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Detalles y fuentes de Becas UCA 2026–2027: matrícula, desplazamiento, material y excelencia

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Documentos y pasos

Becas UCA 2026–2027: matrícula, desplazamiento, material y excelencia

Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-27.

Al abrirse el plazo, entra en la sede electrónica de la Universidad de Cádiz, localiza la convocatoria de becas UCA 2026–2027, completa y firma la solicitud y adjunta los documentos. Conserva el justificante y revisa las publicaciones provisionales. El portal aún muestra la edición anterior: no uses su formulario sin comprobar el curso. Condiciones: Curso 2026/2027, con los requisitos y excepciones de cada componente; no se confirma concesión ni una suma automática de máximos.

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La vinculación es estudiar en un centro de la Universidad de Cádiz. No se exige por este motivo un padrón general en Andalucía. El domicilio familiar se utiliza para valorar la ayuda de desplazamiento; las personas extranjeras tienen condiciones de residencia específicas.

Página 14: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 14/23 El valor de los elementos indicativos de patrimonio a que se refiere este apartado d) se determinará de conformidad con lo dispuesto en la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por su valor a 31 de diciembre de 2024. 2.2. Cuando sean varios los elementos indicativos del patrimonio descritos en los apartados anteriores de los que dispongan los miembros computables de la familia, se calculará el porcentaje de valor de cada elemento re specto del umbral correspondiente. Se denegará la beca cuando la suma de los referidos porcentajes supere el valor cien. 2.3. También se denegará la beca solicitada cuando se compruebe que la suma de los ingresos que se indican a continuación obtenida por los miembros computables de la familia supere la cantidad de 172.000 euros: a) ingresos procedentes de actividades económicas en estimación directa o en estimación objetiva. b) ingresos procedentes de una participación del conjunto de los miembros computables en actividades económicas desarrolladas a través de entidades sin personalidad jurídica o cualquier otra clase de entidad jurídica, una vez aplicado a los ingresos totales de las actividades el porcentaje de participación en las mismas. 2.4. A los ef ectos del cómputo del valor de los elementos a que se refieren los párrafos anteriores, se deducirá el 50 por ciento del valor de los que pertenezcan a cualquier miembro computable de la familia, excluidos los sustentadores principales. 2.5. La presentación de la solicitud de beca implicará la autorización a la Universidad de Cádiz para obtener los datos necesarios para determinar la renta y el patrimonio a efectos de beca a través de las correspondientes administraciones públicas. Séptima. Reglas de procedimiento 1. La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica de la Universidad de Cádiz en la dirección: https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/ Al cumplimentar la solicitud, ésta quedará firmada, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9 a 12 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo ; Página 15: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 15/23 Común de las Administraciones Pública s, autorizando a la Universidad a obtener de otras administraciones públicas la información que resulte precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de las circunstancias personales y académicas, así como de renta y patrimonio necesarios para la resolución de la solicitud de beca. 2. El plazo de solicitud de las ayudas será el comprendido entre los días 11 de enero y 10 de febrero de 2027, ambos incluidos. 3. La concesión de los componentes de beca de la Universidad de Cádiz será incompatibl e con cualquier otra ayuda recibida para ese mismo fin. En ningún caso, la presentación de solicitud para estas ayudas conlleva la exención de precios públicos por servicios académicos, así como tampoco su aplazamiento. 4. Junto con la solicitud, todos los solicitantes deberán aportar obligatoriamente la siguiente documentación: a) Copia del DNI/NIE en vigor de todos los miembros computables de la unidad familiar mayores de 14 años. Los alumnos con nacionalidad de algún estado miembro de la Unión europea y los extranjeros no comunitarios, además del NIE del solicitante, presentarán los documentos identificativos de los demás miembros computables de su unidad familiar. b) Adicionalmente los alumnos con nacionalidad extranjera debe rán indicar país y ciudad de nacimiento y además aportar el certificado de residencia fiscal en España. En el caso de que no tengan residencia fiscal en España deberán indicar dirección postal completa del país donde tengan su residencia fiscal. El incumplimiento de esta obligación dará lugar al rechazo de la solicitud por falta de documentación indispensable para la resolución de la misma. c) Documento facilitado por la entidad bancaria correspondiente en el que conste el IBAN de la cuenta bancaria, de la que , en todo caso, deberá ser titular o cotitular el solicitante de beca y la cuenta pertenecer a un banco con sede en España. 5. En los siguientes casos deberá presentar la documentación que se señala en cada uno de ellos: a) Cuando haya ascendientes de los pa dres que formen parte de la unidad familiar, deberá justificar su residencia en el mismo domicilio a fecha 31 de diciembre de 2025 con el certificado municipal correspondiente. ; Página 17: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 17/23 b) Que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad, pudiendo ser requerido el documento original en cualquier momento del procedimiento. La no presentación del mismo dará lugar a la denegación de la beca o en su caso al reintegro de la ayuda concedida. c) Que queda enterado de que la inexactitud en las circunstancias declaradas dará lugar a la no concesión o reintegro de la ayuda. d) Que tiene conocimiento de la incompatibilidad de esta ayuda cualquier otra beca o ayuda de entidad pública o privada para la misma finalidad. e) Que autoriza a la Universidad de Cádiz, para requerir, en su caso, datos económicos y patrimoniales de los miembros computable s de la unidad familiar a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y Dirección General del Catastro, así como cualquier otro dato obrante en otras Entidades Públicas relevante a efectos de la resolución de su solicitud (Discapacidad, Familia Numerosa...). 8. Para el estudio y valoración de las incidencias que se produzcan en el proceso de tramitación de las solicitudes actuarán, como comisión encargada para proponer su resolución, los representantes de la Universidad de Cádiz en el órgano de sele cción de becarios determinado en la Resolución de 23 de marzo de 2026, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2026-2027, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios. Su funcionamiento se ajustará a lo dispuesto en las normas contenidas a tal efecto en el Título V del Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz. 9. En la tramitación de los expedientes, se estará a lo dispuesto en el artículo 82 de l a Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para obtener información sobre el estado de tramitación del procedimiento, los interesados podrán dirigirse personalmente al Área de Gestión al Alumnado y Relaciones Internacionales – Becas de la Universidad de Cádiz. Asimismo, se podrá realizar cualquier consulta sobre su solicitud de beca a través del Centro de Atención al Usuario (C.A.U.) del Área de Gestión al Alumnado y Relaciones Internacionales o a través del procedimiento electrónico establecido al efecto. 10. El Rector dará orden de publicar una o varias relaciones provisionales de ayudas concedidas y denegadas. Si se publica más de una relación provisional, los alumnos se agruparán por colectiv os, en atención al momento en que presentaron sus solicitudes o por el estado de tramitación de ; Página 18: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 18/23 las mismas. Estas relaciones podrán hacer referencia a todas o a parte de las ayudas solicitadas por los interesados. La publicación se realizará en http://atencionalumnado.uca.es/becas-uca/. Los interesados podrán presentar alegaciones respecto de las ayudas concedidas o denegadas en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación. Se podrá ordenar el pago de las ayudas de Matrícula, Desplazamiento o Rendimiento a partir de la publicación de las diferentes relaciones provisionales. A la hora de determinar qué pagos se ordenan tras la publicación de una relación provisional, se tendrá en consideración especialmente a los alumnos que no han disfrutado durante el curso de ningún tipo de beca hasta el momento, así como la concurrencia de procedimientos administrativos que puedan afectar a la resolución provisional publicada. 11. Transcurrido el plazo mencionado y una vez revisadas las alegaciones y documentación presentadas, el Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Cádiz aprobará la relación definitiva de alumnos con ayudas concedidas y denegadas. La resolución se hará pública en el enlace correspondiente de la página web http://atencionalumnado.uca.es/becas- uca/, comunicándose dicha publicación a las Secretarías de los Centros. Una vez publicada la resolución definitiva, se procederá a abonar las ayudas concedidas y aún no abonadas. 12. El plazo para dictar resolución definitiva finaliza el 31 de Julio de 202 7. La falta de resolución en plazo tendrá carácter desestimatorio. 13. Ejecución del pago de las ayudas concedidas. El pago de las ayudas concedidas se materializará mediante transferencia bancaria. En la orden de transferencia podrán deducirse de las ayudas concedidas las cantidades que el beneficiario pueda adeudar a la Universidad de Cádiz en alguno de los siguientes conceptos: 1. Recibos de matrícula pendientes de abono. 2. Ayudas pendientes de reintegro, o 3. Cualquier tipo de cobro indebido pendiente de devolución. 14. Detectado el pago indebido de la/s ayuda/s concedidas en Beca UCA se procederá a solicitar el reintegro de las mismas. En caso de incumplimiento de esta obligación se procederá a comunicar a la Secre taría del Centro de estudios el bloqueo del expediente académico por impago.

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Becas UCA 2026–2027: matrícula, desplazamiento, material y excelencia

Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-27.

Excelencia académica: 50 € con nota de 8,00–8,49; 75 € con 8,50–8,99; 100 € con 9,00–9,49 y 125 € desde 9,50. Se aplican los coeficientes de rama indicados en las bases. Condiciones: Curso 2026/2027, con los requisitos y excepciones de cada componente; no se confirma concesión ni una suma automática de máximos.

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La vinculación es estudiar en un centro de la Universidad de Cádiz. No se exige por este motivo un padrón general en Andalucía. El domicilio familiar se utiliza para valorar la ayuda de desplazamiento; las personas extranjeras tienen condiciones de residencia específicas.

Página 5: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 5/23 cuantía variable, no superan el umbral de renta establecido en la convocatoria y cumplen con el requisito académico más bajo. 4. Rendimiento académico Con la finalidad de potenciar la excelencia en la Universidad de Cádiz mediante la captación de talentos entre los alumnos de grado y máster, los alumnos que hayan obtenido en el curso 2025-2026 un elevado rendimiento académico, podrán obtener una ayuda ligada a la excelencia académica entre 50 y 125€ con la siguiente distribución: Nota media del estudiante Cuantía en euros Entre 8,00 y 8,49 puntos 50 euros Entre 8,50 y 8,99 puntos 75 euros Entre 9,00 y 9,49 puntos 100 euros 9,50 puntos o más 125 euros a) Para la adjudicación de esta ayuda a la nota media del estudiante se le aplicará un coeficiente corrector de 1,17 para las calificaciones procedentes de estudios del área de arquitectura e ingeniería, de 1,11 para las calificaciones procedentes de estudios del área de ciencias y de 1,05 para las procedentes del área de ciencias de la salud. b) Para la adjudicación de esta ayuda no se tendrán en cuenta los requisitos económicos establecidos en estas bases y será compatible con cualquier otra ayuda de las establecidas en esta convocatoria. c) Será necesario que el estudiante haya estado matriculado en la Universidad de Cádiz en el curso 2025-2026 de un mínimo de 40 créditos. d) Asimismo, será requisito estar matriculado en el curso 20 26-2027 en la Universidad de Cádiz en alguna de las enseñanzas señaladas en la base 1ª de esta convocatoria. En el caso de cambio de nivel de estudios, el curso matriculado en 2026-2027 deberá ser siempre superior al realizado en 2025-2026. e) Esta ayuda es incompat ible con la ayuda del MEFP ligada a la excelencia en rendimiento académico. f) No se podrá obtener ayuda de rendimiento académico si cumpliendo los requisitos que establece la convocatoria de Beca MEFP para obtener la citada ayuda no se hubiese solicitado Beca MEFP.

Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T09:14:50+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.

Importes y finalidad

Becas UCA 2026–2027: matrícula, desplazamiento, material y excelencia

Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-27.

El material no tiene un importe fijo publicado: se reparte el presupuesto que quede tras matrícula, desplazamiento y excelencia. El tipo 1 y el tipo MEFP tienen un factor de 1,50 y el tipo 2 un factor de 1,00. Condiciones: Curso 2026/2027, con los requisitos y excepciones de cada componente; no se confirma concesión ni una suma automática de máximos.

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La vinculación es estudiar en un centro de la Universidad de Cádiz. No se exige por este motivo un padrón general en Andalucía. El domicilio familiar se utiliza para valorar la ayuda de desplazamiento; las personas extranjeras tienen condiciones de residencia específicas.

