Cantabria: deducción del propietario por alquilar una vivienda vacía · Renta 2025
Qué puedes ahorrar
500 € por vivienda que se alquile tras estar vacía al menos un año, ajustados al porcentaje de propiedad. Ejercicio 2025; el ahorro depende de tu cuota y de tu declaración.
Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
Ver importes por concepto
Son componentes y alternativas. Se comprueban por separado y no se suman todos los máximos.
Se aplica en el ejercicio en que se formaliza el contrato.
IRPF 2025 · campaña de presentación 2026 · Revisado 2026-10-21Fuente y condicionesNo corresponden 500 € completos a cada copropietario.
IRPF 2025 · campaña de presentación 2026 · Revisado 2026-10-21Fuente y condicionesRequisito del alquiler del primer año; no es una ayuda mensual para el inquilino.
IRPF 2025 · campaña de presentación 2026 · Revisado 2026-10-21Fuente y condicionesCómo revisar tu declaración
Se aplica en Renta WEB, dentro de las deducciones autonómicas de la declaración de 2025. Revisa los datos y conserva los justificantes. La campaña ordinaria fue del 08/04/2026 al 30/06/2026 y ya terminó. Si ya presentaste la declaración o necesitas presentarla fuera de plazo, consulta en AEAT la vía que corresponda; una rectificación no es una convocatoria nueva. Los gastos de 2026 necesitan su propia normativa y campaña.
Entidad: Agencia Estatal de Administración Tributaria · deducción autonómica de Cantabria
Qué documentos preparar
Titularidad y número de viviendas, prueba del año vacío, contrato y renta con anexos, identidad y parentesco del inquilino, duración efectiva y eventual nuevo contrato.
El importe personal, los requisitos y los fondos deben confirmarse con la entidad.
Qué se necesita
- Aplicar la normativa autonómica que corresponde a tu IRPF de 2025 según tu residencia fiscal y las reglas de declaración conjunta. El padrón actual o el lugar del gasto no bastan para determinarla.
- Ser propietario o usufructuario. La vivienda debe haber permanecido vacía al menos el año anterior al contrato y alquilarse como vivienda según la Ley de Arrendamientos Urbanos.
- El alquiler debe durar efectivamente al menos tres años. Si se termina antes, puede completarse con otro contrato formalizado dentro de los seis meses siguientes; revisar la excepción por fallecimiento.
- La renta mensual del primer año, incluidos anexos, no puede superar 1.000 €, sin contar los gastos repercutidos admitidos.
- El inquilino no puede ser cónyuge, pareja de hecho equiparada ni pariente hasta tercer grado. Al devengo del impuesto, el contribuyente no puede ser propietario o usufructuario de más de tres viviendas; cuentan las participaciones y se excluye la nuda propiedad. En conjunta se valora por separado a cada contribuyente.
Casos que aún necesitan revisión
Comprobar los documentos y circunstancias fiscales personales, el reparto, la cuota disponible y la coordinación con otras deducciones. Resumen del ejercicio 2025 pendiente de revisión independiente; no acredita ahorro individual, devolución ni reglas completas de todos los casos.
Residencia fiscal de Cantabria en 2025; no se infiere del padrón actual. IRPF de régimen común.
Consultar condiciones, documentos y revisiones con sus fuentes
Plazos y convocatoria
Terminó el 30/06/2026 · IRPF 2025 · campaña de presentación 2026.
IRPF 2025 · campaña de presentación 2026 · calendario fiscal
Desde 08/04/2026. Hasta 30/06/2026. Campaña ordinaria ya terminada; domiciliación, rectificación y otras vías tienen condiciones propias. Sin apertura de otra campaña ni hora inventada.
Canales y documentación
Consultar en la entidad convocante
Documentación orientativa
Titularidad y número de viviendas, prueba del año vacío, contrato y renta con anexos, identidad y parentesco del inquilino, duración efectiva y eventual nuevo contrato.
Compatibilidades
Es un beneficio del arrendador, no una subvención de 500 € al inquilino. Mantener las condiciones y revisar la regularización si se incumplen.
Fuentes para comprobar la información
Revisión de esta ficha: 2026-10-21.
Agencia Estatal de Administración Tributaria · Deducción
Beneficio fiscal sujeto a comprobación y eventual regularización; no pago adicional ni préstamo.
Orientación con fuentes. La entidad comprueba los requisitos y confirma el importe.
Preguntas frecuentes
¿Qué ofrece Cantabria: deducción del propietario por alquilar una vivienda vacía · Renta 2025?
500 € por vivienda que se alquile tras estar vacía al menos un año, ajustados al porcentaje de propiedad. Ejercicio 2025; el ahorro depende de tu cuota y de tu declaración. Información del programa. Tu importe personal aún debe comprobarse.
¿Quién puede pedir Cantabria: deducción del propietario por alquilar una vivienda vacía · Renta 2025?
Aplicar la normativa autonómica que corresponde a tu IRPF de 2025 según tu residencia fiscal y las reglas de declaración conjunta. El padrón actual o el lugar del gasto no bastan para determinarla. Ser propietario o usufructuario. La vivienda debe haber permanecido vacía al menos el año anterior al contrato y alquilarse como vivienda según la Ley de Arrendamientos Urbanos. El alquiler debe durar efectivamente al menos tres años. Si se termina antes, puede completarse con otro contrato formalizado dentro de los seis meses siguientes; revisar la excepción por fallecimiento. La renta mensual del primer año, incluidos anexos, no puede superar 1.000 €, sin contar los gastos repercutidos admitidos. El inquilino no puede ser cónyuge, pareja de hecho equiparada ni pariente hasta tercer grado. Al devengo del impuesto, el contribuyente no puede ser propietario o usufructuario de más de tres viviendas; cuentan las participaciones y se excluye la nuda propiedad. En conjunta se valora por separado a cada contribuyente.
¿Cuál es el plazo y cómo se solicita?
Terminó el 30/06/2026 · Campaña ordinaria cerrada · IRPF 2025 · campaña de presentación 2026. El plazo ordinario terminó. Consulta con la entidad si procede presentar fuera de plazo o rectificar. Se aplica en Renta WEB, dentro de las deducciones autonómicas de la declaración de 2025. Revisa los datos y conserva los justificantes. La campaña ordinaria fue del 08/04/2026 al 30/06/2026 y ya terminó. Si ya presentaste la declaración o necesitas presentarla fuera de plazo, consulta en AEAT la vía que corresponda; una rectificación no es una convocatoria nueva. Los gastos de 2026 necesitan su propia normativa y campaña.
PARA DAR EL SIGUIENTE PASO
Checklist de ahorro fiscal en el IRPF
- Comprueba el ejercicio y el régimen tributario que corresponden a tu declaración.
- Revisa deducciones por maternidad, guardería, alquiler y familia, si las contempla la norma aplicable.
- Comprueba límites, documentos e incompatibilidades. El ahorro fiscal no se suma automáticamente a las ayudas.