Detalles y fuentes de Humanes de Madrid: hasta 60 o 120 € para libros y material escolar 2026–2027
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Humanes de Madrid: hasta 60 o 120 € para libros y material escolar 2026–2027
Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-26.
Abre el anuncio municipal, descarga el modelo oficial y presenta una única solicitud familiar con todo el alumnado incluido. Entrégala en el Registro General del Ayuntamiento o en su sede electrónica; también se admiten los registros legales correspondientes. Enviar un correo electrónico no presenta válidamente la solicitud. Conserva el justificante de registro. Condiciones: Curso 2026/2027. Importe y concesión sujetos al cumplimiento de los requisitos, la valoración y el crédito; este resumen no confirma una concesión.
- Documento de la convocatoria en español
Original completo conservado; referencias en cada hecho.
Original conservado: 2026-10-26T22:11:43.727130+00:00.
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La persona solicitante debe estar empadronada en Humanes de Madrid al terminar el plazo. El centro puede estar en otra localidad: en ese caso hay que acreditar la matrícula y, si corresponde, que los mismos libros no están cubiertos por ACCEDE.
Página 3: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 3 c) La renta de la unidad familiar correspondiente al ejercicio fiscal 2025 no podrá superar los límites establecidos en la base sexta. d) La solicitud deberá estar debidamente cumplimentada y firmada por las personas que corresponda de acuerdo con la normativa aplicable y con la situación familiar del menor. e) Deberá aportarse la documentación exigida en la base cuarta, sin perjuicio de la posibilidad de subsanación prevista en la normativa administrativa. f) Las personas computables a efectos del cálculo de la renta deberán encontrarse al corriente de sus obligacio nes tributarias con el Ayuntamiento de Humanes de Madrid en los términos establecidos en estas bases. g) No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de una subvención pública previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. h) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, cuando resulte exigible de acuerdo con la normativa aplicable. i) El alumno/a no deberá tener expediente acti vo en la Mesa Local de Prevención del Absentismo Escolar. j) El alumno/a no podrá ser repetidor/a del curso para el que solicita la ayuda. 2.2. Cumplimiento de los requisitos El cumplimiento de los requisitos deberá mantenerse desde la solicitud hasta la resolución del procedimiento y, cuando corresponda, durante las fases de pago y justificación de la ayuda. El Ayuntamiento podrá comprobar de oficio la información aportada y solicitar a las personas interesadas la documentación necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos. 3. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES 3.1. Lugares de presentación Las solicitudes podrán presentarse: a) En el Registro General del Ayuntamiento de Humanes de Madrid. b) A través de la Sede Electrónica municipal. - 3/14 -; Página 4: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 4 c) En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, cuando resulte procedente. La presentación por correo electrónico no tendrá la consideración de presentación válida de la solicitud. Las personas obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración deberán presentar la solicitud por medios electrónicos, de conformidad con la normativa aplicable. 3.2. Plazos de presentación El plazo de presentación será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, salvo que la convocatoria establezca un plazo diferente conforme a la normativa aplicable. La convocatoria determinará las fechas concretas de inicio y finalización del plazo. PLAZOS: Entrega de documentación e instancias cumplimentadas 10 días a partir de su publicación en el BOCM. Publicación listas provisionales 23 de noviembre de 2026 Reclamaciones y completar documentación Del 24 al 30 de noviembre de 2026 Publicación listas definitivas 10 de diciembre de 2026 3.3. Solicitud única Se presentará una única solicitud por unidad familiar , en la que se incluirán todos los alumnos/as que cumplan los requisitos establecidos en estas bases. La presentación de más de una solicitud por la misma unidad familiar dará lugar a la tramitación de una única solicitud, requiriéndose, cuando proceda, la subsanación correspondiente. 3.4. Subsanación Cuando la solicitud no reúna los requisitos establecidos o no se acompañe de la documentación necesaria, se abrirá un plazo legalmente establecido para que la persona interesada subsane la falta o aporte los documentos, con indicación de que, de no hacerlo, se le tendrá por desistida de su solicitud en los términos previstos en la Ley 39/2015. - 4/14 -; Página 5: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 5 4. DOCUMENTACIÓN Las solicitudes deberán acompañarse de la documentación necesaria para acreditar los requisitos exigidos. 4.1. Documentación general a) Solicitud normalizada conforme al modelo establecido en el Anexo I, debidamente cumplimentada y firmada. b) Documento Nacional de Identidad (DNI), Número de Identidad de Extranjero (NIE) o documento identificativo equivalente de la persona solicitante y , en su caso, del cónyuge. c) Libro de familia o documentación equivalente, incluyendo las páginas correspondientes a los titulares y a los hijos/as. d) Título de familia numerosa, cuando proceda. e) En caso de separación o divorcio, convenio regulador, resolución judicial o documentación acreditativa de la guarda y custodia del menor, cuando proceda. f) Documento acreditativo de la cuenta bancaria en la que deba efectuarse el ingreso de la ayuda. g) Factura de adquisición de los libros y/o material escolar, emitida a nombre de la persona solicitante y suficientemente desglosada. 4.2. Escolarización fuera de Humanes de Madrid Cuando el alumno/a esté escolarizado en un centro educativo situado fuera de Humanes de Madrid, deberá aportarse: • Certificado de matrícula correspondiente al curso 2026/2027; • Certificado o documento acreditativo de no ser beneficiario de la ayuda correspondiente al programa ACCEDE, cuando resulte aplicable. 4.3. Situación laboral Deberá aportarse documentación actualizada acreditativa de la situación de desempleo, incluida la correspondiente al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). 4.4. Diversidad funcional - 5/14 -
Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T01:00:07+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.
Humanes de Madrid: hasta 60 o 120 € para libros y material escolar 2026–2027
Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-26.
Infantil de 3 a 5 años: hasta 60 € por estudiante para libros y material escolar, con factura. Si gastaste menos, el máximo es el gasto justificado. Condiciones: Curso 2026/2027. Importe y concesión sujetos al cumplimiento de los requisitos, la valoración y el crédito; este resumen no confirma una concesión.
- Documento de la convocatoria en español
Original completo conservado; referencias en cada hecho.