Página 4: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 4/23 Se establecerán 5 niveles, según la distancia del domicilio familiar al centro de estudios: a) De 0 a 5 kilómetros: el importe será de 30€. b) De 6 a 10 kilómetros: el importe será de 50€. c) De 11 a 30 kilómetros: el importe será de 100€. d) De 31 a 50 kilómetros: el importe será de 200€. e) De 51 kilómetros en adelante: el importe será de 300€. Las cuantías en los dos últimos casos (“d” y “e”) podrán incrementarse en el importe máximo (250€) si el solicitante acredita su residencia fuera del domicilio familiar. Sin embargo, en los casos de que la distancia existente sea de 31 a 50 kilómetros se ponderarán las dificultades de desplazamiento en transporte público, por lo que se deberá demostrar que, por causa de la insuficiencia de los medios de comunicaciones existentes y los horarios lectivos, es realmente necesario residir fuera del domicilio familiar durante el curso. En caso de alumnos con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33% se incrementará la ayuda de desplazamiento en un 50 %. 3. Material El importe resultante una vez adjudicadas las ayudas de matrícula, desplazamiento y aprovechamiento académico se asignará a la cobertura de la cuantía para material, que será diferente en función de los requisitos académicos superados. Para asignar estas ayudas se atenderá a la siguiente fórmula: Mat. = Cres /1,5x Sol.T1) + (1,5x Sol.MEFP) + (Sol.T2) Siendo:  Mat: Ayuda para material  Cres: cuantía resultante de restar al total del presupuesto el importe de las ayudas adjudicadas para matrícula, residencia y rendimiento académico.  Sol.T1: número de solicitantes que cumplen el requisito para la obtención de la cuantía variable, no superan el umbral de renta establecido en la convocatoria y cumplen con el requisito académico más elevado.  Sol.MEFP: número de solicitantes que cumplen el requisito para la obtención de la cuantía variable, no superan el umbral de renta establecido en la convocatoria y han sido beneficiarios únicamente de las ayudas de Beca MEFP compatibles con Beca UCA.  Sol.T2: número de solicitant es que cumplen el requisito para la obtención de la ; Página 6: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 6/23 Cuarta. Distribución de las ayudas. Requisitos académicos La distribución de las ayudas se hará en función de los requisitos académicos establecidos en esta convocatoria. Para la concesión de cualquiera de las ayudas, salvo la de Rendimiento Académico , es imprescindible no superar ninguno de los umbrales de renta y/o patrimonio establecidos en la base 6ª, así como cumplir con los requisitos generales exigidos en la convocatoria. 1. TIPO 1: Para obtener las ayudas de Matrícula, Desplazamiento ( con posibilidad de incremento) y Material (1,50) será necesario cumplir con los siguientes requisitos académicos: Alumnos de 2º y posteriores cursos de grado:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 40 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 40 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado: Rama de conocimiento % créditos superados Arte y Humanidades 70% Ciencias 50% Ciencias Sociales y Jurídicas 70% Ciencias de la Salud 60% Ingeniería 50% Alumnos de 2º de cualquier máster:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 40 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 40 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado: 85% 2. Tipo MEFP : Podrán obtener la ayuda de Desplazamiento (con posibilidad de incremento) y Material (1,50) los alumnos que únicamente hayan obtenido el componente de matrícula de la beca del MEFP o que hayan obtenido este componente, la cuantía variable mínima y, en su caso, la cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico. También podrán obtener estas ayudas los alumnos que hayan recibido la ayuda fija ligada a residencia y/o la ayuda fija ligada a renta por un importe máximo de 350 euros al tener en el curso 2026/2027 matrícula parcial cualificada, es decir, encontrarse matriculados entre 48 y 59 créditos. Esta excepción que permite a los alumnos con matrícula parcial cualificada acceder a las ayudas de Beca UCA no es aplicable a los estudiantes de Doble Grado o Dobles ; Página 7: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 7/23 Másteres. Los alumnos que cursen dobles titulaciones de máster, también tendrán derecho a obtener la ayuda de Matrícula por el importe de los créditos matriculados por primera vez en la titulación que no queda cubierta por el MEFP ni por cualquier otra exención o bonificación. En todo caso, deberán cumplir con los siguientes requisitos académicos: Alumnos de 1º de grado:  Matrícula en 2026-2027: mínimo de 30 créditos  Calificación en la prueba de acceso a la Universidad (sin fase específica): 5,00 puntos Alumnos de 2º y posteriores cursos de grado:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 30 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 30 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado: Rama de conocimiento % créditos superados Arte y Humanidades 90% Ciencias 65% Ciencias Sociales y Jurídicas 90% Ciencias de la Salud 80% Ingeniería 65% Alumnos de 2º de cualquier máster:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 30 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 30 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado: 100% 3. TIPO 2: Para obtener la ayuda de Matrícula, Desplazamiento y Material (1,00) será necesario cumplir con los siguientes requisitos académicos: Alumnos de 2º y posteriores cursos de grado:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 24 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 24 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado:

Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T09:14:50+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.

Importes y finalidad

Becas UCA 2026–2027: matrícula, desplazamiento, material y excelencia

Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-27.

Los tramos de 31–50 km y desde 51 km pueden aumentar hasta 250 € si acreditas vivir fuera del domicilio familiar. Entre 31 y 50 km también debes justificar que el transporte y los horarios hacen necesario ese alojamiento. Condiciones: Curso 2026/2027, con los requisitos y excepciones de cada componente; no se confirma concesión ni una suma automática de máximos.

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La vinculación es estudiar en un centro de la Universidad de Cádiz. No se exige por este motivo un padrón general en Andalucía. El domicilio familiar se utiliza para valorar la ayuda de desplazamiento; las personas extranjeras tienen condiciones de residencia específicas.

Página 4: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 4/23 Se establecerán 5 niveles, según la distancia del domicilio familiar al centro de estudios: a) De 0 a 5 kilómetros: el importe será de 30€. b) De 6 a 10 kilómetros: el importe será de 50€. c) De 11 a 30 kilómetros: el importe será de 100€. d) De 31 a 50 kilómetros: el importe será de 200€. e) De 51 kilómetros en adelante: el importe será de 300€. Las cuantías en los dos últimos casos (“d” y “e”) podrán incrementarse en el importe máximo (250€) si el solicitante acredita su residencia fuera del domicilio familiar. Sin embargo, en los casos de que la distancia existente sea de 31 a 50 kilómetros se ponderarán las dificultades de desplazamiento en transporte público, por lo que se deberá demostrar que, por causa de la insuficiencia de los medios de comunicaciones existentes y los horarios lectivos, es realmente necesario residir fuera del domicilio familiar durante el curso. En caso de alumnos con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33% se incrementará la ayuda de desplazamiento en un 50 %. 3. Material El importe resultante una vez adjudicadas las ayudas de matrícula, desplazamiento y aprovechamiento académico se asignará a la cobertura de la cuantía para material, que será diferente en función de los requisitos académicos superados. Para asignar estas ayudas se atenderá a la siguiente fórmula: Mat. = Cres /1,5x Sol.T1) + (1,5x Sol.MEFP) + (Sol.T2) Siendo:  Mat: Ayuda para material  Cres: cuantía resultante de restar al total del presupuesto el importe de las ayudas adjudicadas para matrícula, residencia y rendimiento académico.  Sol.T1: número de solicitantes que cumplen el requisito para la obtención de la cuantía variable, no superan el umbral de renta establecido en la convocatoria y cumplen con el requisito académico más elevado.  Sol.MEFP: número de solicitantes que cumplen el requisito para la obtención de la cuantía variable, no superan el umbral de renta establecido en la convocatoria y han sido beneficiarios únicamente de las ayudas de Beca MEFP compatibles con Beca UCA.  Sol.T2: número de solicitant es que cumplen el requisito para la obtención de la ; Página 6: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 6/23 Cuarta. Distribución de las ayudas. Requisitos académicos La distribución de las ayudas se hará en función de los requisitos académicos establecidos en esta convocatoria. Para la concesión de cualquiera de las ayudas, salvo la de Rendimiento Académico , es imprescindible no superar ninguno de los umbrales de renta y/o patrimonio establecidos en la base 6ª, así como cumplir con los requisitos generales exigidos en la convocatoria. 1. TIPO 1: Para obtener las ayudas de Matrícula, Desplazamiento ( con posibilidad de incremento) y Material (1,50) será necesario cumplir con los siguientes requisitos académicos: Alumnos de 2º y posteriores cursos de grado:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 40 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 40 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado: Rama de conocimiento % créditos superados Arte y Humanidades 70% Ciencias 50% Ciencias Sociales y Jurídicas 70% Ciencias de la Salud 60% Ingeniería 50% Alumnos de 2º de cualquier máster:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 40 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 40 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado: 85% 2. Tipo MEFP : Podrán obtener la ayuda de Desplazamiento (con posibilidad de incremento) y Material (1,50) los alumnos que únicamente hayan obtenido el componente de matrícula de la beca del MEFP o que hayan obtenido este componente, la cuantía variable mínima y, en su caso, la cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico. También podrán obtener estas ayudas los alumnos que hayan recibido la ayuda fija ligada a residencia y/o la ayuda fija ligada a renta por un importe máximo de 350 euros al tener en el curso 2026/2027 matrícula parcial cualificada, es decir, encontrarse matriculados entre 48 y 59 créditos. Esta excepción que permite a los alumnos con matrícula parcial cualificada acceder a las ayudas de Beca UCA no es aplicable a los estudiantes de Doble Grado o Dobles ; Página 11: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 11/23 5. En los casos en que el solicitante alegue su emancipación o independencia familiar y económica, cualquiera que sea su estado civil y edad, deberá acreditar fehacientemente que cuenta con medios económicos propios suficientes que permitan dicha independenc ia, así como la titularidad o el alquiler de su domicilio (en ambos casos referido a todo el año 2025). En caso contrario, se entenderá no probada la independencia, por lo que, para el cálculo de la renta y patrimonio familiar a efectos de esta ayuda, se p odrán computar los ingresos correspondientes a los miembros computables de la unidad familiar a que se refieren los apartados 1 y 2 del artículo 17 de la Resolución de 23 de marzo de 2026, de la Secretaría de Estado de Educación. Se entenderá como medios económicos propios suficientes una renta libre anual de 2.500,00 euros, una vez deducidos los gastos de alquiler o compra de la vivienda (en el año 20 25) considerado domicilio familiar. En el caso de estudiantes que formen una unidad familiar independiente no procederá la concesión del incremento en la cuantía de desplazamiento. Asimismo, tendrá la consideración de miembro computable la persona con ingresos propios que, a 31 de diciembre de 2025, conviviera en el domicilio con el solicitante cuando no medie relación de parentesco y no se pueda justificar un alquiler de piso compartido. Sexta. Requisitos de carácter económico 1. Umbral de renta. 1.1. Se establecen a efectos de renta un único umbral, que será el siguiente: Familias de 1 miembro: 8.925,00 euros Familias de 2 miembros: 14.385,00 euros Familias de 3 miembros: 19.530,00 euros Familias de 4 miembros: 23.205,00 euros Familias de 5 miembros: 25.935,00 euros Familias de 6 miembros: 29.190,00 euros Familias de 7 miembros: 33.075,00 euros Familias de 8 miembros: 37.695,00 euros A partir del octavo miembro se añadirán 4 .095,00 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.

Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T09:14:50+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.

Importes y finalidad

Becas UCA 2026–2027: matrícula, desplazamiento, material y excelencia

Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-27.

Desplazamiento según distancia entre domicilio familiar y centro: 30 € de 0 a 5 km, 50 € de 6 a 10, 100 € de 11 a 30, 200 € de 31 a 50 y 300 € desde 51 km. Con discapacidad reconocida de al menos el 33 %, se prevé un incremento del 50 % de la ayuda de desplazamiento. Condiciones: Curso 2026/2027, con los requisitos y excepciones de cada componente; no se confirma concesión ni una suma automática de máximos.

Alcance de esta lectura

La vinculación es estudiar en un centro de la Universidad de Cádiz. No se exige por este motivo un padrón general en Andalucía. El domicilio familiar se utiliza para valorar la ayuda de desplazamiento; las personas extranjeras tienen condiciones de residencia específicas.

