Prestación para atender necesidades básicas en Cataluña
Cuánto ofrece
Desde el 14 de julio de 2026, régimen de derechos anteriores: posible sustitución por una prestación más favorable o continuidad condicionada. No se ofrece como nueva solicitud ordinaria ni como dinero adicional. Las cuantías anteriores conservan su periodo histórico.
Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
Cómo consultar tu situación
Si ya eras beneficiario, consulta el procedimiento de sustitución de oficio, la audiencia y tu resolución. Si la nueva prestación no corresponde o resulta menos favorable, la continuidad exige mantener los requisitos anteriores. Una solicitud inicial anterior sin resolver requiere revisar su expediente; un certificado o recurso no acredita una nueva solicitud disponible.
Entidad: Generalitat de Catalunya
Qué documentos preparar
Documentación indicada por la norma y la vía correspondiente: identidad, representación, medida o situación, ingresos y acreditaciones específicas cuando proceda.
El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.
Los requisitos y cuantías anteriores de esta ficha conservan su periodo histórico. Consulta el régimen transitorio y tu expediente antes de interpretarlos como condiciones de una nueva ayuda.
Qué se necesita
- El artículo 23 contempla discapacidad igual o superior al 65 % o edad superior a 65 años, y falta de trabajo o imposibilidad de incorporarse al empleo. Las fronteras de edad deben contrastarse con la documentación administrativa.
- La ley excluye las prestaciones o pensiones de Seguridad Social indicadas. El folleto de 2024 exceptúa SOVI; esa excepción requiere base vigente antes de automatizarla.
- El límite de ingresos de la unidad parte de IRSC y aumenta un 30 % por cada persona desde la segunda. La unidad incluye pareja y familiares hasta segundo grado que conviven; el reglamento distingue cargas y miembros con discapacidad al calcular.
- La ficha de certificado publica 801,85 euros de máximo mensual. El folleto conserva 755,82 euros y límites anuales de 2024; esas cifras antiguas no son parámetros de 2026.
- Régimen desde 14/07/2026: los requisitos y cuantías anteriores de esta ficha deben leerse para derechos anteriores o periodos históricos. Para sustitución o continuidad se aplica la DT 3 de la Ley 11/2026, con comprobación del expediente; no confirman una nueva solicitud ordinaria.
Casos que aún necesitan revisión
Completar originales, correcciones y reformas vigentes de las remisiones aplicables; una consolidación informativa no es revisión completa. Revisión independiente de requisitos, excepciones, pruebas y casos antes de activar reglas o cálculo. Confirmar canal inicial vigente; el folleto de 2024 y los trámites actuales tienen alcances distintos. Resolver excepción SOVI, residencia previa y fronteras de edad con normativa vigente y casos administrativos. Completar ingresos, cargas, patrimonio y límite PNC más complemento, sin trasladar la tabla antigua a 2026. Reforma de julio incorporada: comprobar derechos anteriores, requisitos que se mantienen, expedientes pendientes, resolución, efectos, notificación y comparación con la sustituta; sin cuantía personal confirmada.
Prestación personal de necesidades básicas. La residencia se contrasta con las condiciones expresas y sus excepciones; no se deduce solo del organismo catalán.
Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes
Plazos y convocatoria
Solo derechos anteriores: revisa sustitución o continuidad en tu expediente. No se ofrece una nueva solicitud ordinaria.
Las convocatorias registradas a continuación conservan su referencia histórica. Un certificado o recurso no acredita una nueva solicitud disponible.
2026 · solicitud inicial
Canal inicial no verificado; recurso o certificado no se registran como solicitud inicial abierta.
Canales y documentación
Consultar en la entidad convocante
Documentación orientativa
Documentación indicada por la norma y la vía correspondiente: identidad, representación, medida o situación, ingresos y acreditaciones específicas cuando proceda.
Compatibilidades
La prestación sustituta y la anterior no se suman como dos ayudas simultáneas del mismo derecho. Deben verificarse acceso, valoración más favorable, efectos y pagos. Contrastar compatibilidad, reducciones y valoración de otras prestaciones antes de sumar importes.
Fuentes para comprobar la información
Revisión de esta ficha: 2026-10-13.
Generalitat de Catalunya · Prestación
Sin devolución ordinaria; cobros indebidos o incumplimientos pueden exigir reintegro.
- Ley 13/2006: prestaciones sociales, consolidación informativa de 2023
- Portal Jurídic: ficha del Decreto 123/2007
- Decreto 123/2007: consolidación informativa de julio de 2022
- Ley 2/2021: reforma de prestaciones sociales
- Ley 10/2026: presupuestos de Cataluña de 2026
- Decreto-ley 23/2025: IRSC desde enero de 2026
- Necesidades básicas: selector de trámites
- Necesidades básicas: recurso contra una resolución
- Necesidades básicas: certificado e información de cuantía
- Necesidades básicas: folleto con cifras de 2024
- Complemento catalán PNC: reform
- Complemento catalán PNC: correction
Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.
Preguntas frecuentes
¿Qué ofrece Prestación para atender necesidades básicas en Cataluña?
Desde el 14 de julio de 2026, régimen de derechos anteriores: posible sustitución por una prestación más favorable o continuidad condicionada. No se ofrece como nueva solicitud ordinaria ni como dinero adicional. Las cuantías anteriores conservan su periodo histórico. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
¿Quién puede pedir Prestación para atender necesidades básicas en Cataluña?
El artículo 23 contempla discapacidad igual o superior al 65 % o edad superior a 65 años, y falta de trabajo o imposibilidad de incorporarse al empleo. Las fronteras de edad deben contrastarse con la documentación administrativa. La ley excluye las prestaciones o pensiones de Seguridad Social indicadas. El folleto de 2024 exceptúa SOVI; esa excepción requiere base vigente antes de automatizarla. El límite de ingresos de la unidad parte de IRSC y aumenta un 30 % por cada persona desde la segunda. La unidad incluye pareja y familiares hasta segundo grado que conviven; el reglamento distingue cargas y miembros con discapacidad al calcular. La ficha de certificado publica 801,85 euros de máximo mensual. El folleto conserva 755,82 euros y límites anuales de 2024; esas cifras antiguas no son parámetros de 2026. Régimen desde 14/07/2026: los requisitos y cuantías anteriores de esta ficha deben leerse para derechos anteriores o periodos históricos. Para sustitución o continuidad se aplica la DT 3 de la Ley 11/2026, con comprobación del expediente; no confirman una nueva solicitud ordinaria.
¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?
Solo situaciones anteriores. Se refiere a situaciones anteriores. La entidad debe confirmar la vía de tu expediente. Si ya eras beneficiario, consulta el procedimiento de sustitución de oficio, la audiencia y tu resolución. Si la nueva prestación no corresponde o resulta menos favorable, la continuidad exige mantener los requisitos anteriores. Una solicitud inicial anterior sin resolver requiere revisar su expediente; un certificado o recurso no acredita una nueva solicitud disponible.
PARA DAR EL SIGUIENTE PASO
Otros apoyos para tus gastos del hogar
- Puedes revisar el bono social y otros apoyos para suministros, además de las ayudas de ingresos.
- Consulta también vivienda y deducciones fiscales si corresponden a tu situación. Cada programa tiene sus propios requisitos.
- Una ayuda puede reducir otra o cubrir el mismo gasto. No sumes sus máximos sin comprobar las compatibilidades.