Original conservado: 2026-10-26T22:11:43.727130+00:00.
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La persona solicitante debe estar empadronada en Humanes de Madrid al terminar el plazo. El centro puede estar en otra localidad: en ese caso hay que acreditar la matrícula y, si corresponde, que los mismos libros no están cubiertos por ACCEDE.
Página 1: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 1 EXPTE. 202/2026 BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL ESCOLAR PARA EL CURSO ESCOLAR 2026/2027 1. OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA 1.1. Objeto Las presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria de ayudas económicas destinadas a las familias para la adquisición de libros de texto y, en los supuestos previstos en estas bases, material escolar correspondiente al curso escolar 2026/2027. Las ayudas se concederán con cargo al presupuesto del Ayuntamiento de Humanes de Madrid, dentro del crédito destinado a esta finalidad, y estarán condicionadas a la existencia de crédito presupuestario suficiente. 1.2. Finalidad La finalidad de estas ayudas es contribuir a sufragar parte de los gastos derivados de la adquisición de material educativo de los menores escolarizados, favoreciendo el acceso a la educación y apoyando económicamente a las unidades familiares con menores recursos. 1.3. Gastos objeto de ayuda Podrán ser objeto de ayuda los gastos efectivamente realizados y acreditados mediante factura correspondientes a: a) Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Bachillerato y Formación Profesional de Grado Medio: libros de texto en formato físico o digital. b) Segundo ciclo de Educación Infantil —3, 4 y 5 años — y Educación Especial (E.B.O.): libros de texto, en formato físico o digital, y/o material escolar. No serán objeto de ayuda los gastos que hayan sido financiados íntegramente mediante otros programas, ayudas o subvenciones destinados al mismo concepto. 1.4. Crédito presupuestario - 1/14 -; Página 6: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 6 Cuando algún miembro computable de la unidad familiar tenga reconocida una discapacidad o diversidad funcional igual o superior al 33 %, deberá aportarse la correspondiente resolución o certificado administrativo acreditativo. 4.5. Documentación económica Deberá aportarse: • Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2025, o autorización expresa al Ayuntamiento para recabar los datos tributarios necesarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. • Documentación acreditativa de otros ingresos que deban computarse y no consten en la información tributaria disponible. • Cuando proceda, informe de los Servicios Sociales Municipales o documentación acreditativa de la percepción de prestaciones de renta mínima de inserción, ingreso mínimo vital u otras prestaciones que deban ser tenidas en cuenta. 4.6. Violencia de género En los supuestos de violencia de género deberá aportarse documentación acreditativa mediante alguno de los medios legalmente admitidos, entre ellos resolución judicial, informe del Ministerio Fiscal o informe em itido por el recurso municipal especializado correspondiente. 4.7. Declaración responsable La persona solicitante deberá presentar declaración responsable de no encontrarse incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en la normativa general de subvenciones, cuando dicha acreditación no pueda realizarse por otro medio. 4.8. Documentación adicional El Ayuntamiento podrá requerir cualquier otra documentación necesaria para comprobar los datos consignados en la solicitud, siempre que resulte pertinente para la resolución del procedimiento. 5. CUANTÍA DE LAS AYUDAS La cuantía máxima de las ayudas será la siguiente: Enseñanza Importe máximo Segundo ciclo de Educación Infantil 60 € - 6/14 -; Página 7: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 7 Educación Primaria 120 € Educación Secundaria Obligatoria 120 € Formación Profesional Básica 120 € Bachillerato 120 € Formación Profesional de Grado Medio 120 € La cuantía finalmente concedida no podrá superar: 1. El importe máximo correspondiente al nivel educativo; 2. El importe efectivamente acreditado mediante factura; 3. El crédito disponible destinado a la convocatoria. Cuando el gasto acreditado sea inferior al importe máximo de la ayuda, la subvención se limitará al gasto efectivamente justificado. En ningún caso podrá producirse una financiación superior al coste efectivamente soportado por la persona beneficiaria. 6. CRITERIOS ECONÓMICOS Y VALORACIÓN 6.1. Renta de la unidad familiar Para determinar el acceso a la ayuda se tendrá en cuenta la renta de la unidad familiar correspondiente al ejercicio fiscal 2025, el umbral de renta de la unidad familiar para el curso 2026/2027 será el recogido en la tabla según el Real Decreto 85/2025, de 11 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional (SMI) para 2025. Y los umbrales máximos serán los siguientes: Miembros computables Renta familiar máxima anual 1 16.576 € 2 24.864 € 3 33.152 € 4 41.770 € 5 49.728 € 6 58.016 € 7 66.304 € 8 74.592 € A partir del octavo miembro se adicionarán 8.288 € por cada nuevo miembro computable. - 7/14 -
Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T01:00:07+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.
Humanes de Madrid: hasta 60 o 120 € para libros y material escolar 2026–2027
Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-26.
Primaria, ESO, FP Básica, Bachillerato y FP de Grado Medio: hasta 120 € por estudiante para libros físicos o digitales, sin superar la factura. El anuncio municipal incluye también 120 € para Educación Especial, modalidad en la que se admiten libros y material. Condiciones: Curso 2026/2027. Importe y concesión sujetos al cumplimiento de los requisitos, la valoración y el crédito; este resumen no confirma una concesión.
- Documento de la convocatoria en español
Original completo conservado; referencias en cada hecho.
Original conservado: 2026-10-26T22:11:43.727130+00:00.
- Anuncio municipal de Humanes, ayudas de libros 2026/2027, 20 de octubre de 2026
Original completo conservado; referencias en cada hecho.
Original conservado: 2026-10-26T22:41:46.901246+00:00.
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La persona solicitante debe estar empadronada en Humanes de Madrid al terminar el plazo. El centro puede estar en otra localidad: en ese caso hay que acreditar la matrícula y, si corresponde, que los mismos libros no están cubiertos por ACCEDE.