Página 3: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 3/23 ANEXO I. BASES DE LA CONVOCATORIA Primera. Destinatarios Las ayudas que son objeto de la presente convocatoria están destinadas a los estudiantes de la Universidad de Cádiz matriculados en el curso académico 2025-2026 en estudios de grado o máster oficial que cumplan con los requisitos económicos y académicos establecidos en la misma. Segunda. Financiación de la convocatoria. La presente convocatoria se financia con fondos procedentes de la Junta de Andalucía y con fondos propios de la Universidad de Cádiz. El importe global de las becas concedidas, incluido el destinado a la matrícula, no podrá superar la cantidad establecida en el presupuesto de la Universidad de Cádiz a tal fin. En caso de que las ayudas a conceder fueran superiores a la cantidad presupuestada, se reducirán en el mismo porcentaje hasta ajustarlas al presupuesto. Tercera. Clases y cuantías de las ayudas Se establecen las siguientes modalidades de ayudas: 1. Matrícula En aplicación del artículo 4.1.e) del RD 471/20 21, el componente de matrícula sólo podrá comprender los créditos en que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2026-2027. En ningún caso, la cuantía final podrá sobrepasar el importe real abonado por el alumno, una vez realizadas las posibles deducciones (bonificación Junta de Andalucía, familia numerosa, minusvalía, matrículas de honor, etc.). 2. Desplazamiento La ayuda de desplazamiento se adj udicará a aquellos estudiantes en función de la distancia existente entre la localidad donde se ubique su domicilio familiar y la del centro docente. A estos efectos, se podrá considerar como domicilio familiar el más próximo al centro docente que pertenezca o en el que resida de forma habitual algún miembro computable de la unidad familiar, aunque no coincida con el domicilio legal. ; Página 4: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 4/23 Se establecerán 5 niveles, según la distancia del domicilio familiar al centro de estudios: a) De 0 a 5 kilómetros: el importe será de 30€. b) De 6 a 10 kilómetros: el importe será de 50€. c) De 11 a 30 kilómetros: el importe será de 100€. d) De 31 a 50 kilómetros: el importe será de 200€. e) De 51 kilómetros en adelante: el importe será de 300€. Las cuantías en los dos últimos casos (“d” y “e”) podrán incrementarse en el importe máximo (250€) si el solicitante acredita su residencia fuera del domicilio familiar. Sin embargo, en los casos de que la distancia existente sea de 31 a 50 kilómetros se ponderarán las dificultades de desplazamiento en transporte público, por lo que se deberá demostrar que, por causa de la insuficiencia de los medios de comunicaciones existentes y los horarios lectivos, es realmente necesario residir fuera del domicilio familiar durante el curso. En caso de alumnos con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33% se incrementará la ayuda de desplazamiento en un 50 %. 3. Material El importe resultante una vez adjudicadas las ayudas de matrícula, desplazamiento y aprovechamiento académico se asignará a la cobertura de la cuantía para material, que será diferente en función de los requisitos académicos superados. Para asignar estas ayudas se atenderá a la siguiente fórmula: Mat. = Cres /1,5x Sol.T1) + (1,5x Sol.MEFP) + (Sol.T2) Siendo:  Mat: Ayuda para material  Cres: cuantía resultante de restar al total del presupuesto el importe de las ayudas adjudicadas para matrícula, residencia y rendimiento académico.  Sol.T1: número de solicitantes que cumplen el requisito para la obtención de la cuantía variable, no superan el umbral de renta establecido en la convocatoria y cumplen con el requisito académico más elevado.  Sol.MEFP: número de solicitantes que cumplen el requisito para la obtención de la cuantía variable, no superan el umbral de renta establecido en la convocatoria y han sido beneficiarios únicamente de las ayudas de Beca MEFP compatibles con Beca UCA.  Sol.T2: número de solicitant es que cumplen el requisito para la obtención de la ; Página 6: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 6/23 Cuarta. Distribución de las ayudas. Requisitos académicos La distribución de las ayudas se hará en función de los requisitos académicos establecidos en esta convocatoria. Para la concesión de cualquiera de las ayudas, salvo la de Rendimiento Académico , es imprescindible no superar ninguno de los umbrales de renta y/o patrimonio establecidos en la base 6ª, así como cumplir con los requisitos generales exigidos en la convocatoria. 1. TIPO 1: Para obtener las ayudas de Matrícula, Desplazamiento ( con posibilidad de incremento) y Material (1,50) será necesario cumplir con los siguientes requisitos académicos: Alumnos de 2º y posteriores cursos de grado:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 40 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 40 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado: Rama de conocimiento % créditos superados Arte y Humanidades 70% Ciencias 50% Ciencias Sociales y Jurídicas 70% Ciencias de la Salud 60% Ingeniería 50% Alumnos de 2º de cualquier máster:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 40 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 40 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado: 85% 2. Tipo MEFP : Podrán obtener la ayuda de Desplazamiento (con posibilidad de incremento) y Material (1,50) los alumnos que únicamente hayan obtenido el componente de matrícula de la beca del MEFP o que hayan obtenido este componente, la cuantía variable mínima y, en su caso, la cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico. También podrán obtener estas ayudas los alumnos que hayan recibido la ayuda fija ligada a residencia y/o la ayuda fija ligada a renta por un importe máximo de 350 euros al tener en el curso 2026/2027 matrícula parcial cualificada, es decir, encontrarse matriculados entre 48 y 59 créditos. Esta excepción que permite a los alumnos con matrícula parcial cualificada acceder a las ayudas de Beca UCA no es aplicable a los estudiantes de Doble Grado o Dobles ; Página 7: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 7/23 Másteres. Los alumnos que cursen dobles titulaciones de máster, también tendrán derecho a obtener la ayuda de Matrícula por el importe de los créditos matriculados por primera vez en la titulación que no queda cubierta por el MEFP ni por cualquier otra exención o bonificación. En todo caso, deberán cumplir con los siguientes requisitos académicos: Alumnos de 1º de grado:  Matrícula en 2026-2027: mínimo de 30 créditos  Calificación en la prueba de acceso a la Universidad (sin fase específica): 5,00 puntos Alumnos de 2º y posteriores cursos de grado:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 30 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 30 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado: Rama de conocimiento % créditos superados Arte y Humanidades 90% Ciencias 65% Ciencias Sociales y Jurídicas 90% Ciencias de la Salud 80% Ingeniería 65% Alumnos de 2º de cualquier máster:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 30 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 30 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado: 100% 3. TIPO 2: Para obtener la ayuda de Matrícula, Desplazamiento y Material (1,00) será necesario cumplir con los siguientes requisitos académicos: Alumnos de 2º y posteriores cursos de grado:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 24 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 24 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado:

Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T09:14:50+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.

Importes y finalidad

Becas UCA 2026–2027: matrícula, desplazamiento, material y excelencia

Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-27.

Puede cubrir créditos matriculados por primera vez, hasta el coste real que hayas pagado después de bonificaciones. Existen excepciones para determinadas víctimas acreditadas, que pueden incluir segunda matrícula. Condiciones: Curso 2026/2027, con los requisitos y excepciones de cada componente; no se confirma concesión ni una suma automática de máximos.

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La vinculación es estudiar en un centro de la Universidad de Cádiz. No se exige por este motivo un padrón general en Andalucía. El domicilio familiar se utiliza para valorar la ayuda de desplazamiento; las personas extranjeras tienen condiciones de residencia específicas.

Página 3: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 3/23 ANEXO I. BASES DE LA CONVOCATORIA Primera. Destinatarios Las ayudas que son objeto de la presente convocatoria están destinadas a los estudiantes de la Universidad de Cádiz matriculados en el curso académico 2025-2026 en estudios de grado o máster oficial que cumplan con los requisitos económicos y académicos establecidos en la misma. Segunda. Financiación de la convocatoria. La presente convocatoria se financia con fondos procedentes de la Junta de Andalucía y con fondos propios de la Universidad de Cádiz. El importe global de las becas concedidas, incluido el destinado a la matrícula, no podrá superar la cantidad establecida en el presupuesto de la Universidad de Cádiz a tal fin. En caso de que las ayudas a conceder fueran superiores a la cantidad presupuestada, se reducirán en el mismo porcentaje hasta ajustarlas al presupuesto. Tercera. Clases y cuantías de las ayudas Se establecen las siguientes modalidades de ayudas: 1. Matrícula En aplicación del artículo 4.1.e) del RD 471/20 21, el componente de matrícula sólo podrá comprender los créditos en que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2026-2027. En ningún caso, la cuantía final podrá sobrepasar el importe real abonado por el alumno, una vez realizadas las posibles deducciones (bonificación Junta de Andalucía, familia numerosa, minusvalía, matrículas de honor, etc.). 2. Desplazamiento La ayuda de desplazamiento se adj udicará a aquellos estudiantes en función de la distancia existente entre la localidad donde se ubique su domicilio familiar y la del centro docente. A estos efectos, se podrá considerar como domicilio familiar el más próximo al centro docente que pertenezca o en el que resida de forma habitual algún miembro computable de la unidad familiar, aunque no coincida con el domicilio legal. ; Página 9: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 9/23  Alumnos de máster matriculados de menos de 24 créditos en el curso 202 6-2027, si en 2025-2026 (o en el último curso realizado) matricularon como mínimo 24 créditos y superaron el 80% de los créditos matriculados. Las mujeres que acrediten la condición de víctimas de violencia de género, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violenci a de Género, en cualquier momento con documento expedido entre el 30 de junio de 2023 y el 30 de junio de 2027, así como sus hijos e hijas menores de veinticinco años y las personas menores sujetas a su tutela o guardia y custodia, todos ellos a fecha 31 de diciembre de 2025, podrán obtener en el curso 2026-2027, siempre que cumplan todas las demás condiciones previstas en las bases de la convocatoria, la ayuda de matrícula, la ayuda de desplazamiento, el incremento por desplazamiento y la ayuda de material. Igual régimen se aplicará a las personas que acrediten en el periodo indicado la condición de víctima de violencia sexual, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual y el artículo 2.1 de la Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual y a las personas que acrediten la condición de víctimas de violencia intrafamiliar. A las personas a que se refiere el apartado anterior no les serán de aplicación los requisitos establecidos en relación con la carga lectiva superada, la nota media obtenida ni el número mínimo de créditos o asignaturas matriculadas en el curso 2025-2026. Tampoco les serán de aplicación los requisitos relativos al cambio de estudios, al límite del número de años con condición de becario, ni la exigencia de superar un determinado porcentaje de créditos, asignaturas, módulos o su equivalente en horas en el curso 2026 -2027 para el que hayan resultado beneficiarias de la beca. La ayuda de matrícula que reciban las personas que acrediten la condición de víctima de violencia de género, sexual o intrafamiliar se extenderá a los créditos en que se matriculen tanto por primera como por segunda vez. Quinta. Requisitos generales 1. Para obtener alguna de las ayudas de la presente convocatoria, será preciso cumplir los siguientes requisitos: a) Ser español. En el caso de los ciudadanos comunitarios pueden obtener la ayuda de matrícula en las mismas condiciones que los ciudadanos españoles. Para la obtención de los demás componentes se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena. En el supuesto de solicitantes extranjeros no comunitarios, para obtener cualquier ayuda se requiere que estén en posesión del permiso de residencia (no es suficiente el permiso de estancia por estudios). Los mencionados requisitos deberán reunirse a 31 de diciembre de 2025. ; Página 15: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 15/23 Común de las Administraciones Pública s, autorizando a la Universidad a obtener de otras administraciones públicas la información que resulte precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de las circunstancias personales y académicas, así como de renta y patrimonio necesarios para la resolución de la solicitud de beca. 2. El plazo de solicitud de las ayudas será el comprendido entre los días 11 de enero y 10 de febrero de 2027, ambos incluidos. 3. La concesión de los componentes de beca de la Universidad de Cádiz será incompatibl e con cualquier otra ayuda recibida para ese mismo fin. En ningún caso, la presentación de solicitud para estas ayudas conlleva la exención de precios públicos por servicios académicos, así como tampoco su aplazamiento. 4. Junto con la solicitud, todos los solicitantes deberán aportar obligatoriamente la siguiente documentación: a) Copia del DNI/NIE en vigor de todos los miembros computables de la unidad familiar mayores de 14 años. Los alumnos con nacionalidad de algún estado miembro de la Unión europea y los extranjeros no comunitarios, además del NIE del solicitante, presentarán los documentos identificativos de los demás miembros computables de su unidad familiar. b) Adicionalmente los alumnos con nacionalidad extranjera debe rán indicar país y ciudad de nacimiento y además aportar el certificado de residencia fiscal en España. En el caso de que no tengan residencia fiscal en España deberán indicar dirección postal completa del país donde tengan su residencia fiscal. El incumplimiento de esta obligación dará lugar al rechazo de la solicitud por falta de documentación indispensable para la resolución de la misma. c) Documento facilitado por la entidad bancaria correspondiente en el que conste el IBAN de la cuenta bancaria, de la que , en todo caso, deberá ser titular o cotitular el solicitante de beca y la cuenta pertenecer a un banco con sede en España. 5. En los siguientes casos deberá presentar la documentación que se señala en cada uno de ellos: a) Cuando haya ascendientes de los pa dres que formen parte de la unidad familiar, deberá justificar su residencia en el mismo domicilio a fecha 31 de diciembre de 2025 con el certificado municipal correspondiente.

Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T09:14:50+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.

Compatibilidades

Becas UCA 2026–2027: matrícula, desplazamiento, material y excelencia

Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-27.

No se puede recibir otra ayuda para el mismo fin. La beca MEC tiene excepciones: determinadas personas que solo perciben matrícula, variable mínima o ciertos componentes limitados pueden acceder a las modalidades previstas. La excelencia UCA es incompatible con la excelencia MEC. Comunica cualquier otra ayuda y comprueba el conjunto de componentes; no se declara toda la MEC incompatible por igual. Condiciones: Curso 2026/2027, con los requisitos y excepciones de cada componente; no se confirma concesión ni una suma automática de máximos.

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La vinculación es estudiar en un centro de la Universidad de Cádiz. No se exige por este motivo un padrón general en Andalucía. El domicilio familiar se utiliza para valorar la ayuda de desplazamiento; las personas extranjeras tienen condiciones de residencia específicas.

