Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Cuánto ofrece
En 2026, referencia de renta garantizada desde 733,60 €/mes para una persona sola. Se restan ingresos computables; composición familiar y complementos modifican el límite. No es un pago fijo adicional a otras rentas.
Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
Ver importes por concepto
Son componentes y alternativas. Se comprueban por separado y no se suman todos los máximos.
Renta garantizada antes de restar ingresos, no pago fijo.
IMV · cuantías de 2026 · Revisado 2026-10-18Fuente y condicionesUnidad no monoparental; total del hogar antes de restar ingresos.
IMV · cuantías de 2026 · Revisado 2026-10-18Fuente y condicionesSolo si cumple la definición de monoparentalidad del IMV; antes de restar ingresos y sin CAPI.
IMV · cuantías de 2026 · Revisado 2026-10-18Fuente y condicionesCómo pedirla
En Cataluña, las nuevas solicitudes desde el 1 de octubre de 2026 se presentan ante Generalitat. Solicitudes anteriores y quienes ya cobraban IMV al iniciar el traspaso continúan de momento con INSS, sin repetir la solicitud por este cambio. Confirma territorio, fecha y órgano del expediente en los canales indicados. Para otros territorios, comprueba el canal oficial por provincia.
Entidad: INSS / Seguridad Social; comprobar canal territorial competente
Qué documentos preparar
Identidad, residencia, convivencia y circunstancias familiares según el supuesto.
El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.
Qué se necesita
- IMV · cuantías de 2026: Residencia legal y efectiva ordinaria de un año en España, con excepciones. Unidad de convivencia de seis meses cuando proceda; edad e independencia tienen reglas específicas.
- IMV · cuantías de 2026: Vulnerabilidad económica según ingresos, patrimonio y activos de la unidad. El importe debe alcanzar al menos 10 €/mes; pensiones y otras rentas pueden reducirlo.
- Cumplir las condiciones de residencia legal y efectiva y de acceso individual o como unidad de convivencia, con sus excepciones.
- Acreditar vulnerabilidad económica según los ingresos, el patrimonio y los activos computables de las personas incluidas.
- Comprobar composición y antigüedad de la unidad de convivencia; el empleo no excluye por sí solo el acceso.
- Una revisión por salida de un miembro y una incorporación posterior a IMV reconocido tienen excepciones específicas al plazo de seis meses. Se deben comprobar el procedimiento y las circunstancias; no se extienden a cualquier solicitud inicial.
- Las dos actualizaciones anuales tienen datos, carácter y efectos económicos diferentes; hacen falta las fechas y pruebas del expediente antes de atribuir un importe por mes.
- La transición de la reforma de abril alcanza procedimientos pendientes en su fecha de entrada; los efectos del artículo 16.4 se limitan a actualizaciones anuales desde enero de 2025.
- La base individual mensual de 2026 es 733,60 euros: 8.803,20 de PNC anual divididos entre doce. No es el importe de IMV a cobrar si hay rentas.
- La renta garantizada aumenta un 30 por ciento por miembro adicional, con máximo de 220 por ciento. Se cuentan los miembros de la unidad ya delimitada, no todos los empadronados sin revisar sus vínculos.
- Monoparentalidad y discapacidad reconocida de al menos 65 por ciento tienen complementos propios, cada uno referido a la base individual. No se multiplican por el número de menores ni por cada persona con discapacidad. Las tablas de 2026 usan 161,39 euros por complemento.
- La monoparentalidad de IMV tiene definición propia: custodia exclusiva, guarda o acogimiento, prisión u hospitalización continuada de un año, supuestos de dependencia o incapacidad y violencia de género. Puede abarcar dos adultos en el supuesto específico; no se decide solo por contar adultos.
- La diferencia entre renta garantizada e ingresos computables medios mensuales de 2025 debe alcanzar al menos 10 euros. Se compara antes de redondear el importe mostrado; una diferencia inferior no descarta CAPI ni la vía del año en curso.
- El patrimonio neto debe ser inferior al límite: tres veces la base individual anual con la escala del anexo II. El test independiente de activos no societarios admite igualdad y usa seis veces esa base con la misma escala. Los complementos no amplían estas bases patrimoniales.