Página 1: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 1 EXPTE. 202/2026 BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL ESCOLAR PARA EL CURSO ESCOLAR 2026/2027 1. OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA 1.1. Objeto Las presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria de ayudas económicas destinadas a las familias para la adquisición de libros de texto y, en los supuestos previstos en estas bases, material escolar correspondiente al curso escolar 2026/2027. Las ayudas se concederán con cargo al presupuesto del Ayuntamiento de Humanes de Madrid, dentro del crédito destinado a esta finalidad, y estarán condicionadas a la existencia de crédito presupuestario suficiente. 1.2. Finalidad La finalidad de estas ayudas es contribuir a sufragar parte de los gastos derivados de la adquisición de material educativo de los menores escolarizados, favoreciendo el acceso a la educación y apoyando económicamente a las unidades familiares con menores recursos. 1.3. Gastos objeto de ayuda Podrán ser objeto de ayuda los gastos efectivamente realizados y acreditados mediante factura correspondientes a: a) Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Bachillerato y Formación Profesional de Grado Medio: libros de texto en formato físico o digital. b) Segundo ciclo de Educación Infantil —3, 4 y 5 años — y Educación Especial (E.B.O.): libros de texto, en formato físico o digital, y/o material escolar. No serán objeto de ayuda los gastos que hayan sido financiados íntegramente mediante otros programas, ayudas o subvenciones destinados al mismo concepto. 1.4. Crédito presupuestario - 1/14 -; Página 7: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 7 Educación Primaria 120 € Educación Secundaria Obligatoria 120 € Formación Profesional Básica 120 € Bachillerato 120 € Formación Profesional de Grado Medio 120 € La cuantía finalmente concedida no podrá superar: 1. El importe máximo correspondiente al nivel educativo; 2. El importe efectivamente acreditado mediante factura; 3. El crédito disponible destinado a la convocatoria. Cuando el gasto acreditado sea inferior al importe máximo de la ayuda, la subvención se limitará al gasto efectivamente justificado. En ningún caso podrá producirse una financiación superior al coste efectivamente soportado por la persona beneficiaria. 6. CRITERIOS ECONÓMICOS Y VALORACIÓN 6.1. Renta de la unidad familiar Para determinar el acceso a la ayuda se tendrá en cuenta la renta de la unidad familiar correspondiente al ejercicio fiscal 2025, el umbral de renta de la unidad familiar para el curso 2026/2027 será el recogido en la tabla según el Real Decreto 85/2025, de 11 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional (SMI) para 2025. Y los umbrales máximos serán los siguientes: Miembros computables Renta familiar máxima anual 1 16.576 € 2 24.864 € 3 33.152 € 4 41.770 € 5 49.728 € 6 58.016 € 7 66.304 € 8 74.592 € A partir del octavo miembro se adicionarán 8.288 € por cada nuevo miembro computable. - 7/14 -; Página oficial completa: Las ayudas tendrán un importe máximo de 60 euros para el segundo ciclo de Educación Infantil y de 120 euros para el resto de las enseñanzas.
Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T01:00:07+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.
Humanes de Madrid: hasta 60 o 120 € para libros y material escolar 2026–2027
Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-26.
No puede cobrarse por encima del coste soportado. ACCEDE es incompatible para los mismos libros o gastos. Hay que comunicar cualquier otra ayuda para el mismo concepto; el Ayuntamiento comprobará que no se financie dos veces. Condiciones: Curso 2026/2027. Importe y concesión sujetos al cumplimiento de los requisitos, la valoración y el crédito; este resumen no confirma una concesión.
- Documento de la convocatoria en español
Original completo conservado; referencias en cada hecho.
Original conservado: 2026-10-26T22:11:43.727130+00:00.
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La persona solicitante debe estar empadronada en Humanes de Madrid al terminar el plazo. El centro puede estar en otra localidad: en ese caso hay que acreditar la matrícula y, si corresponde, que los mismos libros no están cubiertos por ACCEDE.
Página 10: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 10 7.5. Propuesta provisional Finalizada la valoración, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas, indicando, cuando proceda, las causas de exclusión y la valoración obtenida. La relación provisional se publicará por el sistema previsto en la convocatoria, preservando los datos personales de las personas interesadas y, especialmente, los correspondientes a menores de edad. 7.6. Alegaciones Las personas interesadas dispondrán del plazo establecido en la convocatoria para formular alegaciones, aportar documentación o subsanar los defectos advertidos. Las alegaciones serán examinadas por el órgano instructor y, cuando proceda, por la Comisión de Valoración. 7.7. Órgano de resolución Una vez finalizado el trámite de audiencia y examinadas las alegaciones, se formulará propuesta de resolución definitiva. El órgano de resolución será la Junta de Gobier no Local , de conformidad con las competencias municipales vigentes. La resolución determinará, como mínimo: • Relación de personas beneficiarias; • Importe concedido a cada beneficiario; • Relación de solicitudes excluidas; • Causa de exclusión; • Solicitudes que, r euniendo los requisitos, no puedan ser atendidas por insuficiencia de crédito, cuando proceda. • Concesión provisional y definitiva. 8. COMPATIBILIDAD E INCOMPATIBILIDAD DE LAS AYUDAS Las ayudas reguladas en estas bases serán incompatibles con otras ayudas, subvenciones o prestaciones destinadas a financiar el mismo gasto, cuando la suma de las ayudas supere el coste efectivamente soportado. En particular, serán incompatibles con las ay udas correspondientes al programa de gratuidad de libros de texto de la Comunidad de Madrid —ACCEDE— respecto de los mismos libros o gastos. - 10/14 -; Página 11: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 11 La persona solicitante deberá comunicar al Ayuntamiento la obtención de cualquier otra ayuda, subvención o ingreso destinado al mismo concepto. Cuando se produzca una percepción indebida o una financiación superior al coste real del gasto, se aplicará el régimen de reintegro previsto en la normativa de subvenciones. 9. PAGO Y JUSTIFICACIÓN 9.1. Justificación La justificación del gasto se realizará mediante factura o documento equivalente que cumpla los requisitos legalmente exigibles. La factura deberá: • Estar emitida a nombre de la persona solicitante; • Identificar al establecimiento o proveedor; • Contener la fecha de adquisición; • Describir de manera suficientemente detallada los libros y/o materiales adquiridos; • Indicar el importe correspondiente a cada concepto; • Permitir identificar inequívocamente el gasto subvencionado. No serán válidas facturas que contengan únicamente conceptos genéricos que impidan identificar los productos adquiridos, ni las que contengan tachaduras o correcciones. 9.2. Pago El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada en la solicitud, siempre que el solicitante figure como titular, cotitular o autorizado, según proceda. El pago se efectuará una vez dictada la resolución de concesión y comprobada la justificación exigida, de acuerdo con las condiciones establecidas en la convocatoria. 9.3. Crédito insuficiente En caso de que el crédito presupuestario disponible resulte insuficiente para atender todas las solicitudes que cumplan los requisitos, se aplicará el orden de prelación establecido conforme a las presentes bases y a la convocatoria. Una vez agotado e l crédito, las solicitudes que no puedan ser atendidas serán desestimadas por insuficiencia de crédito, sin perjuicio de que se pueda incrementar el crédito de la convocatoria si legalmente resulta posible y se adopta el correspondiente acuerdo. - 11/14 -
Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T01:00:07+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.
