Bono Alquiler Joven de Ceuta
Cuánto ofrece
Referencia de 250 euros mensuales y 24 mensualidades, con límites conjuntos. La sede muestra solicitudes cerradas; acto legal de cierre pendiente de captura.
Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
Ver importes por concepto
Son componentes y alternativas. Se comprueban por separado y no se suman todos los máximos.
La suma de bonos en la vivienda no supera la renta; también se aplican los límites de compatibilidad.
Convocatoria de marzo de 2026; sede desactivada el 10 de julio a las 09:00 · Revisado 2026-10-20Fuente y condicionesCon efectos según contrato y referencia a enero de 2025. La sede consultada muestra cerradas las solicitudes.
Convocatoria de marzo de 2026; sede desactivada el 10 de julio a las 09:00 · Revisado 2026-10-20Fuente y condicionesQué puedes hacer ahora
Formulario electrónico con presentación telemática o registros previstos por el boletín; la diferencia con la descripción de sede permanece documentada.
Entidad: Ciudad Autónoma de Ceuta. Consejería de Medio Ambiente, Servicios Urbanos y Vivienda
Qué documentos preparar
Contrato, padrón, ingresos, recibos y acreditaciones por supuesto; la etiqueta Opcional de sede no sustituye el requisito legal.
El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.
Qué se necesita
- La convocatoria se aplica a todo Ceuta y exige vivienda o habitación habitual y permanente, con padrón colectivo a la fecha de solicitud y durante el periodo subvencionado.
- Se requiere mayoría de edad y hasta 35 años inclusive en el momento de solicitar; se contemplan nacionalidades y situación regular según el apartado sexto.
- Se admite contrato de vivienda o habitación o estar en condiciones de formalizarlo; quedan excluidos usos distintos de vivienda y subarriendo. Para contrato posterior a la solicitud hay plazos propios de aportación.
- La renta máxima es 900 euros por vivienda y 450 por habitación, excluidos anejos. Si el contrato no separa vivienda y anejos se aplican porcentajes del 80%, 95% o 75% según garaje y trastero; la comunidad no desglosada tiene valoración específica del 5%.
- El límite ordinario es 3 IPREM con ingresos de todas las personas residentes habituales; en habitación solo se toma la renta de la persona arrendataria. La fuente regular exige tres meses de antigüedad en los seis anteriores o seis meses previstos posteriores.
- Cuando conviven dos jóvenes el límite conjunto previsto es 4 IPREM, o 5 con tres o más; cada renta individual debe ser como máximo 3 IPREM. El incremento no rige para habitación, donde solo una persona puede recibir Bono aunque ambas firmen.
- Se recogen exclusiones por propiedad, parentesco con arrendador y participación en la entidad arrendadora, con excepciones específicas. El alcance de propiedad se formula para solicitante, cónyuge y determinados familiares convivientes; no se sustituye por una exclusión genérica de cualquier conviviente.
Casos que aún necesitan revisión
Capturar y revisar las bases del BOCCE extraordinario 47 de 18 de agosto de 2022 y sus modificaciones; cerrar compatibilidades, pagos, controles y obligaciones. Conservar el anuncio de cierre en BOCCE y verificar ampliaciones o reaperturas. La indisponibilidad y hora de cierre de la sede están observadas; el acto legal posterior aún no está capturado. Cerrar la diferencia entre el último ejercicio vencido al abrir el plazo y el vencido al solicitar, que aparece en el párrafo de actividades propias. No asignar automáticamente un año fiscal único. Revisar anexos en blanco de páginas 13–21 y las pruebas por supuesto. Las otras disposiciones de páginas 22–28 quedan fuera de la normalización de esta ayuda. Revisión independiente y casos completos de acceso, reparto de renta, continuidad y compatibilidades pendientes antes de activar cantidades o decisiones personales. Desglose documental de la edición indicada. Los conceptos y límites no se suman automáticamente. Falta comprobar tu caso, las compatibilidades, los justificantes, el crédito y el pago. Se conservan los expedientes y pendientes anteriores; no se certifica concesión ni una revisión completa.
