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Posible ayuda · por revisar

Pensión de viudedad · Hecho causante / Efectos económicos

Seguridad Social

Fuente: Seguridad Social · Pensión de viudedad · Hecho causante / Efectos económicos · España

Esta referencia está localizada y conserva su fuente. El acceso completo, la cuantía individual y el plazo actual necesitan contrastarse. Puede corresponder a una convocatoria anterior o a un apoyo para entidades.

Qué tipo de apoyo ofrece

Estas prestaciones pueden sustituir ingresos, cubrir gastos, reconocer cotizaciones o dar lugar a un pago familiar. Revisa régimen, cotización, hecho y fecha, base de cálculo, unidad familiar, ingresos y compatibilidades. El salario sustituido, la renta garantizada de una tabla y los días cotizados no se suman como dinero adicional. La discapacidad y la incapacidad laboral requieren comprobaciones distintas.

Pensión de viudedad: revisa situación y cotizaciones del causante, matrimonio o pareja, separación o divorcio cuando proceda, fecha, base y concurrencia de personas beneficiarias. La base reguladora, el porcentaje y la cuantía reconocida son datos distintos.

Comprueba régimen, alta y cotización, hecho y fecha, base de cálculo y circunstancias familiares. Una prestación que sustituye ingresos, un pago único, una cobertura sanitaria y un periodo considerado cotizado tienen efectos distintos.

Descripción publicada

• Fallecimiento de trabajadores en situación de alta o asimilada a la de alta:

Hecho causante: el día del fallecimiento.

Efectos económicos:

• Fallecimiento de trabajadores que no se encuentren en situación de alta ni asimilada a la de alta:

Hecho causante: el día del fallecimiento.

Efectos económicos: la fecha de la solicitud, con una retroactividad máxima de 3 meses.

• Fallecimiento de pensionistas de jubilación o de incapacidad permanente:

Hecho causante: el día del fallecimiento.

Efectos económicos:

Fuente del extracto

Plazo y edición

No se deduce un plazo abierto a partir de la fecha de registro o de un estado como “en tramitación”. Comprueba la edición en la fuente.

Cómo dar el siguiente paso

  1. Abre la referencia en la entidad o registro de origen e identifica la edición.
  2. Comprueba quién puede solicitarla, la cuantía individual y las condiciones. El ámbito del organismo no sustituye los requisitos de residencia, estudios o actividad.
  3. Consulta el plazo y los documentos exigidos. Usa el canal que señalen las bases o el trámite de la entidad.

Consultar la referencia de origen

Referencia localizada: 2026-10-15T07:16:08+00:00. Última observación conservada: 2026-10-15T21:09:40+00:00. La observación no equivale a una revisión jurídica completa.

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