- La administración de derecho de una sociedad mercantil activa por cualquier miembro impide pasar este filtro. Ser autónomo por sí solo no demuestra esa circunstancia.
- La renta de todos los miembros sigue 20.1–3, con ingresos íntegros o rendimientos netos según concepto, exclusiones, impuesto devengado y cotizaciones. Patrimonio neto y activos tienen composición, deudas y fechas propias. Salario neto, facturación o saldo aislado no sustituyen esos totales.
- Las pensiones de Seguridad Social y subsidios para mayores de 52 reconocidos al solicitar o antes de resolver tienen un límite adicional: garantía menos importe mensual conjunto con prorrata de pagas extraordinarias. Si el conjunto alcanza la garantía, no procede ese IMV base. Se distingue de las rentas de 2025.
- La renta anterior determina la diferencia ordinaria y las pensiones actuales fijan un tope independiente. Para este escenario se toma el menor de ambos resultados; no se restan nuevamente las pensiones actuales a una diferencia que ya las puede incluir en renta de 2025.
- El equivalente anual de las pensiones actuales sirve para conservar la prorrata sin redondear antes de comparar. No es lo cobrado en 2026 ni una previsión de doce pagos. Una PNC anual íntegra de 8.803,20 equivale a 733,60 mensuales, no a una mensualidad entre catorce como tope de IMV.
- El escenario calcula el componente base de IMV y mantiene CAPI separado, con su propio cálculo. El importe de garantía no es un pago adicional; ni garantía, ni complemento ya incluido, ni pensión se añaden automáticamente a un total personal.
- La solicitud inicial, la actualización, la fecha de revisión y el efecto económico son distintos. La ley de abril modifica actualizaciones y su límite de pensión; el escenario inicial no asigna retroactividad ni cobra automáticamente los doce meses del año.
- La vía individual corresponde a quien no integra unidad, tiene al menos 23 años y no está unido por matrimonio o pareja de hecho, salvo separación o divorcio iniciados y excepciones. La protección por violencia de género o trata/explotación sexual tiene excepciones de edad y trámites. Beneficiario y titular se comprueban por separado.
- Entre 18 y 22 años hay vías individuales por centro de protección y tutela pública dentro de los tres años previos a la mayoría de edad, por orfandad absoluta viviendo solo, y por salida de prisión tras más de seis meses. El texto de 5.2 no enumera expresamente orfandad individual como el de 4.1.b; su titularidad queda pendiente sin denegación automática.
- Solo a beneficiarios individuales de 4.1.b se les aplica 10.2: antes de 30 años, domicilio distinto de progenitores, tutores o acogedores durante los dos años inmediatamente anteriores y doce meses de alta en ese periodo; después de 30, domicilio distinto durante el año inmediato anterior. No se traslada a titulares jóvenes de una unidad familiar.
- La ley y el resumen de FAQ distinguen menores y mayores de 30 años. El borrador no asigna un periodo a los 30 exactos cuando no existe otra excepción comprobada; conserva la cuestión como pendiente.
- La vida independiente tiene excepciones por fallecimiento que causa cese de convivencia, salida por violencia de género, situación sin hogar, separación/divorcio iniciados, trata/explotación sexual y salida de prisión tras más de seis meses. La vía de protección de 18 a 22 también excepciona el requisito. El chat no pide describir los hechos sensibles.
- La unidad ordinaria se delimita por domicilio y vínculos del artículo 6, pertenencia única y separación temporal que no rompe automáticamente convivencia. El fallecimiento que elimina vínculos entre los restantes no altera por sí solo la unidad. Se cuentan sus beneficiarios y no todos los empadronados.
- La pareja de hecho cumple la constitución prevista en 6.1 y 21.4. Sin hijos comunes se exige inscripción o documento público al menos dos años antes de solicitar; con hijos comunes no se exigen ni esa antigüedad ni inscripción/documento público. No se mantiene la convivencia previa de cinco años del texto original.
- El titular de la unidad tiene edad mínima de 23, con vías anteriores para mayor de edad o menor emancipado con hijos, guarda o acogimiento permanente, o unidad cuyos únicos miembros sean huérfanos absolutos y ninguno alcance 23. La persona titular debe estar incluida en el recuento; la representación de huérfanos menores permanece pendiente.
