a tu alcance.

Renta de Inclusión Social de Galicia (RISGA)

Revisada con fuentes oficiales7 fuentes · 7 de dominios oficialesVer expediente documental

Cuánto ofrece

El tramo personal y familiar parte de 469,20 €/mes en 2026. Dos miembros: 556,80 €; tres: 631,80 €; cuatro: 694,20 €. Tope de 750 € sin menores o 840 € con menores. Se descuentan recursos con el mínimo legal de 150 € cuando proceda. Alquiler e inserción son complementos con condiciones propias.

Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.

PlazoSolicitud permanente
Para quiénPersonas y familiasPrimer requisito: Valoración social y comprobación de residencia, unidad de convivencia, edad y excepciones.

Ver importes por concepto

Son componentes y alternativas. Se comprueban por separado y no se suman todos los máximos.

Tramo personal y familiar de 2026469,20–840 €/mes antes de ingresos

Tope de 750 € sin menores; 840 € con menores. Otros tramos se revisan aparte.

2026 · Revisado 2026-10-18Fuente y condiciones

Cómo pedirla

Revisa los requisitos y conserva el justificante de presentación.

La solicitud ordinaria está disponible durante todo el año. La entidad debe comprobar tu derecho; los complementos y las revisiones tienen sus propios periodos. Pide orientación en los servicios sociales comunitarios de tu ayuntamiento. Presenta el modelo BS626F por la sede de la Xunta o un registro admitido, con documentos de identidad, convivencia, ingresos y patrimonio. El procedimiento está abierto todo el año; el informe social y la resolución se revisan aparte.

Entidad: Xunta de Galicia. Política Social

Qué documentos preparar

Originales oficiales conservados. Revisar anexos, informe social o educativo, acreditaciones y autorizaciones según el caso.

Consultar cómo pedirla

El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.

Qué se necesita

  • Valoración social y comprobación de residencia, unidad de convivencia, edad y excepciones.
  • Ingresos, patrimonio, prestaciones previas y obligaciones de inserción.
  • Residencia efectiva y padrón en Galicia, residencia legal y edad general superior a 25 años, con las excepciones del artículo 12.
  • Ingresos y patrimonio insuficientes de la unidad de convivencia; se revisan personas obligadas a prestar alimentos y otras prestaciones.
  • Vinculación con servicios sociales y proyecto de integración. Los tramos de inserción, empleo y alquiler no se conceden automáticamente.
Casos que aún necesitan revisión

Revisión independiente de requisitos, excepciones, documentación, compatibilidades, plazos personales, crédito y pago antes de recomendar o calcular importes. Pendientes revisión individual de recursos, acceso y ajustes fuera de la escala ordinaria. Revisión parcial de plazo según Normativa permanente; modificación de diciembre de 2022. Se conservan las demás comprobaciones pendientes y las posibles ediciones posteriores.

Residencia efectiva constatada y empadronamiento en Galicia durante seis meses antes de la solicitud, con excepciones legales.

Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes

Plazos y convocatoria

Solicitud permanente según la información registrada.

Procedimiento permanente BS626F · solicitud inicial
Sede: abierto todo el año; requisitos y resolución pendientes de comprobación individual. Revisión parcial 2026-10-19: La solicitud ordinaria está disponible durante todo el año. La entidad debe comprobar tu derecho; los complementos y las revisiones tienen sus propios periodos. Periodo documental: Normativa permanente; modificación de diciembre de 2022. No confirma concesión, importe personal ni una nueva edición.

Canales y documentación

Documentación orientativa

Originales oficiales conservados. Revisar anexos, informe social o educativo, acreditaciones y autorizaciones según el caso.

Compatibilidades

Revisar prestaciones, descuentos de recursos, IMV, pensiones, complemento de alquiler y obligaciones; no sumar máximos.

Fuentes para comprobar la información

Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.

Preguntas frecuentes

¿Qué ofrece Renta de Inclusión Social de Galicia (RISGA)?

El tramo personal y familiar parte de 469,20 €/mes en 2026. Dos miembros: 556,80 €; tres: 631,80 €; cuatro: 694,20 €. Tope de 750 € sin menores o 840 € con menores. Se descuentan recursos con el mínimo legal de 150 € cuando proceda. Alquiler e inserción son complementos con condiciones propias. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.

¿Quién puede pedir Renta de Inclusión Social de Galicia (RISGA)?

Valoración social y comprobación de residencia, unidad de convivencia, edad y excepciones. Ingresos, patrimonio, prestaciones previas y obligaciones de inserción. Residencia efectiva y padrón en Galicia, residencia legal y edad general superior a 25 años, con las excepciones del artículo 12. Ingresos y patrimonio insuficientes de la unidad de convivencia; se revisan personas obligadas a prestar alimentos y otras prestaciones. Vinculación con servicios sociales y proyecto de integración. Los tramos de inserción, empleo y alquiler no se conceden automáticamente.

¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?

Solicitud permanente. Revisa los requisitos y conserva el justificante de presentación. La solicitud ordinaria está disponible durante todo el año. La entidad debe comprobar tu derecho; los complementos y las revisiones tienen sus propios periodos. Pide orientación en los servicios sociales comunitarios de tu ayuntamiento. Presenta el modelo BS626F por la sede de la Xunta o un registro admitido, con documentos de identidad, convivencia, ingresos y patrimonio. El procedimiento está abierto todo el año; el informe social y la resolución se revisan aparte.

AMPLÍA TU CONSULTA

Ayudas que suelen combinarse o revisarse juntas

Son propuestas de lectura, no un paquete confirmado. Comprueba compatibilidades: unas ayudas pueden reducir otras o cubrir el mismo gasto.

PARA DAR EL SIGUIENTE PASO

Otros apoyos para tus gastos del hogar

  1. Puedes revisar el bono social y otros apoyos para suministros, además de las ayudas de ingresos.
  2. Consulta también vivienda y deducciones fiscales si corresponden a tu situación. Cada programa tiene sus propios requisitos.
  3. Una ayuda puede reducir otra o cubrir el mismo gasto. No sumes sus máximos sin comprobar las compatibilidades.

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