a tu alcance.

Bono Alquiler Joven de Murcia, segunda convocatoria de 2025

Revisada con fuentes oficiales4 fuentes · 4 de dominios oficialesVer expediente documental

Cuánto ofrece

Hasta 250 euros mensuales durante 24 meses, sin superar alquiler y con reparto entre beneficiarios.

Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.

PlazoTerminó el 30/06/2025Solicitud ordinaria cerradaSegunda convocatoria, solicitudes de 2025
Para quiénPersonas y familiasPrimer requisito: Personas mayores de edad de hasta 35 años en la solicitud, nacionalidad o residencia legal admitida, contrato o posibilidad de suscribirlo, fuente regular de ingresos y límite general de 3 IPREM en catorce pagas. En habitación se consideran solo las rentas de la persona arrendataria.

OTRO PUNTO DE PARTIDA

¿El plazo está cerrado o no encajas? Revisa otras opciones.

Estas fichas tienen plazo abierto o permanente según el catálogo. Revisa requisitos y fondos; no se ha comprobado tu encaje.

Ver importes por concepto

Son componentes y alternativas. Se comprueban por separado y no se suman todos los máximos.

AlquilerHasta 250 €/mes

Las bases dividen la cantidad total concedida entre las personas beneficiarias; no se presupone que cada una cobre el máximo completo.

Orden de 6 de marzo de 2025 y modificaciones de abril de 2025 y junio de 2026 · Revisado 2026-10-20Fuente y condiciones
DuraciónHasta 24 meses

Periodo con referencia a enero de 2024 según contrato. Una ampliación presupuestaria de 2026 no reabre por sí sola las solicitudes.

Orden de 6 de marzo de 2025 y modificaciones de abril de 2025 y junio de 2026 · Revisado 2026-10-20Fuente y condiciones

Qué puedes hacer ahora

El plazo ordinario terminó. Si ya solicitaste, consulta tu expediente. Puedes seguir la ayuda para revisar futuras fechas.

El plazo ordinario de la edición documentada ha terminado. Consulta las fases y las excepciones de esta ficha: algunas solo admiten a personas en una situación concreta. La aceptación, la entrega de documentos y el cobro tienen sus propios plazos. Una nueva edición necesita una nueva convocatoria publicada. Consultar el procedimiento y los modelos del periodo. Comprobar solicitud, resolución, justificación y pago con el organismo competente.

Entidad: Región de Murcia. Consejería competente en vivienda

Qué documentos preparar

Originales conservados; completar acreditaciones, anexos y autorizaciones según el caso.

Ver la convocatoria

El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.

Qué se necesita

  • Personas mayores de edad de hasta 35 años en la solicitud, nacionalidad o residencia legal admitida, contrato o posibilidad de suscribirlo, fuente regular de ingresos y límite general de 3 IPREM en catorce pagas. En habitación se consideran solo las rentas de la persona arrendataria.
  • Vivienda o habitación situada en Murcia y destinada a domicilio habitual y permanente, con empadronamiento desde el inicio del periodo subvencionable. Alquiler máximo de 600 euros por vivienda o 300 por habitación, excluyendo anejos según reglas propias.
Casos que aún necesitan revisión

Revisión independiente de requisitos, excepciones, territorio, ingresos, plazos, compatibilidades, documentos, crédito y pago antes de recomendar o calcular cantidades. Revisión parcial del plazo ordinario con originales conservados. Se mantienen los periodos, las discrepancias y los pendientes documentales; una vía extraordinaria no es apertura general. Desglose documental de la edición indicada. Los conceptos y límites no se suman automáticamente. Falta comprobar tu caso, las compatibilidades, los justificantes, el crédito y el pago. Se conservan los expedientes y pendientes anteriores; no se certifica concesión ni una revisión completa.

Vivienda o habitación habitual en Murcia; empadronamiento durante el periodo subvencionable.

Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes

Plazos y convocatoria

El plazo ordinario está cerrado.

Segunda convocatoria, solicitudes de 2025 · solicitud inicial
Hasta 30/06/2025. Inicio pendiente de cómputo; cierre conservado. Modificación presupuestaria de 2026 no equivale a reapertura. Revisión documental del plazo: La modificación de abril mantiene cierre el 30 de junio de 2025 y cambia la presentación electrónica y la aportación documental. La orden de junio de 2026 redistribuye crédito por anualidades; no establece una nueva convocatoria personal. Se conserva el alcance de cada fase y la precisión de las fechas. No acredita crédito, elegibilidad ni concesión personal.

Canales y documentación

Documentación orientativa

Originales conservados; completar acreditaciones, anexos y autorizaciones según el caso.

Compatibilidades

Completar excepciones de compatibilidad; no sumar sin límite a otra ayuda de alquiler.

Fuentes para comprobar la información

Revisión de esta ficha: 2026-10-20.

Región de Murcia. Consejería competente en vivienda · Subvención

Ayuda no reembolsable si se cumplen las condiciones; reintegro por incumplimiento y fiscalidad requieren revisión.

Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.

Preguntas frecuentes

¿Qué ofrece Bono Alquiler Joven de Murcia, segunda convocatoria de 2025?

Hasta 250 euros mensuales durante 24 meses, sin superar alquiler y con reparto entre beneficiarios. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.

¿Quién puede pedir Bono Alquiler Joven de Murcia, segunda convocatoria de 2025?

Personas mayores de edad de hasta 35 años en la solicitud, nacionalidad o residencia legal admitida, contrato o posibilidad de suscribirlo, fuente regular de ingresos y límite general de 3 IPREM en catorce pagas. En habitación se consideran solo las rentas de la persona arrendataria. Vivienda o habitación situada en Murcia y destinada a domicilio habitual y permanente, con empadronamiento desde el inicio del periodo subvencionable. Alquiler máximo de 600 euros por vivienda o 300 por habitación, excluyendo anejos según reglas propias.

¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?

Terminó el 30/06/2025 · Solicitud ordinaria cerrada · Segunda convocatoria, solicitudes de 2025. El plazo ordinario terminó. Si ya solicitaste, consulta tu expediente. Puedes seguir la ayuda para revisar futuras fechas. El plazo ordinario de la edición documentada ha terminado. Consulta las fases y las excepciones de esta ficha: algunas solo admiten a personas en una situación concreta. La aceptación, la entrega de documentos y el cobro tienen sus propios plazos. Una nueva edición necesita una nueva convocatoria publicada. Consultar el procedimiento y los modelos del periodo. Comprobar solicitud, resolución, justificación y pago con el organismo competente.

AMPLÍA TU CONSULTA

Ayudas que suelen combinarse o revisarse juntas

Son propuestas de lectura, no un paquete confirmado. Comprueba compatibilidades: unas ayudas pueden reducir otras o cubrir el mismo gasto.

PARA DAR EL SIGUIENTE PASO

Alquiler y ahorro en tu declaración

  1. Revisa las ayudas al alquiler y las deducciones autonómicas del IRPF que correspondan a tu domicilio y ejercicio.
  2. Comprueba edad, contrato, ingresos y justificantes en cada vía. Una deducción no siempre supone una devolución.
  3. Antes de sumar importes, confirma si cubren el mismo gasto y cómo se combinan.

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