Humanes de Madrid: hasta 60 o 120 € para libros y material escolar 2026–2027
Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-26.
Solicitudes del 21 de octubre al 3 de noviembre de 2026, según el anuncio municipal. No confundas ese plazo con las reclamaciones del 24 al 30 de noviembre o con la publicación de listas definitivas del 10 de diciembre. Condiciones: Curso 2026/2027. Importe y concesión sujetos al cumplimiento de los requisitos, la valoración y el crédito; este resumen no confirma una concesión.
- Documento de la convocatoria en español
Original completo conservado; referencias en cada hecho.
Original conservado: 2026-10-26T22:11:43.727130+00:00.
- Anuncio municipal de Humanes, ayudas de libros 2026/2027, 20 de octubre de 2026
Original completo conservado; referencias en cada hecho.
Original conservado: 2026-10-26T22:41:46.901246+00:00.
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La persona solicitante debe estar empadronada en Humanes de Madrid al terminar el plazo. El centro puede estar en otra localidad: en ese caso hay que acreditar la matrícula y, si corresponde, que los mismos libros no están cubiertos por ACCEDE.
Página 4: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 4 c) En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, cuando resulte procedente. La presentación por correo electrónico no tendrá la consideración de presentación válida de la solicitud. Las personas obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración deberán presentar la solicitud por medios electrónicos, de conformidad con la normativa aplicable. 3.2. Plazos de presentación El plazo de presentación será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, salvo que la convocatoria establezca un plazo diferente conforme a la normativa aplicable. La convocatoria determinará las fechas concretas de inicio y finalización del plazo. PLAZOS: Entrega de documentación e instancias cumplimentadas 10 días a partir de su publicación en el BOCM. Publicación listas provisionales 23 de noviembre de 2026 Reclamaciones y completar documentación Del 24 al 30 de noviembre de 2026 Publicación listas definitivas 10 de diciembre de 2026 3.3. Solicitud única Se presentará una única solicitud por unidad familiar , en la que se incluirán todos los alumnos/as que cumplan los requisitos establecidos en estas bases. La presentación de más de una solicitud por la misma unidad familiar dará lugar a la tramitación de una única solicitud, requiriéndose, cuando proceda, la subsanación correspondiente. 3.4. Subsanación Cuando la solicitud no reúna los requisitos establecidos o no se acompañe de la documentación necesaria, se abrirá un plazo legalmente establecido para que la persona interesada subsane la falta o aporte los documentos, con indicación de que, de no hacerlo, se le tendrá por desistida de su solicitud en los términos previstos en la Ley 39/2015. - 4/14 -; Página oficial completa: El plazo de solicitud será del 21 de octubre al 3 de noviembre.
Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T01:00:07+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.
Humanes de Madrid: hasta 60 o 120 € para libros y material escolar 2026–2027
Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-26.
Prepara el formulario firmado, identificación, libro de familia o documento equivalente, cuenta bancaria y factura detallada a nombre de quien solicita. Aporta matrícula si el centro está fuera de Humanes, datos fiscales de 2025 o autorización de consulta y, según el caso, documentos de familia numerosa, custodia, desempleo, discapacidad o violencia de género. No todas las familias deben aportar todos esos justificantes especiales. Condiciones: Curso 2026/2027. Importe y concesión sujetos al cumplimiento de los requisitos, la valoración y el crédito; este resumen no confirma una concesión.
- Documento de la convocatoria en español
Original completo conservado; referencias en cada hecho.
Original conservado: 2026-10-26T22:11:43.727130+00:00.
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La persona solicitante debe estar empadronada en Humanes de Madrid al terminar el plazo. El centro puede estar en otra localidad: en ese caso hay que acreditar la matrícula y, si corresponde, que los mismos libros no están cubiertos por ACCEDE.