- Convivir con familiares tras abandonar el hogar por violencia de género, separación con trámites, desahucio o vivienda inhabitable puede permitir una persona o unidad independiente. Separación y desahucio/inhabitabilidad tienen alcance de tres años desde los hechos; la vía de violencia no lleva ese límite en el artículo 7.
- En padrón colectivo o ficticio, la composición familiar sigue la regla específica de 8.1: pareja y descendientes menores hasta primer grado, o segundo si no están empadronados con ascendientes de primer grado. Habitación hotelera individualizada por contrato y zona de vivienda exclusiva mediante título jurídico son domicilios propios según 8.2–3.
- La convivencia sin vínculos no excluye por sí sola. El artículo 9 exige riesgo de exclusión, acreditado siempre por certificado de servicios sociales competentes de 21.10, junto con la inexistencia de vínculos cuando proceda. No tener aún certificado deja la prueba pendiente y no convierte el riesgo en inexistente.
- El servicio residencial temporal es posible; el permanente tiene excepciones protegidas y reglamentarias. Se distingue del domicilio habitual y no se deduce por discapacidad. La residencia legal y efectiva se exige a todos los beneficiarios, con autorizaciones provisionales en los casos previstos.
- Se exige un año continuado inmediatamente anterior, con exenciones de plazo para determinados menores incorporados, violencia de género y trata/explotación sexual. La exención cubre a cada afectado y no elimina la residencia legal y efectiva. La regla de viajes de hasta noventa días se refiere al mantenimiento, no se aplica automáticamente a la primera solicitud.
- La unidad necesita seis meses previos continuados, con las excepciones de 10.3 por nacimiento, adopción, guarda, acogimiento, reagrupación de hijos menores y vías protegidas. La revisión tras salida de un miembro tiene excepción propia desde abril de 2026. No se exige la duración de una unidad a una persona individual.
- La solicitud de unidad requiere firma del titular y declaración responsable sobre consentimiento de integrantes adultos. La firma de todos que conserva la FAQ no sustituye la redacción de 2024. El chat solo obtiene respuestas declaradas, sin firmar ni almacenar documentos personales.
- Los emisores y requisitos del certificado deben comprobarse en su fecha. Ley 4/2026 DF decimotercera modifica la DT séptima 1 a partir del 23/10/2026; no se aplica anticipadamente. Las comunicaciones posteriores y vigencia de certificaciones requieren revisión propia.
Casos que aún necesitan revisión
Solicitud inicial y revisión reconocida se distinguen. IMV dispone de referencias declaradas de efectos; cerrar efectos específicos de CAPI, pensiones, suspensiones, prueba, régimen transitorio y compatibilidades antes del total personal. Ninguna fecha confirma pagos o atrasos. Lote de orientación 18/10/2026: orientación básica ampliada; se mantienen las revisiones y comprobaciones individuales pendientes.
Consultar los requisitos de la ficha. El ámbito del organismo no determina por sí solo la residencia exigida.
Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes
Plazos y convocatoria
Hay que comprobar el plazo aplicable a tu situación.
Consulta la entidad antes de presentar la solicitud.
Canales y documentación
Elige el canal que corresponde a tu solicitud
Confirma territorio, fecha y órgano del expediente. Estos enlaces orientan el trámite; no comprueban tu derecho ni presentan una solicitud.
- Nueva solicitud en Cataluña
Para nuevas solicitudes desde el 1 de octubre de 2026. IMV y CAPI comparten formulario; después se puede continuar con RGC si corresponde.
Consultar este canal - Expediente anterior o gestionado por INSS
Para solicitudes anteriores al inicio del traspaso o expedientes cuyo órgano sigue siendo INSS. No repitas la solicitud por este cambio.
Consultar este canal - Seguimiento de un expediente de Generalitat
Consulta el trámite y los requerimientos del expediente cuando consta que lo gestiona Generalitat. Una prestación cobrada hoy no demuestra por sí sola quién lleva el expediente.
Consultar este canal - Comprobar el canal de mi territorio
Consulta el portal oficial y confirma el territorio y el órgano competente. No se atribuye toda España a INSS ni se aplica el traspaso catalán a otras comunidades.
Consultar este canal
Canales revisados el 2026-10-14. La incorporación de expedientes es progresiva.