Página 5: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 5/23 cuantía variable, no superan el umbral de renta establecido en la convocatoria y cumplen con el requisito académico más bajo. 4. Rendimiento académico Con la finalidad de potenciar la excelencia en la Universidad de Cádiz mediante la captación de talentos entre los alumnos de grado y máster, los alumnos que hayan obtenido en el curso 2025-2026 un elevado rendimiento académico, podrán obtener una ayuda ligada a la excelencia académica entre 50 y 125€ con la siguiente distribución: Nota media del estudiante Cuantía en euros Entre 8,00 y 8,49 puntos 50 euros Entre 8,50 y 8,99 puntos 75 euros Entre 9,00 y 9,49 puntos 100 euros 9,50 puntos o más 125 euros a) Para la adjudicación de esta ayuda a la nota media del estudiante se le aplicará un coeficiente corrector de 1,17 para las calificaciones procedentes de estudios del área de arquitectura e ingeniería, de 1,11 para las calificaciones procedentes de estudios del área de ciencias y de 1,05 para las procedentes del área de ciencias de la salud. b) Para la adjudicación de esta ayuda no se tendrán en cuenta los requisitos económicos establecidos en estas bases y será compatible con cualquier otra ayuda de las establecidas en esta convocatoria. c) Será necesario que el estudiante haya estado matriculado en la Universidad de Cádiz en el curso 2025-2026 de un mínimo de 40 créditos. d) Asimismo, será requisito estar matriculado en el curso 20 26-2027 en la Universidad de Cádiz en alguna de las enseñanzas señaladas en la base 1ª de esta convocatoria. En el caso de cambio de nivel de estudios, el curso matriculado en 2026-2027 deberá ser siempre superior al realizado en 2025-2026. e) Esta ayuda es incompat ible con la ayuda del MEFP ligada a la excelencia en rendimiento académico. f) No se podrá obtener ayuda de rendimiento académico si cumpliendo los requisitos que establece la convocatoria de Beca MEFP para obtener la citada ayuda no se hubiese solicitado Beca MEFP. ; Página 6: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 6/23 Cuarta. Distribución de las ayudas. Requisitos académicos La distribución de las ayudas se hará en función de los requisitos académicos establecidos en esta convocatoria. Para la concesión de cualquiera de las ayudas, salvo la de Rendimiento Académico , es imprescindible no superar ninguno de los umbrales de renta y/o patrimonio establecidos en la base 6ª, así como cumplir con los requisitos generales exigidos en la convocatoria. 1. TIPO 1: Para obtener las ayudas de Matrícula, Desplazamiento ( con posibilidad de incremento) y Material (1,50) será necesario cumplir con los siguientes requisitos académicos: Alumnos de 2º y posteriores cursos de grado:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 40 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 40 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado: Rama de conocimiento % créditos superados Arte y Humanidades 70% Ciencias 50% Ciencias Sociales y Jurídicas 70% Ciencias de la Salud 60% Ingeniería 50% Alumnos de 2º de cualquier máster:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 40 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 40 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado: 85% 2. Tipo MEFP : Podrán obtener la ayuda de Desplazamiento (con posibilidad de incremento) y Material (1,50) los alumnos que únicamente hayan obtenido el componente de matrícula de la beca del MEFP o que hayan obtenido este componente, la cuantía variable mínima y, en su caso, la cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico. También podrán obtener estas ayudas los alumnos que hayan recibido la ayuda fija ligada a residencia y/o la ayuda fija ligada a renta por un importe máximo de 350 euros al tener en el curso 2026/2027 matrícula parcial cualificada, es decir, encontrarse matriculados entre 48 y 59 créditos. Esta excepción que permite a los alumnos con matrícula parcial cualificada acceder a las ayudas de Beca UCA no es aplicable a los estudiantes de Doble Grado o Dobles ; Página 7: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 7/23 Másteres. Los alumnos que cursen dobles titulaciones de máster, también tendrán derecho a obtener la ayuda de Matrícula por el importe de los créditos matriculados por primera vez en la titulación que no queda cubierta por el MEFP ni por cualquier otra exención o bonificación. En todo caso, deberán cumplir con los siguientes requisitos académicos: Alumnos de 1º de grado:  Matrícula en 2026-2027: mínimo de 30 créditos  Calificación en la prueba de acceso a la Universidad (sin fase específica): 5,00 puntos Alumnos de 2º y posteriores cursos de grado:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 30 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 30 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado: Rama de conocimiento % créditos superados Arte y Humanidades 90% Ciencias 65% Ciencias Sociales y Jurídicas 90% Ciencias de la Salud 80% Ingeniería 65% Alumnos de 2º de cualquier máster:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 30 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 30 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado: 100% 3. TIPO 2: Para obtener la ayuda de Matrícula, Desplazamiento y Material (1,00) será necesario cumplir con los siguientes requisitos académicos: Alumnos de 2º y posteriores cursos de grado:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 24 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 24 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado: ; Página 10: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 10/23 b) Estar matriculado en un centro de la Universidad de Cádiz. c) Cumplir los requisitos de orden académico y económico fijados en esta convocatoria. d) No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca o ayuda. A estos efectos, no podrán ser beneficiarios de beca aquellos estudiantes a quienes únicamente les reste, para la obtención del título, la acreditación de un determinado nivel de conocimiento de un idioma extranjero. e) No haber obtenido beca MEFP en el curso 20 26-2027, salvo que haya sido beneficiario únicamente de la ayuda de matrícula o matrícula, cuantía variable mínima y/o ayuda fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico o matrícula, cuantía variable mínima y/o ayuda fija ligada a la residencia por importe máximo de 350 euros y/o ayuda fija ligada a renta por importe máximo de 350 euros. Tampoco podrá disfrutar de beca el alumnado del que se tuviera constancia que se ha producido el pago de los gastos educativos por parte de cualquier persona o entidad que no sea miembro computable de la unidad familiar de acuerdo con lo establecido en las bases de esta convocatoria. 2. En caso de que el solicitante de beca simultanee estudios solo podrá solicitar beca por una de las titulaciones que curse. 3. Para el cálculo de la renta familiar a efectos de beca, serán miembros computables de la familia: el padre, la madre (o tutores legales), el solicitante, los hermanos solteros menores de 25 años y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2025 (o los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad), las personas que se encuentre en alguna de las situaciones de acogimiento contempladas en la normativa vigente (debiendo acreditarse la misma), así como los abuelos del solicitante que justifiquen su residencia en el mismo domicilio (con el certificado municipal correspondiente) en la misma fecha citada anteriormente. Para el citado cálculo se tomarán tanto los ingresos declarados como aquellos no declarados en la AEAT, debiendo ser acreditados estos últimos mediante certificación emitida por la persona física o jurídica pagadora. 4. En el caso de solicitantes que constituyan unidades familiares independientes, también se consideran miembros computables el cónyuge o, en su caso, la persona a la que se halle unido por análoga relación, así como los hijos, si los hubiere, y que convivan en el mismo domicilio. La composición de la unidad familiar se ajustará a la declarada en la solicitud de Beca MEFP 2026/2027 sin que se admitan modific aciones respecto a la indicada en dicha convocatoria de Becas. ; Página 15: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 15/23 Común de las Administraciones Pública s, autorizando a la Universidad a obtener de otras administraciones públicas la información que resulte precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de las circunstancias personales y académicas, así como de renta y patrimonio necesarios para la resolución de la solicitud de beca. 2. El plazo de solicitud de las ayudas será el comprendido entre los días 11 de enero y 10 de febrero de 2027, ambos incluidos. 3. La concesión de los componentes de beca de la Universidad de Cádiz será incompatibl e con cualquier otra ayuda recibida para ese mismo fin. En ningún caso, la presentación de solicitud para estas ayudas conlleva la exención de precios públicos por servicios académicos, así como tampoco su aplazamiento. 4. Junto con la solicitud, todos los solicitantes deberán aportar obligatoriamente la siguiente documentación: a) Copia del DNI/NIE en vigor de todos los miembros computables de la unidad familiar mayores de 14 años. Los alumnos con nacionalidad de algún estado miembro de la Unión europea y los extranjeros no comunitarios, además del NIE del solicitante, presentarán los documentos identificativos de los demás miembros computables de su unidad familiar. b) Adicionalmente los alumnos con nacionalidad extranjera debe rán indicar país y ciudad de nacimiento y además aportar el certificado de residencia fiscal en España. En el caso de que no tengan residencia fiscal en España deberán indicar dirección postal completa del país donde tengan su residencia fiscal. El incumplimiento de esta obligación dará lugar al rechazo de la solicitud por falta de documentación indispensable para la resolución de la misma. c) Documento facilitado por la entidad bancaria correspondiente en el que conste el IBAN de la cuenta bancaria, de la que , en todo caso, deberá ser titular o cotitular el solicitante de beca y la cuenta pertenecer a un banco con sede en España. 5. En los siguientes casos deberá presentar la documentación que se señala en cada uno de ellos: a) Cuando haya ascendientes de los pa dres que formen parte de la unidad familiar, deberá justificar su residencia en el mismo domicilio a fecha 31 de diciembre de 2025 con el certificado municipal correspondiente. ; Página 17: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 17/23 b) Que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad, pudiendo ser requerido el documento original en cualquier momento del procedimiento. La no presentación del mismo dará lugar a la denegación de la beca o en su caso al reintegro de la ayuda concedida. c) Que queda enterado de que la inexactitud en las circunstancias declaradas dará lugar a la no concesión o reintegro de la ayuda. d) Que tiene conocimiento de la incompatibilidad de esta ayuda cualquier otra beca o ayuda de entidad pública o privada para la misma finalidad. e) Que autoriza a la Universidad de Cádiz, para requerir, en su caso, datos económicos y patrimoniales de los miembros computable s de la unidad familiar a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y Dirección General del Catastro, así como cualquier otro dato obrante en otras Entidades Públicas relevante a efectos de la resolución de su solicitud (Discapacidad, Familia Numerosa...). 8. Para el estudio y valoración de las incidencias que se produzcan en el proceso de tramitación de las solicitudes actuarán, como comisión encargada para proponer su resolución, los representantes de la Universidad de Cádiz en el órgano de sele cción de becarios determinado en la Resolución de 23 de marzo de 2026, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2026-2027, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios. Su funcionamiento se ajustará a lo dispuesto en las normas contenidas a tal efecto en el Título V del Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz. 9. En la tramitación de los expedientes, se estará a lo dispuesto en el artículo 82 de l a Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para obtener información sobre el estado de tramitación del procedimiento, los interesados podrán dirigirse personalmente al Área de Gestión al Alumnado y Relaciones Internacionales – Becas de la Universidad de Cádiz. Asimismo, se podrá realizar cualquier consulta sobre su solicitud de beca a través del Centro de Atención al Usuario (C.A.U.) del Área de Gestión al Alumnado y Relaciones Internacionales o a través del procedimiento electrónico establecido al efecto. 10. El Rector dará orden de publicar una o varias relaciones provisionales de ayudas concedidas y denegadas. Si se publica más de una relación provisional, los alumnos se agruparán por colectiv os, en atención al momento en que presentaron sus solicitudes o por el estado de tramitación de ; Página 20: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 20/23 Novena. Verificación y control 1. Los beneficiarios de las ayudas objeto de la presente convocatoria quedan obligados a:  Destinar la beca a la finalidad para la que se concede, entendiéndose por tal la matriculación, asistencia a clase y presentación a exámenes. A estos efectos, se entenderá que no han destinado la ayuda para dicha finalidad los becarios que hayan incurrido en anulación de matrícula.  Acreditar ante la Universidad de Cádiz el cumplimie nto de los requisitos y condiciones que determinan las presentes bases.  Comunicar a la Universidad de Cádiz la obtención de ayudas o becas para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público o privado nacional o internacional.  Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar el cumplimiento de las obligaciones indicadas. 2. Tanto en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones establecidas, como el descubrimiento de que el solicitante ocultó o falseó datos, se procederá a denegar la beca o a modificar la resolución de su concesión con obligación de devolución del import e indebidamente percibido. Todo ello con independencia de las acciones legales que puedan corresponder por dicha ocultación o falseamiento. Décima. Régimen de aplicación supletoria Para todo lo no previsto en la presente convocatoria se estará a lo preceptuado en la Resolución de 23 de marzo de 2026, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2026-2027, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios. Undécima. Igualdad de Género. En aplicación de la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de igualdad de género en Andalucía, toda referencia a personas, colectivos, cargos académicos, etc., cuyo género sea masculino, estará haciendo referencia al género gramatical neutro, incluyendo, por tanto, la posibilidad de referirse tanto a hombres como mujeres.

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Plazos y edición

Becas UCA 2026–2027: matrícula, desplazamiento, material y excelencia

Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-27.

La convocatoria fija solicitudes del 11 de enero al 10 de febrero de 2027, ambos incluidos. Aún no es el plazo de solicitud. El 31 de julio de 2027 es el límite para resolver, no la fecha para pedirla. Condiciones: Curso 2026/2027, con los requisitos y excepciones de cada componente; no se confirma concesión ni una suma automática de máximos.

Alcance de esta lectura

La vinculación es estudiar en un centro de la Universidad de Cádiz. No se exige por este motivo un padrón general en Andalucía. El domicilio familiar se utiliza para valorar la ayuda de desplazamiento; las personas extranjeras tienen condiciones de residencia específicas.

Página 15: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 15/23 Común de las Administraciones Pública s, autorizando a la Universidad a obtener de otras administraciones públicas la información que resulte precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de las circunstancias personales y académicas, así como de renta y patrimonio necesarios para la resolución de la solicitud de beca. 2. El plazo de solicitud de las ayudas será el comprendido entre los días 11 de enero y 10 de febrero de 2027, ambos incluidos. 3. La concesión de los componentes de beca de la Universidad de Cádiz será incompatibl e con cualquier otra ayuda recibida para ese mismo fin. En ningún caso, la presentación de solicitud para estas ayudas conlleva la exención de precios públicos por servicios académicos, así como tampoco su aplazamiento. 4. Junto con la solicitud, todos los solicitantes deberán aportar obligatoriamente la siguiente documentación: a) Copia del DNI/NIE en vigor de todos los miembros computables de la unidad familiar mayores de 14 años. Los alumnos con nacionalidad de algún estado miembro de la Unión europea y los extranjeros no comunitarios, además del NIE del solicitante, presentarán los documentos identificativos de los demás miembros computables de su unidad familiar. b) Adicionalmente los alumnos con nacionalidad extranjera debe rán indicar país y ciudad de nacimiento y además aportar el certificado de residencia fiscal en España. En el caso de que no tengan residencia fiscal en España deberán indicar dirección postal completa del país donde tengan su residencia fiscal. El incumplimiento de esta obligación dará lugar al rechazo de la solicitud por falta de documentación indispensable para la resolución de la misma. c) Documento facilitado por la entidad bancaria correspondiente en el que conste el IBAN de la cuenta bancaria, de la que , en todo caso, deberá ser titular o cotitular el solicitante de beca y la cuenta pertenecer a un banco con sede en España. 5. En los siguientes casos deberá presentar la documentación que se señala en cada uno de ellos: a) Cuando haya ascendientes de los pa dres que formen parte de la unidad familiar, deberá justificar su residencia en el mismo domicilio a fecha 31 de diciembre de 2025 con el certificado municipal correspondiente. ; Página 18: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 18/23 las mismas. Estas relaciones podrán hacer referencia a todas o a parte de las ayudas solicitadas por los interesados. La publicación se realizará en http://atencionalumnado.uca.es/becas-uca/. Los interesados podrán presentar alegaciones respecto de las ayudas concedidas o denegadas en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación. Se podrá ordenar el pago de las ayudas de Matrícula, Desplazamiento o Rendimiento a partir de la publicación de las diferentes relaciones provisionales. A la hora de determinar qué pagos se ordenan tras la publicación de una relación provisional, se tendrá en consideración especialmente a los alumnos que no han disfrutado durante el curso de ningún tipo de beca hasta el momento, así como la concurrencia de procedimientos administrativos que puedan afectar a la resolución provisional publicada. 11. Transcurrido el plazo mencionado y una vez revisadas las alegaciones y documentación presentadas, el Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Cádiz aprobará la relación definitiva de alumnos con ayudas concedidas y denegadas. La resolución se hará pública en el enlace correspondiente de la página web http://atencionalumnado.uca.es/becas- uca/, comunicándose dicha publicación a las Secretarías de los Centros. Una vez publicada la resolución definitiva, se procederá a abonar las ayudas concedidas y aún no abonadas. 12. El plazo para dictar resolución definitiva finaliza el 31 de Julio de 202 7. La falta de resolución en plazo tendrá carácter desestimatorio. 13. Ejecución del pago de las ayudas concedidas. El pago de las ayudas concedidas se materializará mediante transferencia bancaria. En la orden de transferencia podrán deducirse de las ayudas concedidas las cantidades que el beneficiario pueda adeudar a la Universidad de Cádiz en alguno de los siguientes conceptos: 1. Recibos de matrícula pendientes de abono. 2. Ayudas pendientes de reintegro, o 3. Cualquier tipo de cobro indebido pendiente de devolución. 14. Detectado el pago indebido de la/s ayuda/s concedidas en Beca UCA se procederá a solicitar el reintegro de las mismas. En caso de incumplimiento de esta obligación se procederá a comunicar a la Secre taría del Centro de estudios el bloqueo del expediente académico por impago.

Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T09:14:50+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.

Documentos y pasos

Becas UCA 2026–2027: matrícula, desplazamiento, material y excelencia

Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-27.

Prepara DNI/NIE de los miembros computables mayores de 14 años y justificante bancario de una cuenta en España de la que seas titular o cotitular. Según tu situación, añade documentos de residencia fiscal, ingresos no declarados o extranjeros, discapacidad, familia numerosa, alquiler, custodia u otras circunstancias. Los documentos especiales solo corresponden cuando se dé ese supuesto. Condiciones: Curso 2026/2027, con los requisitos y excepciones de cada componente; no se confirma concesión ni una suma automática de máximos.

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La vinculación es estudiar en un centro de la Universidad de Cádiz. No se exige por este motivo un padrón general en Andalucía. El domicilio familiar se utiliza para valorar la ayuda de desplazamiento; las personas extranjeras tienen condiciones de residencia específicas.

Página 15: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 15/23 Común de las Administraciones Pública s, autorizando a la Universidad a obtener de otras administraciones públicas la información que resulte precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de las circunstancias personales y académicas, así como de renta y patrimonio necesarios para la resolución de la solicitud de beca. 2. El plazo de solicitud de las ayudas será el comprendido entre los días 11 de enero y 10 de febrero de 2027, ambos incluidos. 3. La concesión de los componentes de beca de la Universidad de Cádiz será incompatibl e con cualquier otra ayuda recibida para ese mismo fin. En ningún caso, la presentación de solicitud para estas ayudas conlleva la exención de precios públicos por servicios académicos, así como tampoco su aplazamiento. 4. Junto con la solicitud, todos los solicitantes deberán aportar obligatoriamente la siguiente documentación: a) Copia del DNI/NIE en vigor de todos los miembros computables de la unidad familiar mayores de 14 años. Los alumnos con nacionalidad de algún estado miembro de la Unión europea y los extranjeros no comunitarios, además del NIE del solicitante, presentarán los documentos identificativos de los demás miembros computables de su unidad familiar. b) Adicionalmente los alumnos con nacionalidad extranjera debe rán indicar país y ciudad de nacimiento y además aportar el certificado de residencia fiscal en España. En el caso de que no tengan residencia fiscal en España deberán indicar dirección postal completa del país donde tengan su residencia fiscal. El incumplimiento de esta obligación dará lugar al rechazo de la solicitud por falta de documentación indispensable para la resolución de la misma. c) Documento facilitado por la entidad bancaria correspondiente en el que conste el IBAN de la cuenta bancaria, de la que , en todo caso, deberá ser titular o cotitular el solicitante de beca y la cuenta pertenecer a un banco con sede en España. 5. En los siguientes casos deberá presentar la documentación que se señala en cada uno de ellos: a) Cuando haya ascendientes de los pa dres que formen parte de la unidad familiar, deberá justificar su residencia en el mismo domicilio a fecha 31 de diciembre de 2025 con el certificado municipal correspondiente. ; Página 16: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 16/23 b) Acreditación de cualquier otro tipo de ingresos no computados en la declaración de renta o certificado de imputaciones durante el año 20 25, percibido por cualquier miembro computable de la unidad familiar. c) Los estudiantes con ingresos en el extranjero deberán aportar la documentación sobre su unidad familiar en castellano, indicando la moneda utilizada. d) Si alguno de los miembros de la unidad familiar ostenta la titularidad de participaciones en entidades sin personalidad jurídica o cualquier otra clase de entidad jurídica, tendrá que acreditarlo con el modelo fiscal correspondiente (modelo 200, modelo 184 o aquel modelo fiscal que esté obligada a presentar la entidad de la que ostenta participaciones). e) Si el alumno pertenece a un centro adscrito, copia del resguardo de matrícula correspondiente al curso 2025-2026. f) Cualquier documentac ión acreditativa de las circunstancias personales de carácter especial (contrato de alquiler, de residencia, certificado de empadronamiento, convenio regulador de la separación o divorcio de los progenitores, etc.). g) Documentación acreditativa de las situaciones que dan derecho a deducciones: 1) Copia del título de familia numerosa. Este documento debería estar en vigor a 31 de diciembre de 2025. 2) Certificado de cada hermano, hijo o el propio solicitante que esté afectado de minusvalía, legalmente cualificada, d e grado igual o superior al 33%, a fecha 31 de diciembre de 2025. 3) Resguardo de matrícula de cada hermano del solicitante, menor de 25 años, que cursara estudios universitarios y residiera fuera del domicilio familiar durante el curso 2025-2026, debiendo también justificar dicha residencia documentalmente con el contrato correspondiente. 4) Documentación acreditativa de orfandad absoluta. g) Certificado de empadronamiento colectivo si la situación de la unidad familiar se corresponde con los casos recogidos en e l último párrafo del punto 4 de la base 5ª de esta convocatoria. 6. La no presentación junto con la solicitud de la documentación indicada en el punto 4 dará lugar a la denegación provisional de la solicitud, pudiendo aportar la misma solo en el período de alegaciones a que se refiere el apartado 10 de esta misma base. 7. La presentación de la solicitud por parte del solicitante y, en caso de que sea menor de edad o no esté emancipado, por el padre, madre, tutor o persona encargada de la guarda y protección del solicitante implica que declara bajo responsabilidad solidaria lo siguiente: a) Que acepta las presentes bases de la convocatoria para la que solicita la ayuda.

Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T09:14:50+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.

Documentos y pasos

Becas UCA 2026–2027: matrícula, desplazamiento, material y excelencia

Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-27.

El pago se hace por transferencia. Algunos componentes pueden abonarse desde las resoluciones provisionales y el resto tras la definitiva. La UCA puede descontar recibos de matrícula u otras deudas pendientes. No hay un día de cobro garantizado; pedir la beca tampoco aplaza el pago de matrícula. Condiciones: Curso 2026/2027, con los requisitos y excepciones de cada componente; no se confirma concesión ni una suma automática de máximos.

Alcance de esta lectura

La vinculación es estudiar en un centro de la Universidad de Cádiz. No se exige por este motivo un padrón general en Andalucía. El domicilio familiar se utiliza para valorar la ayuda de desplazamiento; las personas extranjeras tienen condiciones de residencia específicas.

Página 15: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 15/23 Común de las Administraciones Pública s, autorizando a la Universidad a obtener de otras administraciones públicas la información que resulte precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de las circunstancias personales y académicas, así como de renta y patrimonio necesarios para la resolución de la solicitud de beca. 2. El plazo de solicitud de las ayudas será el comprendido entre los días 11 de enero y 10 de febrero de 2027, ambos incluidos. 3. La concesión de los componentes de beca de la Universidad de Cádiz será incompatibl e con cualquier otra ayuda recibida para ese mismo fin. En ningún caso, la presentación de solicitud para estas ayudas conlleva la exención de precios públicos por servicios académicos, así como tampoco su aplazamiento. 4. Junto con la solicitud, todos los solicitantes deberán aportar obligatoriamente la siguiente documentación: a) Copia del DNI/NIE en vigor de todos los miembros computables de la unidad familiar mayores de 14 años. Los alumnos con nacionalidad de algún estado miembro de la Unión europea y los extranjeros no comunitarios, además del NIE del solicitante, presentarán los documentos identificativos de los demás miembros computables de su unidad familiar. b) Adicionalmente los alumnos con nacionalidad extranjera debe rán indicar país y ciudad de nacimiento y además aportar el certificado de residencia fiscal en España. En el caso de que no tengan residencia fiscal en España deberán indicar dirección postal completa del país donde tengan su residencia fiscal. El incumplimiento de esta obligación dará lugar al rechazo de la solicitud por falta de documentación indispensable para la resolución de la misma. c) Documento facilitado por la entidad bancaria correspondiente en el que conste el IBAN de la cuenta bancaria, de la que , en todo caso, deberá ser titular o cotitular el solicitante de beca y la cuenta pertenecer a un banco con sede en España. 5. En los siguientes casos deberá presentar la documentación que se señala en cada uno de ellos: a) Cuando haya ascendientes de los pa dres que formen parte de la unidad familiar, deberá justificar su residencia en el mismo domicilio a fecha 31 de diciembre de 2025 con el certificado municipal correspondiente. ; Página 18: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 18/23 las mismas. Estas relaciones podrán hacer referencia a todas o a parte de las ayudas solicitadas por los interesados. La publicación se realizará en http://atencionalumnado.uca.es/becas-uca/. Los interesados podrán presentar alegaciones respecto de las ayudas concedidas o denegadas en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación. Se podrá ordenar el pago de las ayudas de Matrícula, Desplazamiento o Rendimiento a partir de la publicación de las diferentes relaciones provisionales. A la hora de determinar qué pagos se ordenan tras la publicación de una relación provisional, se tendrá en consideración especialmente a los alumnos que no han disfrutado durante el curso de ningún tipo de beca hasta el momento, así como la concurrencia de procedimientos administrativos que puedan afectar a la resolución provisional publicada. 11. Transcurrido el plazo mencionado y una vez revisadas las alegaciones y documentación presentadas, el Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Cádiz aprobará la relación definitiva de alumnos con ayudas concedidas y denegadas. La resolución se hará pública en el enlace correspondiente de la página web http://atencionalumnado.uca.es/becas- uca/, comunicándose dicha publicación a las Secretarías de los Centros. Una vez publicada la resolución definitiva, se procederá a abonar las ayudas concedidas y aún no abonadas. 12. El plazo para dictar resolución definitiva finaliza el 31 de Julio de 202 7. La falta de resolución en plazo tendrá carácter desestimatorio. 13. Ejecución del pago de las ayudas concedidas. El pago de las ayudas concedidas se materializará mediante transferencia bancaria. En la orden de transferencia podrán deducirse de las ayudas concedidas las cantidades que el beneficiario pueda adeudar a la Universidad de Cádiz en alguno de los siguientes conceptos: 1. Recibos de matrícula pendientes de abono. 2. Ayudas pendientes de reintegro, o 3. Cualquier tipo de cobro indebido pendiente de devolución. 14. Detectado el pago indebido de la/s ayuda/s concedidas en Beca UCA se procederá a solicitar el reintegro de las mismas. En caso de incumplimiento de esta obligación se procederá a comunicar a la Secre taría del Centro de estudios el bloqueo del expediente académico por impago.

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Becas UCA 2026–2027: matrícula, desplazamiento, material y excelencia

Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-27.

Para estudiantes de Grado o Máster oficial de la Universidad de Cádiz en 2026–2027. La matrícula, el desplazamiento y el material dependen de requisitos económicos y académicos; la excelencia sigue condiciones propias. Condiciones: Curso 2026/2027, con los requisitos y excepciones de cada componente; no se confirma concesión ni una suma automática de máximos.

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La vinculación es estudiar en un centro de la Universidad de Cádiz. No se exige por este motivo un padrón general en Andalucía. El domicilio familiar se utiliza para valorar la ayuda de desplazamiento; las personas extranjeras tienen condiciones de residencia específicas.