Página 5: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 5 4. DOCUMENTACIÓN Las solicitudes deberán acompañarse de la documentación necesaria para acreditar los requisitos exigidos. 4.1. Documentación general a) Solicitud normalizada conforme al modelo establecido en el Anexo I, debidamente cumplimentada y firmada. b) Documento Nacional de Identidad (DNI), Número de Identidad de Extranjero (NIE) o documento identificativo equivalente de la persona solicitante y , en su caso, del cónyuge. c) Libro de familia o documentación equivalente, incluyendo las páginas correspondientes a los titulares y a los hijos/as. d) Título de familia numerosa, cuando proceda. e) En caso de separación o divorcio, convenio regulador, resolución judicial o documentación acreditativa de la guarda y custodia del menor, cuando proceda. f) Documento acreditativo de la cuenta bancaria en la que deba efectuarse el ingreso de la ayuda. g) Factura de adquisición de los libros y/o material escolar, emitida a nombre de la persona solicitante y suficientemente desglosada. 4.2. Escolarización fuera de Humanes de Madrid Cuando el alumno/a esté escolarizado en un centro educativo situado fuera de Humanes de Madrid, deberá aportarse: • Certificado de matrícula correspondiente al curso 2026/2027; • Certificado o documento acreditativo de no ser beneficiario de la ayuda correspondiente al programa ACCEDE, cuando resulte aplicable. 4.3. Situación laboral Deberá aportarse documentación actualizada acreditativa de la situación de desempleo, incluida la correspondiente al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). 4.4. Diversidad funcional - 5/14 -; Página 6: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 6 Cuando algún miembro computable de la unidad familiar tenga reconocida una discapacidad o diversidad funcional igual o superior al 33 %, deberá aportarse la correspondiente resolución o certificado administrativo acreditativo. 4.5. Documentación económica Deberá aportarse: • Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2025, o autorización expresa al Ayuntamiento para recabar los datos tributarios necesarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. • Documentación acreditativa de otros ingresos que deban computarse y no consten en la información tributaria disponible. • Cuando proceda, informe de los Servicios Sociales Municipales o documentación acreditativa de la percepción de prestaciones de renta mínima de inserción, ingreso mínimo vital u otras prestaciones que deban ser tenidas en cuenta. 4.6. Violencia de género En los supuestos de violencia de género deberá aportarse documentación acreditativa mediante alguno de los medios legalmente admitidos, entre ellos resolución judicial, informe del Ministerio Fiscal o informe em itido por el recurso municipal especializado correspondiente. 4.7. Declaración responsable La persona solicitante deberá presentar declaración responsable de no encontrarse incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en la normativa general de subvenciones, cuando dicha acreditación no pueda realizarse por otro medio. 4.8. Documentación adicional El Ayuntamiento podrá requerir cualquier otra documentación necesaria para comprobar los datos consignados en la solicitud, siempre que resulte pertinente para la resolución del procedimiento. 5. CUANTÍA DE LAS AYUDAS La cuantía máxima de las ayudas será la siguiente: Enseñanza Importe máximo Segundo ciclo de Educación Infantil 60 € - 6/14 -
Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T01:00:07+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.
Humanes de Madrid: hasta 60 o 120 € para libros y material escolar 2026–2027
Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-26.
El Ayuntamiento ingresa la ayuda por transferencia en la cuenta indicada después de concederla y comprobar la factura. La persona solicitante debe ser titular, cotitular o autorizada cuando corresponda. Las bases no fijan aquí un día concreto de cobro. Condiciones: Curso 2026/2027. Importe y concesión sujetos al cumplimiento de los requisitos, la valoración y el crédito; este resumen no confirma una concesión.
- Documento de la convocatoria en español
Original completo conservado; referencias en cada hecho.
Original conservado: 2026-10-26T22:11:43.727130+00:00.
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La persona solicitante debe estar empadronada en Humanes de Madrid al terminar el plazo. El centro puede estar en otra localidad: en ese caso hay que acreditar la matrícula y, si corresponde, que los mismos libros no están cubiertos por ACCEDE.
Página 11: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 11 La persona solicitante deberá comunicar al Ayuntamiento la obtención de cualquier otra ayuda, subvención o ingreso destinado al mismo concepto. Cuando se produzca una percepción indebida o una financiación superior al coste real del gasto, se aplicará el régimen de reintegro previsto en la normativa de subvenciones. 9. PAGO Y JUSTIFICACIÓN 9.1. Justificación La justificación del gasto se realizará mediante factura o documento equivalente que cumpla los requisitos legalmente exigibles. La factura deberá: • Estar emitida a nombre de la persona solicitante; • Identificar al establecimiento o proveedor; • Contener la fecha de adquisición; • Describir de manera suficientemente detallada los libros y/o materiales adquiridos; • Indicar el importe correspondiente a cada concepto; • Permitir identificar inequívocamente el gasto subvencionado. No serán válidas facturas que contengan únicamente conceptos genéricos que impidan identificar los productos adquiridos, ni las que contengan tachaduras o correcciones. 9.2. Pago El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada en la solicitud, siempre que el solicitante figure como titular, cotitular o autorizado, según proceda. El pago se efectuará una vez dictada la resolución de concesión y comprobada la justificación exigida, de acuerdo con las condiciones establecidas en la convocatoria. 9.3. Crédito insuficiente En caso de que el crédito presupuestario disponible resulte insuficiente para atender todas las solicitudes que cumplan los requisitos, se aplicará el orden de prelación establecido conforme a las presentes bases y a la convocatoria. Una vez agotado e l crédito, las solicitudes que no puedan ser atendidas serán desestimadas por insuficiencia de crédito, sin perjuicio de que se pueda incrementar el crédito de la convocatoria si legalmente resulta posible y se adopta el correspondiente acuerdo. - 11/14 -
Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T01:00:07+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.
Humanes de Madrid: hasta 60 o 120 € para libros y material escolar 2026–2027
Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-26.
Para familias empadronadas en Humanes de Madrid con alumnado de Infantil de 3 a 5 años, Primaria, ESO, Educación Especial, FP Básica, Bachillerato o FP de Grado Medio en 2026–2027. Solicita el padre, la madre, el tutor o, cuando proceda, el estudiante mayor de edad. Condiciones: Curso 2026/2027. Importe y concesión sujetos al cumplimiento de los requisitos, la valoración y el crédito; este resumen no confirma una concesión.
- Documento de la convocatoria en español
Original completo conservado; referencias en cada hecho.
Original conservado: 2026-10-26T22:11:43.727130+00:00.
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La persona solicitante debe estar empadronada en Humanes de Madrid al terminar el plazo. El centro puede estar en otra localidad: en ese caso hay que acreditar la matrícula y, si corresponde, que los mismos libros no están cubiertos por ACCEDE.