Consultar en la entidad convocante
Documentación orientativa
Identidad, residencia, convivencia y circunstancias familiares según el supuesto.
Compatibilidades
El CAPI pertenece al sistema IMV. Las rentas autonómicas pueden operar como complemento bajo sus propias reglas.
Fuentes para comprobar la información
Revisión de esta ficha: 2026-10-18.
INSS / Seguridad Social; comprobar canal territorial competente · Prestación
No es un préstamo. Deben cumplirse las condiciones de concesión y justificación.
- Ingreso Mínimo Vital (IMV)
- IMV: ingresos y patrimonio
- IMV y RGC en Cataluña
- Seguridad Social: ingreso mínimo vital en 2026
- Ley 19/2021: IMV y complemento de infancia
- PNC de 2026: Real Decreto 241/2026, publicación original
- Ley 4/2026: reformas de PNC y mediadores del IMV
- Ley 1/2026: modificación de convivencia y actualización del IMV
- Corrección de errores de Ley 1/2026
- Ley 19/2021: publicación original
- Corrección de Ley 19/2021: escalas I y II
- RDL 2/2024: reforma de subsidios
- Corrección de errores del RDL 2/2024
- Seguridad Social: requisitos de IMV y CAPI
- Normativa de exclusiones de renta de IMV y CAPI
- Patrimonio IMV/CAPI: guide
- Renta IMV/CAPI: business
- Renta IMV/CAPI: rent
- Renta IMV/CAPI: tax
- Renta IMV/CAPI: exempt
- IMV: pensiones y pagas payments
- IMV: pensiones y pagas imv
- Canales de solicitud IMV y RGC: announcement
- Canales de solicitud IMV y RGC: imv_form
- RGC: personas activables
- RGC: tabla de ingresos y unidad familiar
- Canales de solicitud IMV y RGC: state_notice
- Canales de solicitud IMV y RGC: agreement
- Custodia estatal: faq
- Ley 39/2015: cómputo de plazos
- Seguridad Social · IMV y CAPI 2026
- BOE · Ley 19/2021 del IMV
Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.
Preguntas frecuentes
¿Qué ofrece Ingreso Mínimo Vital (IMV)?
En 2026, referencia de renta garantizada desde 733,60 €/mes para una persona sola. Se restan ingresos computables; composición familiar y complementos modifican el límite. No es un pago fijo adicional a otras rentas. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
¿Quién puede pedir Ingreso Mínimo Vital (IMV)?
IMV · cuantías de 2026: Residencia legal y efectiva ordinaria de un año en España, con excepciones. Unidad de convivencia de seis meses cuando proceda; edad e independencia tienen reglas específicas. IMV · cuantías de 2026: Vulnerabilidad económica según ingresos, patrimonio y activos de la unidad. El importe debe alcanzar al menos 10 €/mes; pensiones y otras rentas pueden reducirlo. Cumplir las condiciones de residencia legal y efectiva y de acceso individual o como unidad de convivencia, con sus excepciones. Acreditar vulnerabilidad económica según los ingresos, el patrimonio y los activos computables de las personas incluidas. Comprobar composición y antigüedad de la unidad de convivencia; el empleo no excluye por sí solo el acceso. Una revisión por salida de un miembro y una incorporación posterior a IMV reconocido tienen excepciones específicas al plazo de seis meses. Se deben comprobar el procedimiento y las circunstancias; no se extienden a cualquier solicitud inicial. Las dos actualizaciones anuales tienen datos, carácter y efectos económicos diferentes; hacen falta las fechas y pruebas del expediente antes de atribuir un importe por mes. La transición de la reforma de abril alcanza procedimientos pendientes en su fecha de entrada; los efectos del artículo 16.4 se limitan a actualizaciones anuales desde enero de 2025. La base individual mensual de 2026 es 733,60 euros: 8.803,20 de PNC anual divididos entre doce. No es el importe de IMV a cobrar si hay rentas. La renta garantizada aumenta un 30 por ciento por miembro adicional, con máximo de 220 por ciento. Se cuentan los miembros de la unidad ya delimitada, no todos los empadronados sin revisar sus vínculos. Monoparentalidad y discapacidad reconocida de al menos 65 por ciento tienen complementos propios, cada uno referido a la base individual. No se multiplican por el número de menores ni por cada persona con discapacidad. Las tablas de 2026 usan 161,39 euros por complemento. La monoparentalidad de IMV tiene definición propia: custodia exclusiva, guarda o acogimiento, prisión u hospitalización continuada de un año, supuestos de