 2026: Edad a 31/01/2026, residencia legal y padrón en la vivienda o habitación alquilada. La franja elige la convocatoria; no basta con vivir en la misma comunidad que el organismo. Alquiler · convocatorias de 2026: Contrato admisible, renta dentro del límite territorial, ingresos y pagos acreditados. La cuantía depende del esfuerzo de alquiler y de las mensualidades admitidas. Alquiler o cesión de vivienda o habitación habitual y cumplimiento de límites de renta e ingresos. Elegir la convocatoria según la edad a 31 de enero de 2026: hasta 35, de 36 a 64, o 65 y más.
¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?
Terminó el 10/07/2026 a las 14:00 · Solicitud ordinaria cerrada · 2026; hasta 35 años · Hay más periodos registrados. Consulta todas las fechas.. El plazo ordinario terminó. Si ya solicitaste, consulta tu expediente. Puedes seguir la ayuda para revisar futuras fechas. Elegir la franja de edad a 31/01/2026 en Tràmits Gencat. Preparar contrato, padrón, recibos y datos de renta; presentar en plazo y seguir el expediente y sus recibos. Las tres solicitudes de 2026 están cerradas.
PARA DAR EL SIGUIENTE PASO
Alquiler y ahorro en tu declaración
- Revisa las ayudas al alquiler y las deducciones autonómicas del IRPF que correspondan a tu domicilio y ejercicio.
- Comprueba edad, contrato, ingresos y justificantes en cada vía. Una deducción no siempre supone una devolución.
- Antes de sumar importes, confirma si cubren el mismo gasto y cómo se combinan.