Página 1: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 1 EXPTE. 202/2026 BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL ESCOLAR PARA EL CURSO ESCOLAR 2026/2027 1. OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA 1.1. Objeto Las presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria de ayudas económicas destinadas a las familias para la adquisición de libros de texto y, en los supuestos previstos en estas bases, material escolar correspondiente al curso escolar 2026/2027. Las ayudas se concederán con cargo al presupuesto del Ayuntamiento de Humanes de Madrid, dentro del crédito destinado a esta finalidad, y estarán condicionadas a la existencia de crédito presupuestario suficiente. 1.2. Finalidad La finalidad de estas ayudas es contribuir a sufragar parte de los gastos derivados de la adquisición de material educativo de los menores escolarizados, favoreciendo el acceso a la educación y apoyando económicamente a las unidades familiares con menores recursos. 1.3. Gastos objeto de ayuda Podrán ser objeto de ayuda los gastos efectivamente realizados y acreditados mediante factura correspondientes a: a) Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Bachillerato y Formación Profesional de Grado Medio: libros de texto en formato físico o digital. b) Segundo ciclo de Educación Infantil —3, 4 y 5 años — y Educación Especial (E.B.O.): libros de texto, en formato físico o digital, y/o material escolar. No serán objeto de ayuda los gastos que hayan sido financiados íntegramente mediante otros programas, ayudas o subvenciones destinados al mismo concepto. 1.4. Crédito presupuestario - 1/14 -; Página 2: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 2 La cuantía máxima destinada a la presente convocatoria asciende a 30.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 321 48001.6511 del presupuesto municipal correspondiente. La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente. 1.5. Régimen jurídico Las ayudas se regirán por las presentes bases, por la correspondiente convocatoria, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por su Reglamento aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Adm inistraciones Públicas, y por el resto de normativa que resulte de aplicación. La concesión se efectuará respetando los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación. 2. PERSONAS BENEFICIARIAS Y REQUISITOS Podrán ser be neficiarios de estas ayudas los alumnos y alumnas que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases. A estos efectos, se entenderá por: Persona solicitante: el padre, la madre, tutor/a legal o, cuando proceda, el alumno/a mayor de edad que presente la solicitud. Persona beneficiaria: el alumno/a que cumpla los requisitos establecidos y a cuyo gasto educativo se destine la ayuda. 2.1. Requisitos generales Las personas solicitantes deberán cumplir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos: a) Estar empadronado/a en el municipio de Humanes de Madrid. b) El alumno/a deberá estar matriculado durante el curso escolar 2026/2027 en alguna de las enseñanzas incluidas en estas bases. Cuando el alumno/a esté escolarizado en un centro educativo situado fuera del municipio de Humanes de Madrid, deberá acreditarse la matrícula mediante certificado expedido por el centro educativo correspondiente. - 2/14 -
Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T01:00:07+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.
Humanes de Madrid: hasta 60 o 120 € para libros y material escolar 2026–2027
Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-26.
Hay que estar matriculado en una enseñanza incluida, cumplir los requisitos de renta familiar de 2025 y estar al corriente de las obligaciones aplicables. Las bases excluyen a quien repita el curso solicitado o tenga expediente activo en la Mesa Local de Prevención del Absentismo. La convocatoria exige mantener los requisitos durante la tramitación y, cuando corresponda, el pago. Condiciones: Curso 2026/2027. Importe y concesión sujetos al cumplimiento de los requisitos, la valoración y el crédito; este resumen no confirma una concesión.
- Documento de la convocatoria en español
Original completo conservado; referencias en cada hecho.
Original conservado: 2026-10-26T22:11:43.727130+00:00.
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La persona solicitante debe estar empadronada en Humanes de Madrid al terminar el plazo. El centro puede estar en otra localidad: en ese caso hay que acreditar la matrícula y, si corresponde, que los mismos libros no están cubiertos por ACCEDE.
Página 2: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 2 La cuantía máxima destinada a la presente convocatoria asciende a 30.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 321 48001.6511 del presupuesto municipal correspondiente. La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente. 1.5. Régimen jurídico Las ayudas se regirán por las presentes bases, por la correspondiente convocatoria, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por su Reglamento aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Adm inistraciones Públicas, y por el resto de normativa que resulte de aplicación. La concesión se efectuará respetando los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación. 2. PERSONAS BENEFICIARIAS Y REQUISITOS Podrán ser be neficiarios de estas ayudas los alumnos y alumnas que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases. A estos efectos, se entenderá por: Persona solicitante: el padre, la madre, tutor/a legal o, cuando proceda, el alumno/a mayor de edad que presente la solicitud. Persona beneficiaria: el alumno/a que cumpla los requisitos establecidos y a cuyo gasto educativo se destine la ayuda. 2.1. Requisitos generales Las personas solicitantes deberán cumplir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos: a) Estar empadronado/a en el municipio de Humanes de Madrid. b) El alumno/a deberá estar matriculado durante el curso escolar 2026/2027 en alguna de las enseñanzas incluidas en estas bases. Cuando el alumno/a esté escolarizado en un centro educativo situado fuera del municipio de Humanes de Madrid, deberá acreditarse la matrícula mediante certificado expedido por el centro educativo correspondiente. - 2/14 -; Página 3: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 3 c) La renta de la unidad familiar correspondiente al ejercicio fiscal 2025 no podrá superar los límites establecidos en la base sexta. d) La solicitud deberá estar debidamente cumplimentada y firmada por las personas que corresponda de acuerdo con la normativa aplicable y con la situación familiar del menor. e) Deberá aportarse la documentación exigida en la base cuarta, sin perjuicio de la posibilidad de subsanación prevista en la normativa administrativa. f) Las personas computables a efectos del cálculo de la renta deberán encontrarse al corriente de sus obligacio nes tributarias con el Ayuntamiento de Humanes de Madrid en los términos establecidos en estas bases. g) No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de una subvención pública previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. h) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, cuando resulte exigible de acuerdo con la normativa aplicable. i) El alumno/a no deberá tener expediente acti vo en la Mesa Local de Prevención del Absentismo Escolar. j) El alumno/a no podrá ser repetidor/a del curso para el que solicita la ayuda. 2.2. Cumplimiento de los requisitos El cumplimiento de los requisitos deberá mantenerse desde la solicitud hasta la resolución del procedimiento y, cuando corresponda, durante las fases de pago y justificación de la ayuda. El Ayuntamiento podrá comprobar de oficio la información aportada y solicitar a las personas interesadas la documentación necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos. 3. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES 3.1. Lugares de presentación Las solicitudes podrán presentarse: a) En el Registro General del Ayuntamiento de Humanes de Madrid. b) A través de la Sede Electrónica municipal. - 3/14 -
Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T01:00:07+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.
Humanes de Madrid: hasta 60 o 120 € para libros y material escolar 2026–2027
Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-26.