dependencia o incapacidad y violencia de género. Puede abarcar dos adultos en el supuesto específico; no se decide solo por contar adultos. La diferencia entre renta garantizada e ingresos computables medios mensuales de 2025 debe alcanzar al menos 10 euros. Se compara antes de redondear el importe mostrado; una diferencia inferior no descarta CAPI ni la vía del año en curso. El patrimonio neto debe ser inferior al límite: tres veces la base individual anual con la escala del anexo II. El test independiente de activos no societarios admite igualdad y usa seis veces esa base con la misma escala. Los complementos no amplían estas bases patrimoniales. La administración de derecho de una sociedad mercantil activa por cualquier miembro impide pasar este filtro. Ser autónomo por sí solo no demuestra esa circunstancia. La renta de todos los miembros sigue 20.1–3, con ingresos íntegros o rendimientos netos según concepto, exclusiones, impuesto devengado y cotizaciones. Patrimonio neto y activos tienen composición, deudas y fechas propias. Salario neto, facturación o saldo aislado no sustituyen esos totales. Las pensiones de Seguridad Social y subsidios para mayores de 52 reconocidos al solicitar o antes de resolver tienen un límite adicional: garantía menos importe mensual conjunto con prorrata de pagas extraordinarias. Si el conjunto alcanza la garantía, no procede ese IMV base. Se distingue de las rentas de 2025. La renta anterior determina la diferencia ordinaria y las pensiones actuales fijan un tope independiente. Para este escenario se toma el menor de ambos resultados; no se restan nuevamente las pensiones actuales a una diferencia que ya las puede incluir en renta de 2025. El equivalente anual de las pensiones actuales sirve para conservar la prorrata sin redondear antes de comparar. No es lo cobrado en 2026 ni una previsión de doce pagos. Una PNC anual íntegra de 8.803,20 equivale a 733,60 mensuales, no a una mensualidad entre catorce como tope de IMV. El escenario calcula el componente base de IMV y mantiene CAPI separado, con su propio cálculo. El importe de garantía no es un pago adicional; ni garantía, ni complemento ya incluido, ni pensión se añaden automáticamente a un total personal. La solicitud inicial, la actualización, la fecha de revisión y el efecto económico son distintos. La ley de abril modifica actualizaciones y su límite de pensión; el escenario inicial no asigna retroactividad ni cobra automáticamente los doce meses del año. La vía individual corresponde a quien no integra unidad, tiene al menos 23 años y no está unido por matrimonio o pareja de hecho, salvo separación o divorcio iniciados y excepciones. La protección por violencia de género o trata/explotación sexual tiene excepciones de edad y trámites. Beneficiario y titular se comprueban por separado. Entre 18 y 22 años hay vías individuales por centro de protección y tutela pública dentro de los tres años previos a la mayoría de edad, por orfandad absoluta viviendo solo, y por salida de prisión tras más de seis meses. El texto de 5.2 no enumera expresamente orfandad individual como el de 4.1.b; su titularidad queda pendiente sin denegación automática. Solo a beneficiarios individuales de 4.1.b se les aplica 10.2: antes de 30 años, domicilio distinto de progenitores, tutores o acogedores durante los dos años inmediatamente anteriores y doce meses de alta en ese periodo; después de 30, domicilio distinto durante el año inmediato anterior. No se traslada a titulares jóvenes de una unidad familiar. La ley y el resumen de FAQ distinguen menores y mayores de 30 años. El borrador no asigna un periodo a los 30 exactos cuando no existe otra excepción comprobada; conserva la cuestión como pendiente. La vida independiente tiene excepciones por fallecimiento que causa cese de convivencia, salida por violencia de género, situación sin hogar, separación/divorcio iniciados, trata/explotación sexual y salida de prisión tras más de seis meses. La vía de protección de 18 a 22 también excepciona el requisito. El chat no pide describir los hechos sensibles. La unidad ordinaria se delimita por domicilio y vínculos del artículo 6, pertenencia única y separación temporal que no rompe automáticamente convivencia. El fallecimiento que elimina