a tu alcance.

Prestación para atender necesidades básicas en Cataluña

Revisada con fuentes oficiales12 fuentes · 12 de dominios oficialesVer expediente documental

Cuánto ofrece

Desde el 14 de julio de 2026, régimen de derechos anteriores: posible sustitución por una prestación más favorable o continuidad condicionada. No se ofrece como nueva solicitud ordinaria ni como dinero adicional. Las cuantías anteriores conservan su periodo histórico.

Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.

PlazoSolo situaciones anteriores
Para quiénPersonas y familiasPrimer requisito: El artículo 23 contempla discapacidad igual o superior al 65 % o edad superior a 65 años, y falta de trabajo o imposibilidad de incorporarse al empleo. Las fronteras de edad deben contrastarse con la documentación administrativa.

OTRO PUNTO DE PARTIDA

Esta vía conserva derechos anteriores. Revisa otras opciones.

Estas fichas tienen plazo abierto o permanente según el catálogo. Revisa requisitos y fondos; no se ha comprobado tu encaje.

Cómo consultar tu situación

Se refiere a situaciones anteriores. La entidad debe confirmar la vía de tu expediente.

Si ya eras beneficiario, consulta el procedimiento de sustitución de oficio, la audiencia y tu resolución. Si la nueva prestación no corresponde o resulta menos favorable, la continuidad exige mantener los requisitos anteriores. Una solicitud inicial anterior sin resolver requiere revisar su expediente; un certificado o recurso no acredita una nueva solicitud disponible.

Entidad: Generalitat de Catalunya

Qué documentos preparar

Documentación indicada por la norma y la vía correspondiente: identidad, representación, medida o situación, ingresos y acreditaciones específicas cuando proceda.

Consultar la entidad

El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.

Los requisitos y cuantías anteriores de esta ficha conservan su periodo histórico. Consulta el régimen transitorio y tu expediente antes de interpretarlos como condiciones de una nueva ayuda.

Qué se necesita

  • El artículo 23 contempla discapacidad igual o superior al 65 % o edad superior a 65 años, y falta de trabajo o imposibilidad de incorporarse al empleo. Las fronteras de edad deben contrastarse con la documentación administrativa.
  • La ley excluye las prestaciones o pensiones de Seguridad Social indicadas. El folleto de 2024 exceptúa SOVI; esa excepción requiere base vigente antes de automatizarla.
  • El límite de ingresos de la unidad parte de IRSC y aumenta un 30 % por cada persona desde la segunda. La unidad incluye pareja y familiares hasta segundo grado que conviven; el reglamento distingue cargas y miembros con discapacidad al calcular.
  • La ficha de certificado publica 801,85 euros de máximo mensual. El folleto conserva 755,82 euros y límites anuales de 2024; esas cifras antiguas no son parámetros de 2026.
  • Régimen desde 14/07/2026: los requisitos y cuantías anteriores de esta ficha deben leerse para derechos anteriores o periodos históricos. Para sustitución o continuidad se aplica la DT 3 de la Ley 11/2026, con comprobación del expediente; no confirman una nueva solicitud ordinaria.
Casos que aún necesitan revisión

Completar originales, correcciones y reformas vigentes de las remisiones aplicables; una consolidación informativa no es revisión completa. Revisión independiente de requisitos, excepciones, pruebas y casos antes de activar reglas o cálculo. Confirmar canal inicial vigente; el folleto de 2024 y los trámites actuales tienen alcances distintos. Resolver excepción SOVI, residencia previa y fronteras de edad con normativa vigente y casos administrativos. Completar ingresos, cargas, patrimonio y límite PNC más complemento, sin trasladar la tabla antigua a 2026. Reforma de julio incorporada: comprobar derechos anteriores, requisitos que se mantienen, expedientes pendientes, resolución, efectos, notificación y comparación con la sustituta; sin cuantía personal confirmada.

Prestación personal de necesidades básicas. La residencia se contrasta con las condiciones expresas y sus excepciones; no se deduce solo del organismo catalán.

Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes

Plazos y convocatoria

Solo derechos anteriores: revisa sustitución o continuidad en tu expediente. No se ofrece una nueva solicitud ordinaria.

Las convocatorias registradas a continuación conservan su referencia histórica. Un certificado o recurso no acredita una nueva solicitud disponible.

2026 · solicitud inicial
Canal inicial no verificado; recurso o certificado no se registran como solicitud inicial abierta.

Canales y documentación

Documentación orientativa

Documentación indicada por la norma y la vía correspondiente: identidad, representación, medida o situación, ingresos y acreditaciones específicas cuando proceda.

Compatibilidades

La prestación sustituta y la anterior no se suman como dos ayudas simultáneas del mismo derecho. Deben verificarse acceso, valoración más favorable, efectos y pagos. Contrastar compatibilidad, reducciones y valoración de otras prestaciones antes de sumar importes.

Fuentes para comprobar la información

Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.

Preguntas frecuentes

¿Qué ofrece Prestación para atender necesidades básicas en Cataluña?

Desde el 14 de julio de 2026, régimen de derechos anteriores: posible sustitución por una prestación más favorable o continuidad condicionada. No se ofrece como nueva solicitud ordinaria ni como dinero adicional. Las cuantías anteriores conservan su periodo histórico. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.

¿Quién puede pedir Prestación para atender necesidades básicas en Cataluña?

El artículo 23 contempla discapacidad igual o superior al 65 % o edad superior a 65 años, y falta de trabajo o imposibilidad de incorporarse al empleo. Las fronteras de edad deben contrastarse con la documentación administrativa. La ley excluye las prestaciones o pensiones de Seguridad Social indicadas. El folleto de 2024 exceptúa SOVI; esa excepción requiere base vigente antes de automatizarla. El límite de ingresos de la unidad parte de IRSC y aumenta un 30 % por cada persona desde la segunda. La unidad incluye pareja y familiares hasta segundo grado que conviven; el reglamento distingue cargas y miembros con discapacidad al calcular. La ficha de certificado publica 801,85 euros de máximo mensual. El folleto conserva 755,82 euros y límites anuales de 2024; esas cifras antiguas no son parámetros de 2026. Régimen desde 14/07/2026: los requisitos y cuantías anteriores de esta ficha deben leerse para derechos anteriores o periodos históricos. Para sustitución o continuidad se aplica la DT 3 de la Ley 11/2026, con comprobación del expediente; no confirman una nueva solicitud ordinaria.

¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?

Solo situaciones anteriores. Se refiere a situaciones anteriores. La entidad debe confirmar la vía de tu expediente. Si ya eras beneficiario, consulta el procedimiento de sustitución de oficio, la audiencia y tu resolución. Si la nueva prestación no corresponde o resulta menos favorable, la continuidad exige mantener los requisitos anteriores. Una solicitud inicial anterior sin resolver requiere revisar su expediente; un certificado o recurso no acredita una nueva solicitud disponible.

AMPLÍA TU CONSULTA

Ayudas que suelen combinarse o revisarse juntas

Son propuestas de lectura, no un paquete confirmado. Comprueba compatibilidades: unas ayudas pueden reducir otras o cubrir el mismo gasto.

PARA DAR EL SIGUIENTE PASO

Otros apoyos para tus gastos del hogar

  1. Puedes revisar el bono social y otros apoyos para suministros, además de las ayudas de ingresos.
  2. Consulta también vivienda y deducciones fiscales si corresponden a tu situación. Cada programa tiene sus propios requisitos.
  3. Una ayuda puede reducir otra o cubrir el mismo gasto. No sumes sus máximos sin comprobar las compatibilidades.

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