Página 3: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 3/23 ANEXO I. BASES DE LA CONVOCATORIA Primera. Destinatarios Las ayudas que son objeto de la presente convocatoria están destinadas a los estudiantes de la Universidad de Cádiz matriculados en el curso académico 2025-2026 en estudios de grado o máster oficial que cumplan con los requisitos económicos y académicos establecidos en la misma. Segunda. Financiación de la convocatoria. La presente convocatoria se financia con fondos procedentes de la Junta de Andalucía y con fondos propios de la Universidad de Cádiz. El importe global de las becas concedidas, incluido el destinado a la matrícula, no podrá superar la cantidad establecida en el presupuesto de la Universidad de Cádiz a tal fin. En caso de que las ayudas a conceder fueran superiores a la cantidad presupuestada, se reducirán en el mismo porcentaje hasta ajustarlas al presupuesto. Tercera. Clases y cuantías de las ayudas Se establecen las siguientes modalidades de ayudas: 1. Matrícula En aplicación del artículo 4.1.e) del RD 471/20 21, el componente de matrícula sólo podrá comprender los créditos en que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2026-2027. En ningún caso, la cuantía final podrá sobrepasar el importe real abonado por el alumno, una vez realizadas las posibles deducciones (bonificación Junta de Andalucía, familia numerosa, minusvalía, matrículas de honor, etc.). 2. Desplazamiento La ayuda de desplazamiento se adj udicará a aquellos estudiantes en función de la distancia existente entre la localidad donde se ubique su domicilio familiar y la del centro docente. A estos efectos, se podrá considerar como domicilio familiar el más próximo al centro docente que pertenezca o en el que resida de forma habitual algún miembro computable de la unidad familiar, aunque no coincida con el domicilio legal. ; Página 5: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 5/23 cuantía variable, no superan el umbral de renta establecido en la convocatoria y cumplen con el requisito académico más bajo. 4. Rendimiento académico Con la finalidad de potenciar la excelencia en la Universidad de Cádiz mediante la captación de talentos entre los alumnos de grado y máster, los alumnos que hayan obtenido en el curso 2025-2026 un elevado rendimiento académico, podrán obtener una ayuda ligada a la excelencia académica entre 50 y 125€ con la siguiente distribución: Nota media del estudiante Cuantía en euros Entre 8,00 y 8,49 puntos 50 euros Entre 8,50 y 8,99 puntos 75 euros Entre 9,00 y 9,49 puntos 100 euros 9,50 puntos o más 125 euros a) Para la adjudicación de esta ayuda a la nota media del estudiante se le aplicará un coeficiente corrector de 1,17 para las calificaciones procedentes de estudios del área de arquitectura e ingeniería, de 1,11 para las calificaciones procedentes de estudios del área de ciencias y de 1,05 para las procedentes del área de ciencias de la salud. b) Para la adjudicación de esta ayuda no se tendrán en cuenta los requisitos económicos establecidos en estas bases y será compatible con cualquier otra ayuda de las establecidas en esta convocatoria. c) Será necesario que el estudiante haya estado matriculado en la Universidad de Cádiz en el curso 2025-2026 de un mínimo de 40 créditos. d) Asimismo, será requisito estar matriculado en el curso 20 26-2027 en la Universidad de Cádiz en alguna de las enseñanzas señaladas en la base 1ª de esta convocatoria. En el caso de cambio de nivel de estudios, el curso matriculado en 2026-2027 deberá ser siempre superior al realizado en 2025-2026. e) Esta ayuda es incompat ible con la ayuda del MEFP ligada a la excelencia en rendimiento académico. f) No se podrá obtener ayuda de rendimiento académico si cumpliendo los requisitos que establece la convocatoria de Beca MEFP para obtener la citada ayuda no se hubiese solicitado Beca MEFP. ; Página 10: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 10/23 b) Estar matriculado en un centro de la Universidad de Cádiz. c) Cumplir los requisitos de orden académico y económico fijados en esta convocatoria. d) No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca o ayuda. A estos efectos, no podrán ser beneficiarios de beca aquellos estudiantes a quienes únicamente les reste, para la obtención del título, la acreditación de un determinado nivel de conocimiento de un idioma extranjero. e) No haber obtenido beca MEFP en el curso 20 26-2027, salvo que haya sido beneficiario únicamente de la ayuda de matrícula o matrícula, cuantía variable mínima y/o ayuda fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico o matrícula, cuantía variable mínima y/o ayuda fija ligada a la residencia por importe máximo de 350 euros y/o ayuda fija ligada a renta por importe máximo de 350 euros. Tampoco podrá disfrutar de beca el alumnado del que se tuviera constancia que se ha producido el pago de los gastos educativos por parte de cualquier persona o entidad que no sea miembro computable de la unidad familiar de acuerdo con lo establecido en las bases de esta convocatoria. 2. En caso de que el solicitante de beca simultanee estudios solo podrá solicitar beca por una de las titulaciones que curse. 3. Para el cálculo de la renta familiar a efectos de beca, serán miembros computables de la familia: el padre, la madre (o tutores legales), el solicitante, los hermanos solteros menores de 25 años y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2025 (o los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad), las personas que se encuentre en alguna de las situaciones de acogimiento contempladas en la normativa vigente (debiendo acreditarse la misma), así como los abuelos del solicitante que justifiquen su residencia en el mismo domicilio (con el certificado municipal correspondiente) en la misma fecha citada anteriormente. Para el citado cálculo se tomarán tanto los ingresos declarados como aquellos no declarados en la AEAT, debiendo ser acreditados estos últimos mediante certificación emitida por la persona física o jurídica pagadora. 4. En el caso de solicitantes que constituyan unidades familiares independientes, también se consideran miembros computables el cónyuge o, en su caso, la persona a la que se halle unido por análoga relación, así como los hijos, si los hubiere, y que convivan en el mismo domicilio. La composición de la unidad familiar se ajustará a la declarada en la solicitud de Beca MEFP 2026/2027 sin que se admitan modific aciones respecto a la indicada en dicha convocatoria de Becas.

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Becas UCA 2026–2027: matrícula, desplazamiento, material y excelencia

Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-27.

El rendimiento y los créditos necesarios cambian según el tipo de beca. Tipo 1: al menos 40 créditos, con porcentajes de aprobados por rama de 50–70 %; tipo 2: al menos 24, con 40–60 %. El tipo MEFP y la matrícula de fin de estudios tienen reglas específicas. Máster y primer curso se valoran por sus propios criterios. No uses un único porcentaje para todos. Condiciones: Curso 2026/2027, con los requisitos y excepciones de cada componente; no se confirma concesión ni una suma automática de máximos.

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La vinculación es estudiar en un centro de la Universidad de Cádiz. No se exige por este motivo un padrón general en Andalucía. El domicilio familiar se utiliza para valorar la ayuda de desplazamiento; las personas extranjeras tienen condiciones de residencia específicas.

Página 6: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 6/23 Cuarta. Distribución de las ayudas. Requisitos académicos La distribución de las ayudas se hará en función de los requisitos académicos establecidos en esta convocatoria. Para la concesión de cualquiera de las ayudas, salvo la de Rendimiento Académico , es imprescindible no superar ninguno de los umbrales de renta y/o patrimonio establecidos en la base 6ª, así como cumplir con los requisitos generales exigidos en la convocatoria. 1. TIPO 1: Para obtener las ayudas de Matrícula, Desplazamiento ( con posibilidad de incremento) y Material (1,50) será necesario cumplir con los siguientes requisitos académicos: Alumnos de 2º y posteriores cursos de grado:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 40 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 40 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado: Rama de conocimiento % créditos superados Arte y Humanidades 70% Ciencias 50% Ciencias Sociales y Jurídicas 70% Ciencias de la Salud 60% Ingeniería 50% Alumnos de 2º de cualquier máster:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 40 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 40 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado: 85% 2. Tipo MEFP : Podrán obtener la ayuda de Desplazamiento (con posibilidad de incremento) y Material (1,50) los alumnos que únicamente hayan obtenido el componente de matrícula de la beca del MEFP o que hayan obtenido este componente, la cuantía variable mínima y, en su caso, la cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico. También podrán obtener estas ayudas los alumnos que hayan recibido la ayuda fija ligada a residencia y/o la ayuda fija ligada a renta por un importe máximo de 350 euros al tener en el curso 2026/2027 matrícula parcial cualificada, es decir, encontrarse matriculados entre 48 y 59 créditos. Esta excepción que permite a los alumnos con matrícula parcial cualificada acceder a las ayudas de Beca UCA no es aplicable a los estudiantes de Doble Grado o Dobles ; Página 7: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 7/23 Másteres. Los alumnos que cursen dobles titulaciones de máster, también tendrán derecho a obtener la ayuda de Matrícula por el importe de los créditos matriculados por primera vez en la titulación que no queda cubierta por el MEFP ni por cualquier otra exención o bonificación. En todo caso, deberán cumplir con los siguientes requisitos académicos: Alumnos de 1º de grado:  Matrícula en 2026-2027: mínimo de 30 créditos  Calificación en la prueba de acceso a la Universidad (sin fase específica): 5,00 puntos Alumnos de 2º y posteriores cursos de grado:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 30 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 30 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado: Rama de conocimiento % créditos superados Arte y Humanidades 90% Ciencias 65% Ciencias Sociales y Jurídicas 90% Ciencias de la Salud 80% Ingeniería 65% Alumnos de 2º de cualquier máster:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 30 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 30 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado: 100% 3. TIPO 2: Para obtener la ayuda de Matrícula, Desplazamiento y Material (1,00) será necesario cumplir con los siguientes requisitos académicos: Alumnos de 2º y posteriores cursos de grado:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 24 créditos  Matrícula 2026-2027: mínimo de 24 créditos  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado: ; Página 8: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 8/23 Rama de conocimiento % créditos superados Arte y Humanidades 60% Ciencias 40% Ciencias Sociales y Jurídicas 60% Ciencias de la Salud 50% Ingeniería 40% Alumnos de 2º de cualquier máster:  Matrícula 2025-2026 o último curso realizado: mínimo de 24 créditos.  Matrícula 2026-2027: mínimo de 24 créditos.  % créditos superados 2025-2026 o último curso realizado: 80% 4. TIPO 3: Podrá obtener la ayuda de Matrícula:  Alumnos de grado matriculados de menos de 24 créditos en el curso 20 26-2027, si en 2025-2026 (o en el último curso realizado) matricularon como mínimo 24 créditos, siempre que no hayan resultado beneficiarios de Beca MEFP y superaran el siguiente % de créditos: Rama de conocimiento % créditos superados Arte y Humanidades 60% Ciencias 40% Ciencias Sociales y Jurídicas 60% Ciencias de la Salud 50% Ingeniería 40% ; Página 9: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 9/23  Alumnos de máster matriculados de menos de 24 créditos en el curso 202 6-2027, si en 2025-2026 (o en el último curso realizado) matricularon como mínimo 24 créditos y superaron el 80% de los créditos matriculados. Las mujeres que acrediten la condición de víctimas de violencia de género, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violenci a de Género, en cualquier momento con documento expedido entre el 30 de junio de 2023 y el 30 de junio de 2027, así como sus hijos e hijas menores de veinticinco años y las personas menores sujetas a su tutela o guardia y custodia, todos ellos a fecha 31 de diciembre de 2025, podrán obtener en el curso 2026-2027, siempre que cumplan todas las demás condiciones previstas en las bases de la convocatoria, la ayuda de matrícula, la ayuda de desplazamiento, el incremento por desplazamiento y la ayuda de material. Igual régimen se aplicará a las personas que acrediten en el periodo indicado la condición de víctima de violencia sexual, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual y el artículo 2.1 de la Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual y a las personas que acrediten la condición de víctimas de violencia intrafamiliar. A las personas a que se refiere el apartado anterior no les serán de aplicación los requisitos establecidos en relación con la carga lectiva superada, la nota media obtenida ni el número mínimo de créditos o asignaturas matriculadas en el curso 2025-2026. Tampoco les serán de aplicación los requisitos relativos al cambio de estudios, al límite del número de años con condición de becario, ni la exigencia de superar un determinado porcentaje de créditos, asignaturas, módulos o su equivalente en horas en el curso 2026 -2027 para el que hayan resultado beneficiarias de la beca. La ayuda de matrícula que reciban las personas que acrediten la condición de víctima de violencia de género, sexual o intrafamiliar se extenderá a los créditos en que se matriculen tanto por primera como por segunda vez. Quinta. Requisitos generales 1. Para obtener alguna de las ayudas de la presente convocatoria, será preciso cumplir los siguientes requisitos: a) Ser español. En el caso de los ciudadanos comunitarios pueden obtener la ayuda de matrícula en las mismas condiciones que los ciudadanos españoles. Para la obtención de los demás componentes se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena. En el supuesto de solicitantes extranjeros no comunitarios, para obtener cualquier ayuda se requiere que estén en posesión del permiso de residencia (no es suficiente el permiso de estancia por estudios). Los mencionados requisitos deberán reunirse a 31 de diciembre de 2025. ; Página 23: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 23/23 Cuadro resumen de los requisitos académicos Alumnos de Grado (1er curso) TIPO MEFP. Prueba de Acceso a la Universidad (sin fase específica): 5,00 puntos. Alumnos de Grado (2º curso y posteriores) Alumnos de Máster Todos los másteres •Tipo MEFP: 5 1º Máster Todos los másteres •Tipo MEFP: 100% •Tipo 1: 85% •Tipo 2: 80% •Tipo 3: 80% 2º Máster Rama Tipo 1 Tipo MEFP Tipo 2 Tipo 3 Arte y Humanidades 70% 90% 60% 60% Ciencias 50% 65% 40% 40% CC Sociales y Jurídicas 70% 90% 60% 60% Ciencias de la Salud 60% 80% 50% 50% Ingeniería 50% 65% 40% 40%

Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T09:14:50+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.

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Becas UCA 2026–2027: matrícula, desplazamiento, material y excelencia

Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-27.

Debes cumplir las condiciones del programa y no tener ya un título del mismo nivel o superior, con las excepciones previstas. Si simultaneas titulaciones, solicitas para una. Para personas de la UE, la matrícula y los demás componentes no tienen las mismas condiciones de residencia o trabajo; para no comunitarias se exige permiso de residencia y no basta estancia por estudios, con referencia al 31 de diciembre de 2025. Condiciones: Curso 2026/2027, con los requisitos y excepciones de cada componente; no se confirma concesión ni una suma automática de máximos.

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La vinculación es estudiar en un centro de la Universidad de Cádiz. No se exige por este motivo un padrón general en Andalucía. El domicilio familiar se utiliza para valorar la ayuda de desplazamiento; las personas extranjeras tienen condiciones de residencia específicas.