Las bases prevén una sola deducción de 1.500 € por familia si hay familia numerosa, desempleo ininterrumpido de un año o violencia de género; no se suman entre sí. También contemplan un cómputo especial por discapacidad. El Ayuntamiento debe verificar cómo se aplican en el caso concreto. Condiciones: Curso 2026/2027. Importe y concesión sujetos al cumplimiento de los requisitos, la valoración y el crédito; este resumen no confirma una concesión.
- Documento de la convocatoria en español
Original completo conservado; referencias en cada hecho.
Original conservado: 2026-10-26T22:11:43.727130+00:00.
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La persona solicitante debe estar empadronada en Humanes de Madrid al terminar el plazo. El centro puede estar en otra localidad: en ese caso hay que acreditar la matrícula y, si corresponde, que los mismos libros no están cubiertos por ACCEDE.
Página 8: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 8 Estos umbrales se incorporan conforme a las bases municipales aportadas y deberán ser comprobados y validados antes de la aprobación definitiva de la convocatoria. 6.2. Determinación de la renta Cuando exista declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2025, la renta se determinará tomando como referencia los conceptos fiscales que correspondan conforme a la información suministrada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. A estos efectos se utilizarán, en su caso, los importes correspondientes a: • Base imponible general. • Base imponible del ahorro. • Cuota resultante de la autoliquidación. y demás rendimientos o ingresos que deban computarse conforme a las presentes bases y a la normativa aplicable. 6.3. Diversidad funcional A efectos del cálculo de la renta familiar, se computará por dos el miembro de la unidad familiar que tenga reconocida una discapacidad o diversidad funcional superior al 33 %, siempre que se encuentre debidamente acreditada. 6.4. Deducciones Una vez determinada la renta familiar, se podrá aplicar una deducción de 1.500 euros cuando concurra alguno de los siguientes supuestos: • Familia numerosa; • Situación de desempleo de larga duración, entendida como un periodo de desempleo ininterrumpido de un año; • Víctima de violencia de género. Las deducciones serán excluyentes entre sí , de modo que solo podrá aplicarse una deducción de 1.500 euros por unidad familiar. 6.5. Unidad familiar A efectos de estas ayudas, la unidad familiar estará integrada por las personas que determine la normativa aplicable para el cálculo de la renta, teniendo en cuenta, en particular, al solicitante, su cónyuge o pareja de hecho cuando proceda, y los hijos/as que cumplan las condiciones legalmente establecidas. - 8/14 -
Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T01:00:07+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.
Humanes de Madrid: hasta 60 o 120 € para libros y material escolar 2026–2027
Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-26.
Se revisa la renta familiar de 2025. La tabla publicada recoge, por ejemplo, 24.864 € para dos miembros, 33.152 € para tres y 41.770 € para cuatro, pero las propias bases indican que estos umbrales deben comprobarse y validarse. Antes de descartar la solicitud por ingresos, confirma la tabla definitiva con Educación. No calculamos un derecho automático con esos valores. Condiciones: Curso 2026/2027. Importe y concesión sujetos al cumplimiento de los requisitos, la valoración y el crédito; este resumen no confirma una concesión.
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Original conservado: 2026-10-26T22:11:43.727130+00:00.
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La persona solicitante debe estar empadronada en Humanes de Madrid al terminar el plazo. El centro puede estar en otra localidad: en ese caso hay que acreditar la matrícula y, si corresponde, que los mismos libros no están cubiertos por ACCEDE.
Página 7: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 7 Educación Primaria 120 € Educación Secundaria Obligatoria 120 € Formación Profesional Básica 120 € Bachillerato 120 € Formación Profesional de Grado Medio 120 € La cuantía finalmente concedida no podrá superar: 1. El importe máximo correspondiente al nivel educativo; 2. El importe efectivamente acreditado mediante factura; 3. El crédito disponible destinado a la convocatoria. Cuando el gasto acreditado sea inferior al importe máximo de la ayuda, la subvención se limitará al gasto efectivamente justificado. En ningún caso podrá producirse una financiación superior al coste efectivamente soportado por la persona beneficiaria. 6. CRITERIOS ECONÓMICOS Y VALORACIÓN 6.1. Renta de la unidad familiar Para determinar el acceso a la ayuda se tendrá en cuenta la renta de la unidad familiar correspondiente al ejercicio fiscal 2025, el umbral de renta de la unidad familiar para el curso 2026/2027 será el recogido en la tabla según el Real Decreto 85/2025, de 11 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional (SMI) para 2025. Y los umbrales máximos serán los siguientes: Miembros computables Renta familiar máxima anual 1 16.576 € 2 24.864 € 3 33.152 € 4 41.770 € 5 49.728 € 6 58.016 € 7 66.304 € 8 74.592 € A partir del octavo miembro se adicionarán 8.288 € por cada nuevo miembro computable. - 7/14 -; Página 8: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 8 Estos umbrales se incorporan conforme a las bases municipales aportadas y deberán ser comprobados y validados antes de la aprobación definitiva de la convocatoria. 6.2. Determinación de la renta Cuando exista declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2025, la renta se determinará tomando como referencia los conceptos fiscales que correspondan conforme a la información suministrada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. A estos efectos se utilizarán, en su caso, los importes correspondientes a: • Base imponible general. • Base imponible del ahorro. • Cuota resultante de la autoliquidación. y demás rendimientos o ingresos que deban computarse conforme a las presentes bases y a la normativa aplicable. 6.3. Diversidad funcional A efectos del cálculo de la renta familiar, se computará por dos el miembro de la unidad familiar que tenga reconocida una discapacidad o diversidad funcional superior al 33 %, siempre que se encuentre debidamente acreditada. 6.4. Deducciones Una vez determinada la renta familiar, se podrá aplicar una deducción de 1.500 euros cuando concurra alguno de los siguientes supuestos: • Familia numerosa; • Situación de desempleo de larga duración, entendida como un periodo de desempleo ininterrumpido de un año; • Víctima de violencia de género. Las deducciones serán excluyentes entre sí , de modo que solo podrá aplicarse una deducción de 1.500 euros por unidad familiar. 6.5. Unidad familiar A efectos de estas ayudas, la unidad familiar estará integrada por las personas que determine la normativa aplicable para el cálculo de la renta, teniendo en cuenta, en particular, al solicitante, su cónyuge o pareja de hecho cuando proceda, y los hijos/as que cumplan las condiciones legalmente establecidas. - 8/14 -
Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T01:00:07+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.
