Posible ayuda · por revisar
Cataluña · CAPÍTULO III · Tasa por los permisos de caza mayor y menor dentro de las reservas nacionales de caza y reservas de caza · Artículo 12.3-5. Exenciones y bonificaciones.
BOE
Fuente: BOE · Cataluña · Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · Cataluña
Esta referencia está localizada y conserva su fuente. El acceso completo, la cuantía individual y el plazo actual necesitan contrastarse. Puede corresponder a una convocatoria anterior o a un apoyo para entidades.
Qué tipo de apoyo ofrece
Las exenciones y bonificaciones pueden reducir una tasa si cumples sus condiciones. Hay que comprobar el servicio, la administración competente, la acreditación y la tarifa actual. Los apartados y anexos son referencias documentales; los textos originales sin consolidar necesitan revisar sus modificaciones. Las tarifas publicadas no son dinero recibido ni un ahorro personal confirmado.
Normativa autonómica de tasas y precios públicos. Comprueba a qué servicio y tasa se refiere la exención, quién paga y cómo se acredita la condición. Los apartados, anexos, tarifas y porcentajes no son ayudas distintas ni un ahorro personal confirmado.
Versión del texto consolidado informativo: 2026-05-22. Esta fecha no es un plazo de solicitud ni verifica la tarifa actual.
Apartado de una norma autonómica de tasas. Conserva el servicio, los sujetos, los conceptos y las condiciones publicados. Revisa las tarifas actuales, la acreditación y el trámite concreto antes de calcular un ahorro.
Versión del texto consolidado: 2026-05-22. Esta fecha no es un plazo de solicitud ni confirma la vigencia personal de todos sus apartados.
Los apartados ayudan a revisar el marco y sus condiciones; no se suman como ayudas adicionales. El ahorro depende del servicio o trámite, de tu situación y del coste que realmente corresponda.
Artículo 12.3-5. Exenciones y bonificaciones.
1. Los cazadores y las cazadoras locales tienen una bonificación del 80% de la cuota fija o de entrada, excepto de la cuota de caza menor y jabalí.
2. Los cazadores y las cazadoras locales tienen una bonificación del 80% de las tarifas de la cuota variable o complementaria establecidas para la caza selectiva de todas las especies y una bonificación del 40% de las tarifas de la cuota variable o complementaria establecidas para la caza de trofeo de todas las especies.
3. Son cazadores y cazadoras locales, a los efectos de la aplicación de esta tasa, las personas que tienen la vecindad administrativa en alguno de los términos municipales a los cuales pertenece la reserva correspondiente y los propietarios de un mínimo de cinco hectáreas de terreno rústico dentro de dicha reserva.
4. Los cazadores que usan balas que no contienen plomo durante las cacerías de caza mayor a rececho tienen una bonificación del 10% de las tarifas de la cuota variable o complementaria de todas las especies.
5. Los propietarios de terrenos incluidos en reservas nacionales de caza tienen una bonificación del 50% de la cuota fija o de entrada, excepto en la cuota de caza menor y jabalí, de los permisos que les correspondan y subasten.
6. Los cazadores que participen en las cacerías autorizadas excepcionalmente para capturar ciervos, gamos y muflones dentro de las reservas nacionales de caza para controlar los daños que estas especies hayan causado o puedan causar están exentos de pagar las cuotas de entrada y complementarias de los ejemplares abatidos de estas especies.
7. Los cazadores que participen en las cacerías autorizadas con batidas para capturar corzos, ciervos, gamos y muflones dentro de las reservas nacionales de caza para controlar los daños que estas especies hayan causado o puedan causar están exentos de pagar las cuotas de entrada y complementarias de los ejemplares abatidos de estas especies.
Plazo y edición
Fecha de registro o referencia: 2026-05-22. fecha declarada por la fuente, sin inferir apertura.
No se deduce un plazo abierto a partir de la fecha de registro o de un estado como “en tramitación”. Comprueba la edición en la fuente.
Cómo dar el siguiente paso
- Abre la referencia en la entidad o registro de origen e identifica la edición.
- Comprueba quién puede solicitarla, la cuantía individual y las condiciones. El ámbito del organismo no sustituye los requisitos de residencia, estudios o actividad.
- Consulta el plazo y los documentos exigidos. Usa el canal que señalen las bases o el trámite de la entidad.
Consultar la referencia de origen
Referencia localizada: 2026-10-15T11:11:26+00:00. Última observación conservada: 2026-10-15T19:18:35+00:00. La observación no equivale a una revisión jurídica completa.