vínculos entre los restantes no altera por sí solo la unidad. Se cuentan sus beneficiarios y no todos los empadronados. La pareja de hecho cumple la constitución prevista en 6.1 y 21.4. Sin hijos comunes se exige inscripción o documento público al menos dos años antes de solicitar; con hijos comunes no se exigen ni esa antigüedad ni inscripción/documento público. No se mantiene la convivencia previa de cinco años del texto original. El titular de la unidad tiene edad mínima de 23, con vías anteriores para mayor de edad o menor emancipado con hijos, guarda o acogimiento permanente, o unidad cuyos únicos miembros sean huérfanos absolutos y ninguno alcance 23. La persona titular debe estar incluida en el recuento; la representación de huérfanos menores permanece pendiente. Convivir con familiares tras abandonar el hogar por violencia de género, separación con trámites, desahucio o vivienda inhabitable puede permitir una persona o unidad independiente. Separación y desahucio/inhabitabilidad tienen alcance de tres años desde los hechos; la vía de violencia no lleva ese límite en el artículo 7. En padrón colectivo o ficticio, la composición familiar sigue la regla específica de 8.1: pareja y descendientes menores hasta primer grado, o segundo si no están empadronados con ascendientes de primer grado. Habitación hotelera individualizada por contrato y zona de vivienda exclusiva mediante título jurídico son domicilios propios según 8.2–3. La convivencia sin vínculos no excluye por sí sola. El artículo 9 exige riesgo de exclusión, acreditado siempre por certificado de servicios sociales competentes de 21.10, junto con la inexistencia de vínculos cuando proceda. No tener aún certificado deja la prueba pendiente y no convierte el riesgo en inexistente. El servicio residencial temporal es posible; el permanente tiene excepciones protegidas y reglamentarias. Se distingue del domicilio habitual y no se deduce por discapacidad. La residencia legal y efectiva se exige a todos los beneficiarios, con autorizaciones provisionales en los casos previstos. Se exige un año continuado inmediatamente anterior, con exenciones de plazo para determinados menores incorporados, violencia de género y trata/explotación sexual. La exención cubre a cada afectado y no elimina la residencia legal y efectiva. La regla de viajes de hasta noventa días se refiere al mantenimiento, no se aplica automáticamente a la primera solicitud. La unidad necesita seis meses previos continuados, con las excepciones de 10.3 por nacimiento, adopción, guarda, acogimiento, reagrupación de hijos menores y vías protegidas. La revisión tras salida de un miembro tiene excepción propia desde abril de 2026. No se exige la duración de una unidad a una persona individual. La solicitud de unidad requiere firma del titular y declaración responsable sobre consentimiento de integrantes adultos. La firma de todos que conserva la FAQ no sustituye la redacción de 2024. El chat solo obtiene respuestas declaradas, sin firmar ni almacenar documentos personales. Los emisores y requisitos del certificado deben comprobarse en su fecha. Ley 4/2026 DF decimotercera modifica la DT séptima 1 a partir del 23/10/2026; no se aplica anticipadamente. Las comunicaciones posteriores y vigencia de certificaciones requieren revisión propia.
¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?
El plazo depende de tu situación. Comprueba desde qué hecho se cuenta tu plazo antes de presentar la solicitud. En Cataluña, las nuevas solicitudes desde el 1 de octubre de 2026 se presentan ante Generalitat. Solicitudes anteriores y quienes ya cobraban IMV al iniciar el traspaso continúan de momento con INSS, sin repetir la solicitud por este cambio. Confirma territorio, fecha y órgano del expediente en los canales indicados. Para otros territorios, comprueba el canal oficial por provincia.
PARA DAR EL SIGUIENTE PASO
Otros apoyos para tus gastos del hogar
- Puedes revisar el bono social y otros apoyos para suministros, además de las ayudas de ingresos.
- Consulta también vivienda y deducciones fiscales si corresponden a tu situación. Cada programa tiene sus propios requisitos.
- Una ayuda puede reducir otra o cubrir el mismo gasto. No sumes sus máximos sin comprobar las compatibilidades.