Humanes de Madrid: hasta 60 o 120 € para libros y material escolar 2026–2027
Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-26.
La persona solicitante debe estar empadronada en Humanes de Madrid al terminar el plazo. El centro puede estar en otra localidad: en ese caso hay que acreditar la matrícula y, si corresponde, que los mismos libros no están cubiertos por ACCEDE. Condiciones: Curso 2026/2027. Importe y concesión sujetos al cumplimiento de los requisitos, la valoración y el crédito; este resumen no confirma una concesión.
- Documento de la convocatoria en español
Original completo conservado; referencias en cada hecho.
Original conservado: 2026-10-26T22:11:43.727130+00:00.
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La persona solicitante debe estar empadronada en Humanes de Madrid al terminar el plazo. El centro puede estar en otra localidad: en ese caso hay que acreditar la matrícula y, si corresponde, que los mismos libros no están cubiertos por ACCEDE.
Página 2: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 2 La cuantía máxima destinada a la presente convocatoria asciende a 30.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 321 48001.6511 del presupuesto municipal correspondiente. La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente. 1.5. Régimen jurídico Las ayudas se regirán por las presentes bases, por la correspondiente convocatoria, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por su Reglamento aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Adm inistraciones Públicas, y por el resto de normativa que resulte de aplicación. La concesión se efectuará respetando los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación. 2. PERSONAS BENEFICIARIAS Y REQUISITOS Podrán ser be neficiarios de estas ayudas los alumnos y alumnas que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases. A estos efectos, se entenderá por: Persona solicitante: el padre, la madre, tutor/a legal o, cuando proceda, el alumno/a mayor de edad que presente la solicitud. Persona beneficiaria: el alumno/a que cumpla los requisitos establecidos y a cuyo gasto educativo se destine la ayuda. 2.1. Requisitos generales Las personas solicitantes deberán cumplir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos: a) Estar empadronado/a en el municipio de Humanes de Madrid. b) El alumno/a deberá estar matriculado durante el curso escolar 2026/2027 en alguna de las enseñanzas incluidas en estas bases. Cuando el alumno/a esté escolarizado en un centro educativo situado fuera del municipio de Humanes de Madrid, deberá acreditarse la matrícula mediante certificado expedido por el centro educativo correspondiente. - 2/14 -; Página 5: Firmado por: MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ - Concejala Delegada de Educación - Decreto 27/06/2024 Fecha: 16-09-2026 11:37:17 Nº expediente administrativo: 202/2026 Código Seguro de Verificación (CSV): 6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Comprobación CSV: https://humanesdemadrid.eadministracion.es/home/validador/6D0F3CC9B1EE3238ED3896DCB9819A31 Fecha de sellado electrónico: 16-09-2026 11:37:17 Fecha de emisión de esta copia: 14-10-2026 09:28:44 Ref.NVP/EdyCult. 5 4. DOCUMENTACIÓN Las solicitudes deberán acompañarse de la documentación necesaria para acreditar los requisitos exigidos. 4.1. Documentación general a) Solicitud normalizada conforme al modelo establecido en el Anexo I, debidamente cumplimentada y firmada. b) Documento Nacional de Identidad (DNI), Número de Identidad de Extranjero (NIE) o documento identificativo equivalente de la persona solicitante y , en su caso, del cónyuge. c) Libro de familia o documentación equivalente, incluyendo las páginas correspondientes a los titulares y a los hijos/as. d) Título de familia numerosa, cuando proceda. e) En caso de separación o divorcio, convenio regulador, resolución judicial o documentación acreditativa de la guarda y custodia del menor, cuando proceda. f) Documento acreditativo de la cuenta bancaria en la que deba efectuarse el ingreso de la ayuda. g) Factura de adquisición de los libros y/o material escolar, emitida a nombre de la persona solicitante y suficientemente desglosada. 4.2. Escolarización fuera de Humanes de Madrid Cuando el alumno/a esté escolarizado en un centro educativo situado fuera de Humanes de Madrid, deberá aportarse: • Certificado de matrícula correspondiente al curso 2026/2027; • Certificado o documento acreditativo de no ser beneficiario de la ayuda correspondiente al programa ACCEDE, cuando resulte aplicable. 4.3. Situación laboral Deberá aportarse documentación actualizada acreditativa de la situación de desempleo, incluida la correspondiente al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). 4.4. Diversidad funcional - 5/14 -
Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T01:00:07+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.
Humanes de Madrid: hasta 60 o 120 € para libros y material escolar 2026–2027
Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-26.
Orientación documental. La entidad debe comprobar el caso, el crédito y la resolución; no confirma una concesión.
- Detalle BDNS 935643
Original completo conservado; referencias en cada hecho.
Original conservado: 2026-10-26T22:11:41.974631+00:00.
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La persona solicitante debe estar empadronada en Humanes de Madrid al terminar el plazo. El centro puede estar en otra localidad: en ese caso hay que acreditar la matrícula y, si corresponde, que los mismos libros no están cubiertos por ACCEDE.
Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T01:00:07+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.
Humanes de Madrid: hasta 60 o 120 € para libros y material escolar 2026–2027
Periodo: 2026/2027. Revisión documental: 2026-10-26.
Las bases dejan pendiente la validación de la tabla económica y omiten Educación Especial en la tabla de cuantías, aunque el anuncio municipal la incluye. Conservar el aviso y comprobar la tabla definitiva o la aclaración municipal antes de automatizar renta, discapacidad o el importe de Educación Especial.
No se registró una fuente concreta para este pendiente.
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La persona solicitante debe estar empadronada en Humanes de Madrid al terminar el plazo. El centro puede estar en otra localidad: en ese caso hay que acreditar la matrícula y, si corresponde, que los mismos libros no están cubiertos por ACCEDE.
Originales contrastados para preparar esta guía: 2026-10-27T01:00:07+00:00. Esa comprobación no acredita que cumples la condición.
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Comprueba la edición y el canal de presentación en la entidad antes de solicitar. Los documentos personales y la disponibilidad de presupuesto se comprueban por separado.