Página 9: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 9/23  Alumnos de máster matriculados de menos de 24 créditos en el curso 202 6-2027, si en 2025-2026 (o en el último curso realizado) matricularon como mínimo 24 créditos y superaron el 80% de los créditos matriculados. Las mujeres que acrediten la condición de víctimas de violencia de género, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violenci a de Género, en cualquier momento con documento expedido entre el 30 de junio de 2023 y el 30 de junio de 2027, así como sus hijos e hijas menores de veinticinco años y las personas menores sujetas a su tutela o guardia y custodia, todos ellos a fecha 31 de diciembre de 2025, podrán obtener en el curso 2026-2027, siempre que cumplan todas las demás condiciones previstas en las bases de la convocatoria, la ayuda de matrícula, la ayuda de desplazamiento, el incremento por desplazamiento y la ayuda de material. Igual régimen se aplicará a las personas que acrediten en el periodo indicado la condición de víctima de violencia sexual, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual y el artículo 2.1 de la Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual y a las personas que acrediten la condición de víctimas de violencia intrafamiliar. A las personas a que se refiere el apartado anterior no les serán de aplicación los requisitos establecidos en relación con la carga lectiva superada, la nota media obtenida ni el número mínimo de créditos o asignaturas matriculadas en el curso 2025-2026. Tampoco les serán de aplicación los requisitos relativos al cambio de estudios, al límite del número de años con condición de becario, ni la exigencia de superar un determinado porcentaje de créditos, asignaturas, módulos o su equivalente en horas en el curso 2026 -2027 para el que hayan resultado beneficiarias de la beca. La ayuda de matrícula que reciban las personas que acrediten la condición de víctima de violencia de género, sexual o intrafamiliar se extenderá a los créditos en que se matriculen tanto por primera como por segunda vez. Quinta. Requisitos generales 1. Para obtener alguna de las ayudas de la presente convocatoria, será preciso cumplir los siguientes requisitos: a) Ser español. En el caso de los ciudadanos comunitarios pueden obtener la ayuda de matrícula en las mismas condiciones que los ciudadanos españoles. Para la obtención de los demás componentes se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena. En el supuesto de solicitantes extranjeros no comunitarios, para obtener cualquier ayuda se requiere que estén en posesión del permiso de residencia (no es suficiente el permiso de estancia por estudios). Los mencionados requisitos deberán reunirse a 31 de diciembre de 2025. ; Página 10: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 10/23 b) Estar matriculado en un centro de la Universidad de Cádiz. c) Cumplir los requisitos de orden académico y económico fijados en esta convocatoria. d) No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca o ayuda. A estos efectos, no podrán ser beneficiarios de beca aquellos estudiantes a quienes únicamente les reste, para la obtención del título, la acreditación de un determinado nivel de conocimiento de un idioma extranjero. e) No haber obtenido beca MEFP en el curso 20 26-2027, salvo que haya sido beneficiario únicamente de la ayuda de matrícula o matrícula, cuantía variable mínima y/o ayuda fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico o matrícula, cuantía variable mínima y/o ayuda fija ligada a la residencia por importe máximo de 350 euros y/o ayuda fija ligada a renta por importe máximo de 350 euros. Tampoco podrá disfrutar de beca el alumnado del que se tuviera constancia que se ha producido el pago de los gastos educativos por parte de cualquier persona o entidad que no sea miembro computable de la unidad familiar de acuerdo con lo establecido en las bases de esta convocatoria. 2. En caso de que el solicitante de beca simultanee estudios solo podrá solicitar beca por una de las titulaciones que curse. 3. Para el cálculo de la renta familiar a efectos de beca, serán miembros computables de la familia: el padre, la madre (o tutores legales), el solicitante, los hermanos solteros menores de 25 años y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2025 (o los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad), las personas que se encuentre en alguna de las situaciones de acogimiento contempladas en la normativa vigente (debiendo acreditarse la misma), así como los abuelos del solicitante que justifiquen su residencia en el mismo domicilio (con el certificado municipal correspondiente) en la misma fecha citada anteriormente. Para el citado cálculo se tomarán tanto los ingresos declarados como aquellos no declarados en la AEAT, debiendo ser acreditados estos últimos mediante certificación emitida por la persona física o jurídica pagadora. 4. En el caso de solicitantes que constituyan unidades familiares independientes, también se consideran miembros computables el cónyuge o, en su caso, la persona a la que se halle unido por análoga relación, así como los hijos, si los hubiere, y que convivan en el mismo domicilio. La composición de la unidad familiar se ajustará a la declarada en la solicitud de Beca MEFP 2026/2027 sin que se admitan modific aciones respecto a la indicada en dicha convocatoria de Becas.

Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T09:14:50+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.

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Becas UCA 2026–2027: matrícula, desplazamiento, material y excelencia

Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-27.

Para matrícula, desplazamiento y material se revisan renta y patrimonio, con renta familiar de 2025. Los umbrales de renta publicados son 8.925 € para una persona, 14.385 € para dos, 19.530 € para tres y 23.205 € para cuatro. Hay reglas para otras composiciones, independencia, patrimonio e ingresos adicionales. La excelencia no exige este umbral. Las bases contienen una referencia contradictoria a patrimonio de 2024 que queda pendiente de aclaración. Condiciones: Curso 2026/2027, con los requisitos y excepciones de cada componente; no se confirma concesión ni una suma automática de máximos.

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La vinculación es estudiar en un centro de la Universidad de Cádiz. No se exige por este motivo un padrón general en Andalucía. El domicilio familiar se utiliza para valorar la ayuda de desplazamiento; las personas extranjeras tienen condiciones de residencia específicas.

Página 5: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 5/23 cuantía variable, no superan el umbral de renta establecido en la convocatoria y cumplen con el requisito académico más bajo. 4. Rendimiento académico Con la finalidad de potenciar la excelencia en la Universidad de Cádiz mediante la captación de talentos entre los alumnos de grado y máster, los alumnos que hayan obtenido en el curso 2025-2026 un elevado rendimiento académico, podrán obtener una ayuda ligada a la excelencia académica entre 50 y 125€ con la siguiente distribución: Nota media del estudiante Cuantía en euros Entre 8,00 y 8,49 puntos 50 euros Entre 8,50 y 8,99 puntos 75 euros Entre 9,00 y 9,49 puntos 100 euros 9,50 puntos o más 125 euros a) Para la adjudicación de esta ayuda a la nota media del estudiante se le aplicará un coeficiente corrector de 1,17 para las calificaciones procedentes de estudios del área de arquitectura e ingeniería, de 1,11 para las calificaciones procedentes de estudios del área de ciencias y de 1,05 para las procedentes del área de ciencias de la salud. b) Para la adjudicación de esta ayuda no se tendrán en cuenta los requisitos económicos establecidos en estas bases y será compatible con cualquier otra ayuda de las establecidas en esta convocatoria. c) Será necesario que el estudiante haya estado matriculado en la Universidad de Cádiz en el curso 2025-2026 de un mínimo de 40 créditos. d) Asimismo, será requisito estar matriculado en el curso 20 26-2027 en la Universidad de Cádiz en alguna de las enseñanzas señaladas en la base 1ª de esta convocatoria. En el caso de cambio de nivel de estudios, el curso matriculado en 2026-2027 deberá ser siempre superior al realizado en 2025-2026. e) Esta ayuda es incompat ible con la ayuda del MEFP ligada a la excelencia en rendimiento académico. f) No se podrá obtener ayuda de rendimiento académico si cumpliendo los requisitos que establece la convocatoria de Beca MEFP para obtener la citada ayuda no se hubiese solicitado Beca MEFP. ; Página 11: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 11/23 5. En los casos en que el solicitante alegue su emancipación o independencia familiar y económica, cualquiera que sea su estado civil y edad, deberá acreditar fehacientemente que cuenta con medios económicos propios suficientes que permitan dicha independenc ia, así como la titularidad o el alquiler de su domicilio (en ambos casos referido a todo el año 2025). En caso contrario, se entenderá no probada la independencia, por lo que, para el cálculo de la renta y patrimonio familiar a efectos de esta ayuda, se p odrán computar los ingresos correspondientes a los miembros computables de la unidad familiar a que se refieren los apartados 1 y 2 del artículo 17 de la Resolución de 23 de marzo de 2026, de la Secretaría de Estado de Educación. Se entenderá como medios económicos propios suficientes una renta libre anual de 2.500,00 euros, una vez deducidos los gastos de alquiler o compra de la vivienda (en el año 20 25) considerado domicilio familiar. En el caso de estudiantes que formen una unidad familiar independiente no procederá la concesión del incremento en la cuantía de desplazamiento. Asimismo, tendrá la consideración de miembro computable la persona con ingresos propios que, a 31 de diciembre de 2025, conviviera en el domicilio con el solicitante cuando no medie relación de parentesco y no se pueda justificar un alquiler de piso compartido. Sexta. Requisitos de carácter económico 1. Umbral de renta. 1.1. Se establecen a efectos de renta un único umbral, que será el siguiente: Familias de 1 miembro: 8.925,00 euros Familias de 2 miembros: 14.385,00 euros Familias de 3 miembros: 19.530,00 euros Familias de 4 miembros: 23.205,00 euros Familias de 5 miembros: 25.935,00 euros Familias de 6 miembros: 29.190,00 euros Familias de 7 miembros: 33.075,00 euros Familias de 8 miembros: 37.695,00 euros A partir del octavo miembro se añadirán 4 .095,00 euros por cada nuevo miembro computable de la familia. ; Página 12: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 12/23 1.2. Para la obtención de beca podrá solicitarse acreditación fehaciente de que la unidad familiar cuenta con medios económicos suficientes. Se entenderá como medios económicos suficientes una renta libre anual de 2.500,00 euros por sustentador principal, una vez deducidos los posibles gastos de alquiler o compra de la vivienda (en el año 20 25) considerado domicilio familiar. 1.3. Para el cálculo de la renta se tendrá también en cuenta cualquier otro tipo de ingresos no computados en la declaración de rent a o certificado de imputaciones durante el año 20 25. Estos ingresos deberán ser acreditados mediante certificación emitida por la persona física o jurídica pagadora (pensiones no contributivas, por alimentos, compensatoria, por invalidez, etc…) 2. Umbrales de patrimonio familiar. 2.1. Se denegará la beca, cualquiera que sea la renta familiar calculada según lo dispuesto en los artículos anteriores, cuando el valor de los elementos indicativos del patrimonio del conjunto de miembros computables de la familia a 31 de diciembre de 2025 supere alguno o algunos de los umbrales siguientes: a) La suma de los valores catastrales de las fincas urbanas que pertenezcan a los miembros computables de la familia, excluida la vivienda habitual, no podrá superar 4 7.200,00 euros. En caso de inmuebles en los que la fecha de efecto de la última revisión catastral estuviera comprendida entre el 1 de enero de 1990 y el 31 de diciembre de 2002 se multiplicarán los valores catastrales por 0,49. En el caso de que la fecha de la mencionada revisión fuera posterior al 31 de diciembre de 2002, los valores catastrales se multiplicarán por los coeficientes siguientes: • Por 0,43 los revisados en 2003. • Por 0,37 los revisados en 2004. • Por 0,30 los revisados en 2005. • Por 0,26 los revisados en 2006. • Por 0,25 los revisados en 2007 y 2008. • Por 0,26 los revisados en 2009. • Por 0,28 los revisados en 2010. • Por 0,30 los revisados en 2011. • Por 0,32 los revisados en 2012. • Por 0,34 los revisados en 2013. • Por 0,36 los revisados entre 2014 y 2021, ambos inclusive • Por 0,35 los revisados en 2022. ; Página 13: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 13/23 • Por 0,34 los revisados en 2023. • Por 0,33 los revisados en 2024. • Por 0,29 los revisados en 2025. En los inmuebles enclavados en la Comunidad Foral de Navarra, el valor catastral se multiplicará en todo caso por 0,50. b) La suma de los valores catastrales de las construcciones situadas en fincas rústicas, excluido el valor catastral de la construcción que constituya la vivienda habitual de la familia, no podrá superar los 4 7.200 euros, siendo aplicables a dichas constru cciones los coeficientes multiplicadores, en función del año en que se hubiera efectuado la última revisión catastral, que se establecen en el apartado a) anterior. c) La suma de los valores catastrales de las fincas rústicas que pertenezcan a los miembros computables de la familia, no podrá superar 14.450 euros por cada miembro computable. d) La suma de todos los rendimientos netos reducidos del capital mobiliario más el saldo neto positivo de todas las ganancias y pérdidas patrimoniales perteneciente a lo s miembros computables de la familia no podrá superar 1.900 euros. No se incluirán en esta suma las subvenciones recibidas para adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, la renta básica de emancipación ni el importe de los premios en metálico o en especie obtenidos por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias inferiores a 1.500 euros. Las ganancias patrimoniales derivadas de los mencionados premios se computarán de acuerdo con la normativa del Impuesto sobre la Re nta de las Personas Físicas. Tampoco se incluirá el Bono Cultural Joven ni las subvenciones recibidas al amparo del Real Decreto -ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma. Finalmente, no serán tenidas en cuenta las subvenciones recibidas al amparo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024; el Real Decreto -ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 y Real Decreto -ley 8/2024, d e 28 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. ; Página 14: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 14/23 El valor de los elementos indicativos de patrimonio a que se refiere este apartado d) se determinará de conformidad con lo dispuesto en la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por su valor a 31 de diciembre de 2024. 2.2. Cuando sean varios los elementos indicativos del patrimonio descritos en los apartados anteriores de los que dispongan los miembros computables de la familia, se calculará el porcentaje de valor de cada elemento re specto del umbral correspondiente. Se denegará la beca cuando la suma de los referidos porcentajes supere el valor cien. 2.3. También se denegará la beca solicitada cuando se compruebe que la suma de los ingresos que se indican a continuación obtenida por los miembros computables de la familia supere la cantidad de 172.000 euros: a) ingresos procedentes de actividades económicas en estimación directa o en estimación objetiva. b) ingresos procedentes de una participación del conjunto de los miembros computables en actividades económicas desarrolladas a través de entidades sin personalidad jurídica o cualquier otra clase de entidad jurídica, una vez aplicado a los ingresos totales de las actividades el porcentaje de participación en las mismas. 2.4. A los ef ectos del cómputo del valor de los elementos a que se refieren los párrafos anteriores, se deducirá el 50 por ciento del valor de los que pertenezcan a cualquier miembro computable de la familia, excluidos los sustentadores principales. 2.5. La presentación de la solicitud de beca implicará la autorización a la Universidad de Cádiz para obtener los datos necesarios para determinar la renta y el patrimonio a efectos de beca a través de las correspondientes administraciones públicas. Séptima. Reglas de procedimiento 1. La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica de la Universidad de Cádiz en la dirección: https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/ Al cumplimentar la solicitud, ésta quedará firmada, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9 a 12 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T09:14:50+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.

