a tu alcance.

Prestación o servicio

Dependencia · centros de día y de noche

BOE

Fuente: BOE · Dependencia · acceso, reconocimiento y atención individual · España

Esta referencia está localizada y conserva su fuente. El acceso completo, la cuantía individual y el plazo actual necesitan contrastarse. Puede corresponder a una convocatoria anterior o a un apoyo para entidades.

Qué tipo de apoyo ofrece

La referencia puede describir una prestación, un servicio, un producto de apoyo o protección de cotización de quien cuida. Comprueba grado, programa individual, reconocimiento territorial, aportación al coste y compatibilidades. Los servicios, las horas y las cuotas cubiertas no equivalen a dinero recibido para sumar como otra beca.

Servicios de centros de día y de noche. Revisa la modalidad, la plaza, el programa individual y la aportación al coste. Las modalidades no se suman como dos ayudas concedidas.

La discapacidad y la dependencia requieren comprobar su reconocimiento correspondiente. Revisa el grado, el programa individual de atención y el procedimiento de tu territorio.

Versión del texto consolidado: 2026-10-03. No es un plazo de solicitud ni una confirmación del importe personal.

Los servicios, las prestaciones y la cotización de quien cuida pueden tener destinatarios y efectos distintos. Su combinación y las cantidades reconocidas requieren revisión.

Consultar el marco estatal de dependencia

Artículo 24. Servicio de centro de día y de noche.

[Bloque 36: #a24]

1. El servicio de centro de día o de noche ofrece a las personas en situación de dependencia, durante el periodo diurno o nocturno, cuidados y apoyos integrales, desde un enfoque comunitario, garante de sus derechos y centrado en las personas, con el objetivo de promover su autonomía personal, mejorar su calidad de vida y apoyar a las familias o personas cuidadoras. En particular, el servicio de centro de día facilitará la prevención, la promoción de la autonomía, la estimulación cognitiva y física, acompañamiento en la adquisición o mejora de habilidades digitales y el apoyo psicológico y emocional. Además, fomentará la autodeterminación y la participación inclusiva de las personas en su comunidad mediante actividades significativas y acordes a su voluntad, deseos y preferencias, incluidas aquellas que se desarrollan en entornos digitales.

2. Desde el centro de día se podrán prestar servicios similares, dirigidos a personas que vivan en domicilios próximos y que necesiten apoyos para el desarrollo de su proyecto de vida. Podrán ser realizados en las propias instalaciones del centro, en otras del entorno comunitario o en los domicilios de las personas. Tendrán entre sus objetivos favorecer el establecimiento de vínculos entre las personas en situación de dependencia y las personas del entorno comunitario.

Fuente del extracto

Plazo y edición

Fecha de registro o referencia: 2026-10-03. fecha declarada por la fuente, sin inferir apertura.

No se deduce un plazo abierto a partir de la fecha de registro o de un estado como “en tramitación”. Comprueba la edición en la fuente.

Cómo dar el siguiente paso

  1. Abre la referencia en la entidad o registro de origen e identifica la edición.
  2. Comprueba quién puede solicitarla, la cuantía individual y las condiciones. El ámbito del organismo no sustituye los requisitos de residencia, estudios o actividad.
  3. Consulta el plazo y los documentos exigidos. Usa el canal que señalen las bases o el trámite de la entidad.

Consultar la referencia de origen

Referencia localizada: 2026-10-15T04:41:42+00:00. Última observación conservada: 2026-10-15T20:59:29+00:00. La observación no equivale a una revisión jurídica completa.

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