Subvención a autónomos por contratar a su primera persona trabajadora en Aragón: convocatoria 2026
Cuánto ofrece
Bases de 5.500 o 6.000 euros por contrato indefinido a jornada completa; máximos con incrementos de 7.200, o 9.000 en el supuesto de violencia de género.
Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
Cómo pedirla
El plazo depende de tu fecha y de la modalidad de esta edición. Un mes desde el día siguiente al alta en Seguridad Social de la persona contratada, con régimen transitorio de la convocatoria. Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) no informa fechas generales de inicio y fin; se conservan esos valores desconocidos. Solicitud por el canal oficial y modelo aplicable. La resolución, justificación y pago requieren comprobaciones; la ficha recoge documentación parcial.
Entidad: Gobierno de Aragón. Instituto Aragonés de Empleo
Qué documentos preparar
Originales oficiales conservados y lectura delimitada. Revisar anexos, acreditaciones y autorizaciones según el caso.
El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.
Qué se necesita
- Actividad, altas y modalidad admitidas en Aragón.
- Persona autónoma que contrata por primera vez dentro de los primeros 24 meses de actividad a una persona desempleada e inscrita al menos el día anterior. Contrato indefinido desde el inicio, con jornada completa o parcial de al menos el 50 %, sujeto al resto de condiciones.
Casos que aún necesitan revisión
Revisión independiente de requisitos, excepciones, documentación, compatibilidades, crédito y pago antes de recomendar o calcular un importe personal. Revisión parcial de plazo según 2026; actuaciones 01/10/2025–30/09/2026. Se conservan las demás comprobaciones pendientes y las posibles ediciones posteriores.
Actividad autónoma en el ámbito territorial de Aragón según las altas y circunstancias de la modalidad. No se sustituye localización de la actividad por una presunción general de residencia.
Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes
Plazos y convocatoria
Hay que comprobar el plazo aplicable a tu situación.
Convocatoria 2026: plazo personal por modalidad · plazo desde hecho
Un mes desde el día siguiente al alta en Seguridad Social de la persona contratada, con régimen transitorio de la convocatoria. Periodo de actuaciones separado del plazo de solicitud. Revisión parcial 2026-10-19: El plazo depende de tu fecha y de la modalidad de esta edición. Un mes desde el día siguiente al alta en Seguridad Social de la persona contratada, con régimen transitorio de la convocatoria. Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) no informa fechas generales de inicio y fin; se conservan esos valores desconocidos. Periodo documental: 2026; actuaciones 01/10/2025–30/09/2026. No confirma concesión, importe personal ni una nueva edición.
Canales y documentación
Consultar en la entidad convocante
Documentación orientativa
Originales oficiales conservados y lectura delimitada. Revisar anexos, acreditaciones y autorizaciones según el caso.
Compatibilidades
Establecimiento, relevo generacional y colaboración familiar son incompatibles entre sí. Las demás combinaciones requieren revisar ambas ayudas, límites y minimis.
Fuentes para comprobar la información
Revisión de esta ficha: 2026-10-19.
Gobierno de Aragón. Instituto Aragonés de Empleo · Subvención
Ayuda no reembolsable si se cumplen las condiciones; reintegro por incumplimiento y fiscalidad requieren revisión.
Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.
Preguntas frecuentes
¿Qué ofrece Subvención a autónomos por contratar a su primera persona trabajadora en Aragón: convocatoria 2026?
Bases de 5.500 o 6.000 euros por contrato indefinido a jornada completa; máximos con incrementos de 7.200, o 9.000 en el supuesto de violencia de género. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
¿Quién puede pedir Subvención a autónomos por contratar a su primera persona trabajadora en Aragón: convocatoria 2026?
Actividad, altas y modalidad admitidas en Aragón. Persona autónoma que contrata por primera vez dentro de los primeros 24 meses de actividad a una persona desempleada e inscrita al menos el día anterior. Contrato indefinido desde el inicio, con jornada completa o parcial de al menos el 50 %, sujeto al resto de condiciones.
¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?
El plazo depende de tu situación. Comprueba desde qué hecho se cuenta tu plazo antes de presentar la solicitud. El plazo depende de tu fecha y de la modalidad de esta edición. Un mes desde el día siguiente al alta en Seguridad Social de la persona contratada, con régimen transitorio de la convocatoria. Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) no informa fechas generales de inicio y fin; se conservan esos valores desconocidos. Solicitud por el canal oficial y modelo aplicable. La resolución, justificación y pago requieren comprobaciones; la ficha recoge documentación parcial.
PARA DAR EL SIGUIENTE PASO
Buscar trabajo y seguir formándote
- Consulta primero tu prestación o subsidio: la formación no sustituye el derecho a cobrarlo.
- Si estudias o buscas un curso, comprueba los apoyos para formación, transporte y conciliación que correspondan a tu situación.
- Antes de iniciar un curso, revisa con tu servicio de empleo las obligaciones que mantienes mientras cobras una prestación.
Formación gratuita y formación bonificada
Si buscas aprender o mejorar tus opciones de empleo, estas vías pueden servirte. Son buscadores y servicios externos: comprueba los destinatarios, las fechas y las plazas de cada curso.
¿Trabajas en una empresa? La formación bonificada se gestiona a través de la empresa y sus cotizaciones. No es un pago para ti ni significa que cualquier curso sea gratuito. Cómo funciona en Fundae.
Una formación no sustituye una beca ni garantiza empleo. Antes de matricularte, revisa el coste, la acreditación y las condiciones en la entidad que la imparte.