Quién puede solicitarla

Becas UCA 2026–2027: matrícula, desplazamiento, material y excelencia

Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-27.

Las víctimas acreditadas de violencia de género, sexual o intrafamiliar y las personas incluidas en las bases pueden tener excepciones a rendimiento, carga lectiva y otros límites. No se deben descartar automáticamente aplicando los requisitos académicos ordinarios. Condiciones: Curso 2026/2027, con los requisitos y excepciones de cada componente; no se confirma concesión ni una suma automática de máximos.

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La vinculación es estudiar en un centro de la Universidad de Cádiz. No se exige por este motivo un padrón general en Andalucía. El domicilio familiar se utiliza para valorar la ayuda de desplazamiento; las personas extranjeras tienen condiciones de residencia específicas.

Página 9: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 9/23  Alumnos de máster matriculados de menos de 24 créditos en el curso 202 6-2027, si en 2025-2026 (o en el último curso realizado) matricularon como mínimo 24 créditos y superaron el 80% de los créditos matriculados. Las mujeres que acrediten la condición de víctimas de violencia de género, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violenci a de Género, en cualquier momento con documento expedido entre el 30 de junio de 2023 y el 30 de junio de 2027, así como sus hijos e hijas menores de veinticinco años y las personas menores sujetas a su tutela o guardia y custodia, todos ellos a fecha 31 de diciembre de 2025, podrán obtener en el curso 2026-2027, siempre que cumplan todas las demás condiciones previstas en las bases de la convocatoria, la ayuda de matrícula, la ayuda de desplazamiento, el incremento por desplazamiento y la ayuda de material. Igual régimen se aplicará a las personas que acrediten en el periodo indicado la condición de víctima de violencia sexual, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual y el artículo 2.1 de la Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual y a las personas que acrediten la condición de víctimas de violencia intrafamiliar. A las personas a que se refiere el apartado anterior no les serán de aplicación los requisitos establecidos en relación con la carga lectiva superada, la nota media obtenida ni el número mínimo de créditos o asignaturas matriculadas en el curso 2025-2026. Tampoco les serán de aplicación los requisitos relativos al cambio de estudios, al límite del número de años con condición de becario, ni la exigencia de superar un determinado porcentaje de créditos, asignaturas, módulos o su equivalente en horas en el curso 2026 -2027 para el que hayan resultado beneficiarias de la beca. La ayuda de matrícula que reciban las personas que acrediten la condición de víctima de violencia de género, sexual o intrafamiliar se extenderá a los créditos en que se matriculen tanto por primera como por segunda vez. Quinta. Requisitos generales 1. Para obtener alguna de las ayudas de la presente convocatoria, será preciso cumplir los siguientes requisitos: a) Ser español. En el caso de los ciudadanos comunitarios pueden obtener la ayuda de matrícula en las mismas condiciones que los ciudadanos españoles. Para la obtención de los demás componentes se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena. En el supuesto de solicitantes extranjeros no comunitarios, para obtener cualquier ayuda se requiere que estén en posesión del permiso de residencia (no es suficiente el permiso de estancia por estudios). Los mencionados requisitos deberán reunirse a 31 de diciembre de 2025.

Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T09:14:50+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.

Residencia, estudios o actividad

Becas UCA 2026–2027: matrícula, desplazamiento, material y excelencia

Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-27.

La vinculación es estudiar en un centro de la Universidad de Cádiz. No se exige por este motivo un padrón general en Andalucía. El domicilio familiar se utiliza para valorar la ayuda de desplazamiento; las personas extranjeras tienen condiciones de residencia específicas. Condiciones: Curso 2026/2027, con los requisitos y excepciones de cada componente; no se confirma concesión ni una suma automática de máximos.

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La vinculación es estudiar en un centro de la Universidad de Cádiz. No se exige por este motivo un padrón general en Andalucía. El domicilio familiar se utiliza para valorar la ayuda de desplazamiento; las personas extranjeras tienen condiciones de residencia específicas.

Página 3: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 3/23 ANEXO I. BASES DE LA CONVOCATORIA Primera. Destinatarios Las ayudas que son objeto de la presente convocatoria están destinadas a los estudiantes de la Universidad de Cádiz matriculados en el curso académico 2025-2026 en estudios de grado o máster oficial que cumplan con los requisitos económicos y académicos establecidos en la misma. Segunda. Financiación de la convocatoria. La presente convocatoria se financia con fondos procedentes de la Junta de Andalucía y con fondos propios de la Universidad de Cádiz. El importe global de las becas concedidas, incluido el destinado a la matrícula, no podrá superar la cantidad establecida en el presupuesto de la Universidad de Cádiz a tal fin. En caso de que las ayudas a conceder fueran superiores a la cantidad presupuestada, se reducirán en el mismo porcentaje hasta ajustarlas al presupuesto. Tercera. Clases y cuantías de las ayudas Se establecen las siguientes modalidades de ayudas: 1. Matrícula En aplicación del artículo 4.1.e) del RD 471/20 21, el componente de matrícula sólo podrá comprender los créditos en que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2026-2027. En ningún caso, la cuantía final podrá sobrepasar el importe real abonado por el alumno, una vez realizadas las posibles deducciones (bonificación Junta de Andalucía, familia numerosa, minusvalía, matrículas de honor, etc.). 2. Desplazamiento La ayuda de desplazamiento se adj udicará a aquellos estudiantes en función de la distancia existente entre la localidad donde se ubique su domicilio familiar y la del centro docente. A estos efectos, se podrá considerar como domicilio familiar el más próximo al centro docente que pertenezca o en el que resida de forma habitual algún miembro computable de la unidad familiar, aunque no coincida con el domicilio legal. ; Página 9: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 9/23  Alumnos de máster matriculados de menos de 24 créditos en el curso 202 6-2027, si en 2025-2026 (o en el último curso realizado) matricularon como mínimo 24 créditos y superaron el 80% de los créditos matriculados. Las mujeres que acrediten la condición de víctimas de violencia de género, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violenci a de Género, en cualquier momento con documento expedido entre el 30 de junio de 2023 y el 30 de junio de 2027, así como sus hijos e hijas menores de veinticinco años y las personas menores sujetas a su tutela o guardia y custodia, todos ellos a fecha 31 de diciembre de 2025, podrán obtener en el curso 2026-2027, siempre que cumplan todas las demás condiciones previstas en las bases de la convocatoria, la ayuda de matrícula, la ayuda de desplazamiento, el incremento por desplazamiento y la ayuda de material. Igual régimen se aplicará a las personas que acrediten en el periodo indicado la condición de víctima de violencia sexual, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual y el artículo 2.1 de la Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual y a las personas que acrediten la condición de víctimas de violencia intrafamiliar. A las personas a que se refiere el apartado anterior no les serán de aplicación los requisitos establecidos en relación con la carga lectiva superada, la nota media obtenida ni el número mínimo de créditos o asignaturas matriculadas en el curso 2025-2026. Tampoco les serán de aplicación los requisitos relativos al cambio de estudios, al límite del número de años con condición de becario, ni la exigencia de superar un determinado porcentaje de créditos, asignaturas, módulos o su equivalente en horas en el curso 2026 -2027 para el que hayan resultado beneficiarias de la beca. La ayuda de matrícula que reciban las personas que acrediten la condición de víctima de violencia de género, sexual o intrafamiliar se extenderá a los créditos en que se matriculen tanto por primera como por segunda vez. Quinta. Requisitos generales 1. Para obtener alguna de las ayudas de la presente convocatoria, será preciso cumplir los siguientes requisitos: a) Ser español. En el caso de los ciudadanos comunitarios pueden obtener la ayuda de matrícula en las mismas condiciones que los ciudadanos españoles. Para la obtención de los demás componentes se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena. En el supuesto de solicitantes extranjeros no comunitarios, para obtener cualquier ayuda se requiere que estén en posesión del permiso de residencia (no es suficiente el permiso de estancia por estudios). Los mencionados requisitos deberán reunirse a 31 de diciembre de 2025. ; Página 10: CSV (Código de Verificación Segura) IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Fecha 22/09/2026 08:07:29 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza Validez del documento Otros Firmado por NURIA CAMPOS CARRASCO (VICERRECTORA DE ESTUDIANTES - VICERRECTORADO DE ESTUDIANTES ) Url de verificación https://sede.uca.es/verifirma/code/IVVH3QPSJBRN3772UX7FJ7QGD4 Página 10/23 b) Estar matriculado en un centro de la Universidad de Cádiz. c) Cumplir los requisitos de orden académico y económico fijados en esta convocatoria. d) No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca o ayuda. A estos efectos, no podrán ser beneficiarios de beca aquellos estudiantes a quienes únicamente les reste, para la obtención del título, la acreditación de un determinado nivel de conocimiento de un idioma extranjero. e) No haber obtenido beca MEFP en el curso 20 26-2027, salvo que haya sido beneficiario únicamente de la ayuda de matrícula o matrícula, cuantía variable mínima y/o ayuda fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico o matrícula, cuantía variable mínima y/o ayuda fija ligada a la residencia por importe máximo de 350 euros y/o ayuda fija ligada a renta por importe máximo de 350 euros. Tampoco podrá disfrutar de beca el alumnado del que se tuviera constancia que se ha producido el pago de los gastos educativos por parte de cualquier persona o entidad que no sea miembro computable de la unidad familiar de acuerdo con lo establecido en las bases de esta convocatoria. 2. En caso de que el solicitante de beca simultanee estudios solo podrá solicitar beca por una de las titulaciones que curse. 3. Para el cálculo de la renta familiar a efectos de beca, serán miembros computables de la familia: el padre, la madre (o tutores legales), el solicitante, los hermanos solteros menores de 25 años y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2025 (o los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad), las personas que se encuentre en alguna de las situaciones de acogimiento contempladas en la normativa vigente (debiendo acreditarse la misma), así como los abuelos del solicitante que justifiquen su residencia en el mismo domicilio (con el certificado municipal correspondiente) en la misma fecha citada anteriormente. Para el citado cálculo se tomarán tanto los ingresos declarados como aquellos no declarados en la AEAT, debiendo ser acreditados estos últimos mediante certificación emitida por la persona física o jurídica pagadora. 4. En el caso de solicitantes que constituyan unidades familiares independientes, también se consideran miembros computables el cónyuge o, en su caso, la persona a la que se halle unido por análoga relación, así como los hijos, si los hubiere, y que convivan en el mismo domicilio. La composición de la unidad familiar se ajustará a la declarada en la solicitud de Beca MEFP 2026/2027 sin que se admitan modific aciones respecto a la indicada en dicha convocatoria de Becas.

Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T09:14:50+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.

Pendientes anotados en la revisión

Becas UCA 2026–2027: matrícula, desplazamiento, material y excelencia

Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-27.

Orientación documental. La entidad debe comprobar el caso, el crédito y la resolución; no confirma una concesión.

  • Detalle BDNS 935129

    Original completo conservado; referencias en cada hecho.

    Original conservado: 2026-10-26T22:12:01.175044+00:00.

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La vinculación es estudiar en un centro de la Universidad de Cádiz. No se exige por este motivo un padrón general en Andalucía. El domicilio familiar se utiliza para valorar la ayuda de desplazamiento; las personas extranjeras tienen condiciones de residencia específicas.

Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T09:14:50+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.

Pendientes anotados en la revisión

Becas UCA 2026–2027: matrícula, desplazamiento, material y excelencia

Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-27.

La base primera dice 2025/2026 mientras que el título, los requisitos de matrícula y la solicitud son 2026/2027. El capital mobiliario se refiere a 2024 en una frase, frente a 2025 en el resto. Conservar el aviso y comprobar si se publica corrección o aclaración antes de automatizar el encaje económico y el curso de referencia.

No se registró una fuente concreta para este pendiente.

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La vinculación es estudiar en un centro de la Universidad de Cádiz. No se exige por este motivo un padrón general en Andalucía. El domicilio familiar se utiliza para valorar la ayuda de desplazamiento; las personas extranjeras tienen condiciones de residencia específicas.

Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T09:14:50+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.

Pendientes anotados en la revisión

Becas UCA 2026–2027: matrícula, desplazamiento, material y excelencia

Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-27.

El portal de becas aún publica la edición 2025/2026. La nueva convocatoria fija del 11 de enero al 10 de febrero de 2027. Comprobar el formulario de 2026/2027 en la sede al abrirse el plazo; no enviar a formularios de la edición anterior.

No se registró una fuente concreta para este pendiente.

Alcance de esta lectura

La vinculación es estudiar en un centro de la Universidad de Cádiz. No se exige por este motivo un padrón general en Andalucía. El domicilio familiar se utiliza para valorar la ayuda de desplazamiento; las personas extranjeras tienen condiciones de residencia específicas.

Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T09:14:50+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.

Pendientes anotados en la revisión

Becas UCA 2026–2027: matrícula, desplazamiento, material y excelencia

Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-27.

La fórmula de material está maquetada de forma ambigua; el incremento por discapacidad y el suplemento de residencia no se descomponen como una suma garantizada. Mantener los componentes y condiciones documentados, sin cálculo automático; contrastar la resolución y la interpretación oficial si se desea calcular una estimación.

No se registró una fuente concreta para este pendiente.

Alcance de esta lectura

La vinculación es estudiar en un centro de la Universidad de Cádiz. No se exige por este motivo un padrón general en Andalucía. El domicilio familiar se utiliza para valorar la ayuda de desplazamiento; las personas extranjeras tienen condiciones de residencia específicas.

Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T09:14:50+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.

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