Vivienda o habitación habitual en Ceuta. La sede anuncia indisponibilidad y una ventana precisa; queda pendiente el anuncio legal de cierre. El BOCCE completo se conserva con lectura limitada al anuncio 224.
Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes
Plazos y convocatoria
El plazo ordinario está cerrado.
Convocatoria de marzo de 2026; sede desactivada el 10 de julio a las 09:00 · solicitud inicial
Desde 18/03/2026 a las 09:00. Hasta 10/07/2026 a las 09:00. Ventana observada en sede, con hora local Europe/Madrid. Solicitud actualmente indisponible; anuncio legal del agotamiento de crédito y posibles reaperturas pendientes.
Canales y documentación
Consultar en la entidad convocante
Documentación orientativa
Contrato, padrón, ingresos, recibos y acreditaciones por supuesto; la etiqueta Opcional de sede no sustituye el requisito legal.
Compatibilidades
Límite conjunto de renta y compatibilidad específica con ayudas de jóvenes; reglas completas y bases de 2022 pendientes.
Fuentes para comprobar la información
Revisión de esta ficha: 2026-10-20.
Ciudad Autónoma de Ceuta. Consejería de Medio Ambiente, Servicios Urbanos y Vivienda · Subvención
Subvención sujeta a justificación y al reintegro que proceda por incumplimiento o cobro indebido.
Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.
Preguntas frecuentes
¿Qué ofrece Bono Alquiler Joven de Ceuta?
Referencia de 250 euros mensuales y 24 mensualidades, con límites conjuntos. La sede muestra solicitudes cerradas; acto legal de cierre pendiente de captura. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
¿Quién puede pedir Bono Alquiler Joven de Ceuta?
La convocatoria se aplica a todo Ceuta y exige vivienda o habitación habitual y permanente, con padrón colectivo a la fecha de solicitud y durante el periodo subvencionado. Se requiere mayoría de edad y hasta 35 años inclusive en el momento de solicitar; se contemplan nacionalidades y situación regular según el apartado sexto. Se admite contrato de vivienda o habitación o estar en condiciones de formalizarlo; quedan excluidos usos distintos de vivienda y subarriendo. Para contrato posterior a la solicitud hay plazos propios de aportación. La renta máxima es 900 euros por vivienda y 450 por habitación, excluidos anejos. Si el contrato no separa vivienda y anejos se aplican porcentajes del 80%, 95% o 75% según garaje y trastero; la comunidad no desglosada tiene valoración específica del 5%. El límite ordinario es 3 IPREM con ingresos de todas las personas residentes habituales; en habitación solo se toma la renta de la persona arrendataria. La fuente regular exige tres meses de antigüedad en los seis anteriores o seis meses previstos posteriores. Cuando conviven dos jóvenes el límite conjunto previsto es 4 IPREM, o 5 con tres o más; cada renta individual debe ser como máximo 3 IPREM. El incremento no rige para habitación, donde solo una persona puede recibir Bono aunque ambas firmen. Se recogen exclusiones por propiedad, parentesco con arrendador y participación en la entidad arrendadora, con excepciones específicas. El alcance de propiedad se formula para solicitante, cónyuge y determinados familiares convivientes; no se sustituye por una exclusión genérica de cualquier conviviente.
¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?
Terminó el 10/07/2026 a las 09:00 · Solicitud ordinaria cerrada · Convocatoria de marzo de 2026; sede desactivada el 10 de julio a las 09:00. El plazo ordinario terminó. Si ya solicitaste, consulta tu expediente. Puedes seguir la ayuda para revisar futuras fechas. Formulario electrónico con presentación telemática o registros previstos por el boletín; la diferencia con la descripción de sede permanece documentada.
PARA DAR EL SIGUIENTE PASO
Alquiler y ahorro en tu declaración
- Revisa las ayudas al alquiler y las deducciones autonómicas del IRPF que correspondan a tu domicilio y ejercicio.
- Comprueba edad, contrato, ingresos y justificantes en cada vía. Una deducción no siempre supone una devolución.
- Antes de sumar importes, confirma si cubren el mismo gasto y cómo se combinan.