Renta de Inclusión Social de Galicia (RISGA)
Cuánto ofrece
El tramo personal y familiar parte de 469,20 €/mes en 2026. Dos miembros: 556,80 €; tres: 631,80 €; cuatro: 694,20 €. Tope de 750 € sin menores o 840 € con menores. Se descuentan recursos con el mínimo legal de 150 € cuando proceda. Alquiler e inserción son complementos con condiciones propias.
Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
Ver importes por concepto
Son componentes y alternativas. Se comprueban por separado y no se suman todos los máximos.
Tope de 750 € sin menores; 840 € con menores. Otros tramos se revisan aparte.
2026 · Revisado 2026-10-18Fuente y condicionesCómo pedirla
La solicitud ordinaria está disponible durante todo el año. La entidad debe comprobar tu derecho; los complementos y las revisiones tienen sus propios periodos. Pide orientación en los servicios sociales comunitarios de tu ayuntamiento. Presenta el modelo BS626F por la sede de la Xunta o un registro admitido, con documentos de identidad, convivencia, ingresos y patrimonio. El procedimiento está abierto todo el año; el informe social y la resolución se revisan aparte.
Entidad: Xunta de Galicia. Política Social
Qué documentos preparar
Originales oficiales conservados. Revisar anexos, informe social o educativo, acreditaciones y autorizaciones según el caso.
El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.
Qué se necesita
- Valoración social y comprobación de residencia, unidad de convivencia, edad y excepciones.
- Ingresos, patrimonio, prestaciones previas y obligaciones de inserción.
- Residencia efectiva y padrón en Galicia, residencia legal y edad general superior a 25 años, con las excepciones del artículo 12.
- Ingresos y patrimonio insuficientes de la unidad de convivencia; se revisan personas obligadas a prestar alimentos y otras prestaciones.
- Vinculación con servicios sociales y proyecto de integración. Los tramos de inserción, empleo y alquiler no se conceden automáticamente.
Casos que aún necesitan revisión
Revisión independiente de requisitos, excepciones, documentación, compatibilidades, plazos personales, crédito y pago antes de recomendar o calcular importes. Pendientes revisión individual de recursos, acceso y ajustes fuera de la escala ordinaria. Revisión parcial de plazo según Normativa permanente; modificación de diciembre de 2022. Se conservan las demás comprobaciones pendientes y las posibles ediciones posteriores.
Residencia efectiva constatada y empadronamiento en Galicia durante seis meses antes de la solicitud, con excepciones legales.
Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes
Plazos y convocatoria
Solicitud permanente según la información registrada.
Procedimiento permanente BS626F · solicitud inicial
Sede: abierto todo el año; requisitos y resolución pendientes de comprobación individual. Revisión parcial 2026-10-19: La solicitud ordinaria está disponible durante todo el año. La entidad debe comprobar tu derecho; los complementos y las revisiones tienen sus propios periodos. Periodo documental: Normativa permanente; modificación de diciembre de 2022. No confirma concesión, importe personal ni una nueva edición.
Canales y documentación
Consultar en la entidad convocante
Documentación orientativa
Originales oficiales conservados. Revisar anexos, informe social o educativo, acreditaciones y autorizaciones según el caso.
Compatibilidades
Revisar prestaciones, descuentos de recursos, IMV, pensiones, complemento de alquiler y obligaciones; no sumar máximos.
Fuentes para comprobar la información
Revisión de esta ficha: 2026-10-19.
Xunta de Galicia. Política Social · Prestación
Ayuda no reembolsable si se cumplen las condiciones; reintegro por incumplimiento y fiscalidad requieren revisión.
- BS626F - Renda de inclusión social de Galicia (RISGA). - Sede electrónica - Xunta de Galicia
- Ley 10/2013 de inclusión social: texto consolidado informativo del BOE
- DOG 43 del 1/03/2019 - DECRETO 14/2019, do 31 de enero, de desarrollo de la Ley 10/2013, de 27 de noviembre, de inclusión social de Galicia, en lo relativo a la tramitación de la renta de inclusión social de Galicia y de las ayudas de inclusión social.
- DOG 246 do 27/12/2019 - LEI 7/2019, do 23 de decembro, de medidas fiscais e administrativas.
- DOG 248 del 30/12/2022 - LEY 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
- SEPE: cuantías anuales de prestaciones y subsidios
- Galicia: law
Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.
Preguntas frecuentes
¿Qué ofrece Renta de Inclusión Social de Galicia (RISGA)?
El tramo personal y familiar parte de 469,20 €/mes en 2026. Dos miembros: 556,80 €; tres: 631,80 €; cuatro: 694,20 €. Tope de 750 € sin menores o 840 € con menores. Se descuentan recursos con el mínimo legal de 150 € cuando proceda. Alquiler e inserción son complementos con condiciones propias. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
¿Quién puede pedir Renta de Inclusión Social de Galicia (RISGA)?
Valoración social y comprobación de residencia, unidad de convivencia, edad y excepciones. Ingresos, patrimonio, prestaciones previas y obligaciones de inserción. Residencia efectiva y padrón en Galicia, residencia legal y edad general superior a 25 años, con las excepciones del artículo 12. Ingresos y patrimonio insuficientes de la unidad de convivencia; se revisan personas obligadas a prestar alimentos y otras prestaciones. Vinculación con servicios sociales y proyecto de integración. Los tramos de inserción, empleo y alquiler no se conceden automáticamente.
¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?
Solicitud permanente. Revisa los requisitos y conserva el justificante de presentación. La solicitud ordinaria está disponible durante todo el año. La entidad debe comprobar tu derecho; los complementos y las revisiones tienen sus propios periodos. Pide orientación en los servicios sociales comunitarios de tu ayuntamiento. Presenta el modelo BS626F por la sede de la Xunta o un registro admitido, con documentos de identidad, convivencia, ingresos y patrimonio. El procedimiento está abierto todo el año; el informe social y la resolución se revisan aparte.
PARA DAR EL SIGUIENTE PASO
Otros apoyos para tus gastos del hogar
- Puedes revisar el bono social y otros apoyos para suministros, además de las ayudas de ingresos.
- Consulta también vivienda y deducciones fiscales si corresponden a tu situación. Cada programa tiene sus propios requisitos.
- Una ayuda puede reducir otra o cubrir el mismo gasto. No sumes sus máximos sin comprobar las compatibilidades.